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	<title>Comentarios en: Cuenta Vivienda</title>
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	<description>Preguntas Frecuentes es una web encargada de proporcionar información y respuesta a las preguntas frecuentes sobre compra/venta de coches, vivienda, hipotecas y préstamos, seguros, garantías, trabajo y desempleo, dinero</description>
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		<title>Por: Cristóbal</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-13/#comment-8576</link>
		<dc:creator>Cristóbal</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 13 Mar 2010 18:05:11 +0000</pubDate>
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		<description>Hola,
abrí una cuenta ahorro vivienda el 16 diciembre de 2005.
¿cual es mi tiempo máximo para ejecutar la compra de la casa?
Diciembre 2010 o diciembre 2011? No lo tengo claro con la nueva ampliación.

Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,<br />
abrí una cuenta ahorro vivienda el 16 diciembre de 2005.<br />
¿cual es mi tiempo máximo para ejecutar la compra de la casa?<br />
Diciembre 2010 o diciembre 2011? No lo tengo claro con la nueva ampliación.</p>
<p>Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-13/#comment-8535</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 Mar 2010 07:48:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-8535</guid>
		<description>Efectivamente, pero ten cuidado cuando estés llegando al momento de comprar vivienda, asegurándote de contratar un depósito sin penalización por cancelación anticipada.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Efectivamente, pero ten cuidado cuando estés llegando al momento de comprar vivienda, asegurándote de contratar un depósito sin penalización por cancelación anticipada.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: David</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-13/#comment-8532</link>
		<dc:creator>David</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 11 Mar 2010 23:16:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-8532</guid>
		<description>Hola,

mi duda es, si transfiero el dinero de la cuenta vivienda entre varios depósitos y a la hora de comprar el piso tengo ese dinero en uno de ellos, como podré utilizar el dinero? tendré que pasarlo a una cuenta corriente imagino.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,</p>
<p>mi duda es, si transfiero el dinero de la cuenta vivienda entre varios depósitos y a la hora de comprar el piso tengo ese dinero en uno de ellos, como podré utilizar el dinero? tendré que pasarlo a una cuenta corriente imagino.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-13/#comment-8331</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 08 Mar 2010 08:35:57 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-8331</guid>
		<description>No parece que vaya a sacar más medidas para beneficiar a los que intentan comprar vivienda, ya que entre otras cosas, a partir del 2011 van a quitar las deducciones de vivienda habitual para la gente que ganen más de 24.000€ e igualmente subirá el IVA que se notará especialmente en la adquisición de la vivienda.

La única solución para alargar el plazo es firmar un contrato de compra venta de una vivienda en construcción, de esta forma, dispondrás de otros 4 años para la firma ante notario la compra de dicha vivienda.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No parece que vaya a sacar más medidas para beneficiar a los que intentan comprar vivienda, ya que entre otras cosas, a partir del 2011 van a quitar las deducciones de vivienda habitual para la gente que ganen más de 24.000€ e igualmente subirá el IVA que se notará especialmente en la adquisición de la vivienda.</p>
<p>La única solución para alargar el plazo es firmar un contrato de compra venta de una vivienda en construcción, de esta forma, dispondrás de otros 4 años para la firma ante notario la compra de dicha vivienda.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: gaspar</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-13/#comment-8318</link>
		<dc:creator>gaspar</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 07 Mar 2010 15:19:03 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-8318</guid>
		<description>Mi cuenta vivienda finaliza en enero de 2011, existe alguna posibilidad de alargar el plazo? Porque solo han favorecido a las cuentas que finalizan en 2008-2010, si las condiciones para la adquisicion de una vivienda estan cada vez peor? De verdad el gobierno cree que a partir del 2011 la gente tendrá muchas mas facilidades que ahora para adquirir una vivienda? Viendo la actual situación, creen que habran nuevas medidas para alargar el plazo de las cuentas vivienda que finalizan en el 2011-2012? Muchas gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mi cuenta vivienda finaliza en enero de 2011, existe alguna posibilidad de alargar el plazo? Porque solo han favorecido a las cuentas que finalizan en 2008-2010, si las condiciones para la adquisicion de una vivienda estan cada vez peor? De verdad el gobierno cree que a partir del 2011 la gente tendrá muchas mas facilidades que ahora para adquirir una vivienda? Viendo la actual situación, creen que habran nuevas medidas para alargar el plazo de las cuentas vivienda que finalizan en el 2011-2012? Muchas gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-13/#comment-7188</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Feb 2010 22:51:43 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-7188</guid>
		<description>Sí, siempre que desde la apertura de la cuenta vivienda no haya pasado más de 4 años.

Además se puede compatibilizar las deducciones por el pago al promotor y los ingresos en cuenta vivienda.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, siempre que desde la apertura de la cuenta vivienda no haya pasado más de 4 años.</p>
<p>Además se puede compatibilizar las deducciones por el pago al promotor y los ingresos en cuenta vivienda.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: supercotilla</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-13/#comment-7185</link>
		<dc:creator>supercotilla</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Feb 2010 21:19:41 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-7185</guid>
		<description>Hola
Utilicé lo que tenía en mi cuenta vivienda para pagar la entrada de mi casa. La cuenta aún no está cancelada. ¿Puedo hacer más ingresos en esa cuenta que luego utilizaré para pagar el resto del pago y tener deducciones por ello?
Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola<br />
Utilicé lo que tenía en mi cuenta vivienda para pagar la entrada de mi casa. La cuenta aún no está cancelada. ¿Puedo hacer más ingresos en esa cuenta que luego utilizaré para pagar el resto del pago y tener deducciones por ello?<br />
Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6890</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 16:18:52 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6890</guid>
		<description>Si dicha vivienda va a ser tu vivienda habitual, sí. No hace falta comprarse una vivienda con el 100% de titularidad.

Desde el momento de formalización del contrato de compra-venta (tanto a promotor como con cooperativa) dispones de 4 años para realizar la escritura pública, pudiendo solicitar una prórroga.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si dicha vivienda va a ser tu vivienda habitual, sí. No hace falta comprarse una vivienda con el 100% de titularidad.</p>
<p>Desde el momento de formalización del contrato de compra-venta (tanto a promotor como con cooperativa) dispones de 4 años para realizar la escritura pública, pudiendo solicitar una prórroga.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Fernando</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6889</link>
		<dc:creator>Fernando</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2010 14:21:53 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6889</guid>
		<description>¿Se puede ejecutar el dinero de una cuenta vivienda, sin perder las deducciones, comprando un porcentaje de una vivienda (por ejemplo el 30%)?

Por otro lado, si se forma parte de una cooperativa donde se ha invertido todo el dinero de la cuenta vivienda pero a la finalización de los 4 años desde la apertura de la cuenta vivienda todavía no se ha comenzado la obra o la obra ha comenzado pero no se ha acabado (no se ha realizado la escritura publica), ¿sería válido para no tener que devolver las deducciones? ¿y con un contrato de compra-venta?

Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¿Se puede ejecutar el dinero de una cuenta vivienda, sin perder las deducciones, comprando un porcentaje de una vivienda (por ejemplo el 30%)?</p>
<p>Por otro lado, si se forma parte de una cooperativa donde se ha invertido todo el dinero de la cuenta vivienda pero a la finalización de los 4 años desde la apertura de la cuenta vivienda todavía no se ha comenzado la obra o la obra ha comenzado pero no se ha acabado (no se ha realizado la escritura publica), ¿sería válido para no tener que devolver las deducciones? ¿y con un contrato de compra-venta?</p>
<p>Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6814</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Feb 2010 21:05:24 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6814</guid>
		<description>Es es una excepción que permite, sin que esté la vivienda a tu nombre, utilizar el dinero de la cuenta vivienda para pagar la hipoteca de dicha vivienda si la vivienda es la vivienda conyugar y familiar, incluso si la hipoteca sólo estuviera a nombre de tu mujer.

En cuanto a la novación, supongo que no habrá ningún problema, tan sólo lo debes de hablar con la entidad financiera.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es es una excepción que permite, sin que esté la vivienda a tu nombre, utilizar el dinero de la cuenta vivienda para pagar la hipoteca de dicha vivienda si la vivienda es la vivienda conyugar y familiar, incluso si la hipoteca sólo estuviera a nombre de tu mujer.</p>
<p>En cuanto a la novación, supongo que no habrá ningún problema, tan sólo lo debes de hablar con la entidad financiera.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6789</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 31 Jan 2010 21:10:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6789</guid>
		<description>Sí, en 2011 seguro que puedes deducirte lo que ingreses este año, ya que en 2011 se hace la declaración del ejercicio 2010, y el cambio de la ley afectará a los ejercicios del 2011 y posteriores.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, en 2011 seguro que puedes deducirte lo que ingreses este año, ya que en 2011 se hace la declaración del ejercicio 2010, y el cambio de la ley afectará a los ejercicios del 2011 y posteriores.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Alberto</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6788</link>
		<dc:creator>Alberto</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 31 Jan 2010 21:01:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6788</guid>
		<description>Duda importante, en Diciembre 2008 abri cuenta vivienda poniendo 9015 euros, deduciéndome los 1352 euros en la declaración del 2009.

En el 2009 ingresé 9015 euros más para la deducción en este 2010. Pero mi duda es, según lo que parece que va a ser esta nueva ley que ha sacado el gobierno de no poderse desgrabar las rentas de más de 24.000 euros a partir de Enero 2011, 

¿si yo ingreso 9015 euros en este 2011 me lo puedo deducir en el irpf del 2011?

gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Duda importante, en Diciembre 2008 abri cuenta vivienda poniendo 9015 euros, deduciéndome los 1352 euros en la declaración del 2009.</p>
<p>En el 2009 ingresé 9015 euros más para la deducción en este 2010. Pero mi duda es, según lo que parece que va a ser esta nueva ley que ha sacado el gobierno de no poderse desgrabar las rentas de más de 24.000 euros a partir de Enero 2011, </p>
<p>¿si yo ingreso 9015 euros en este 2011 me lo puedo deducir en el irpf del 2011?</p>
<p>gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: froncklin</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6773</link>
		<dc:creator>froncklin</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 30 Jan 2010 20:02:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6773</guid>
		<description>Hola,

Tengo una cuenta vivienda que abrí en 2005, de la cual me he deducido el máximo durante los 4 años correspondientes. Por otro lado, mi novia compró una vivienda en 2008 con hipoteca sobre la misma, habiendo amortizado tan solo un 10% del capital total. Este año contraeremos matrimonio en regimen de bienes gananciales. ¿Es posible utilizar el dinero de la cuenta vivienda para amortizar parte de la hipoteca una vez contraigamos matrimonio sin tener que devolver las deducciones practicadas? Si es así, se podría hacer una novación sobre la hipoteca para que figuraramos los dos en dicha hipoteca? ¿conlleva esta novación algún gasto?

Gracias y enhorabuena por vuestro trabajo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,</p>
<p>Tengo una cuenta vivienda que abrí en 2005, de la cual me he deducido el máximo durante los 4 años correspondientes. Por otro lado, mi novia compró una vivienda en 2008 con hipoteca sobre la misma, habiendo amortizado tan solo un 10% del capital total. Este año contraeremos matrimonio en regimen de bienes gananciales. ¿Es posible utilizar el dinero de la cuenta vivienda para amortizar parte de la hipoteca una vez contraigamos matrimonio sin tener que devolver las deducciones practicadas? Si es así, se podría hacer una novación sobre la hipoteca para que figuraramos los dos en dicha hipoteca? ¿conlleva esta novación algún gasto?</p>
<p>Gracias y enhorabuena por vuestro trabajo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6632</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Jan 2010 18:15:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6632</guid>
		<description>Si vas a hacer lo que dices, te recomiendo que devuelva el dinero cuanto antes a la cuenta vivienda inicial y añadir los otros 9.000€ no al final de año sino a mediados, para que la media anual salga por encima de lo que había a 31 de diciembre de 2009.

Las comprobaciones que hacen hacienda, la mayoría lo hacen los ordenadores mediante unas reglas que tienen y son especialmente hábiles con las cuentas bancarias.

Los banqueros que atiende al público desconocen la mayoría de las veces lo que la central tiene que hacer y las obligaciones que tiene la entidad financiera con respecto a hacienda. Los datos que tienen que enviar a hacienda lo hacen programas en los ordenadores centrales de los bancos.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si vas a hacer lo que dices, te recomiendo que devuelva el dinero cuanto antes a la cuenta vivienda inicial y añadir los otros 9.000€ no al final de año sino a mediados, para que la media anual salga por encima de lo que había a 31 de diciembre de 2009.</p>
<p>Las comprobaciones que hacen hacienda, la mayoría lo hacen los ordenadores mediante unas reglas que tienen y son especialmente hábiles con las cuentas bancarias.</p>
<p>Los banqueros que atiende al público desconocen la mayoría de las veces lo que la central tiene que hacer y las obligaciones que tiene la entidad financiera con respecto a hacienda. Los datos que tienen que enviar a hacienda lo hacen programas en los ordenadores centrales de los bancos.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: fran</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6629</link>
		<dc:creator>fran</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Jan 2010 17:27:04 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6629</guid>
		<description>Pues la verdad es que no sé qué hacer. Lo más seguro es que cuando se venza el deposito dentro de tres meses vuelvo a dejar el dinero en la cuenta vivienda y antes de fín de año añado los 9015€ nuevos. A partir de entonces ya no moveré el dinero de ahí. Creo que puede ser una buena solución, aunque hablando con compañeros que tienen esta cuenta vivienda han ido haciendo depositos con el y nunca han tenido problemas. Imagino que el nuevo incremento de 9015€ anuales se pueda hacer en cualquier momento del año, ¿es esto así?. Lo digo para sacarle rentabilidad a este dinero mientras tanto.

Leí en un foro de un técnico de Hacienda y decía que suelen hacer comprobaciones incluso de los 4 años anteriores, y tambien leí que estas eran de los movimientos en el último trimestre de cada año. No sé hasta qué punto es verdad.

De todas formas, hablaré con el banco para que me expliquen todo esto bien, porque a veces parece que ni siquiera ellos saben exactamente como va esto.

Gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pues la verdad es que no sé qué hacer. Lo más seguro es que cuando se venza el deposito dentro de tres meses vuelvo a dejar el dinero en la cuenta vivienda y antes de fín de año añado los 9015€ nuevos. A partir de entonces ya no moveré el dinero de ahí. Creo que puede ser una buena solución, aunque hablando con compañeros que tienen esta cuenta vivienda han ido haciendo depositos con el y nunca han tenido problemas. Imagino que el nuevo incremento de 9015€ anuales se pueda hacer en cualquier momento del año, ¿es esto así?. Lo digo para sacarle rentabilidad a este dinero mientras tanto.</p>
<p>Leí en un foro de un técnico de Hacienda y decía que suelen hacer comprobaciones incluso de los 4 años anteriores, y tambien leí que estas eran de los movimientos en el último trimestre de cada año. No sé hasta qué punto es verdad.</p>
<p>De todas formas, hablaré con el banco para que me expliquen todo esto bien, porque a veces parece que ni siquiera ellos saben exactamente como va esto.</p>
<p>Gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6627</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Jan 2010 15:46:50 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6627</guid>
		<description>No se puede quitar nada de la cuenta vivienda.

Cualquier retirada de efectivo de la cuenta vivienda que no sea para inversión en vivienda habitual supone la devolución de lo deducido + intereses de demora.

Además hacienda considera que cualquier dinero retirado es el primer dinero que se metió en la cuenta, es decir, en tu caso, el dinero ingresado en 2009, y el nuevo dinero ingresado en 2010 daría derecho a nueva deducción y hasta un máximo de 9.015€.

La cuenta o depósito que se ha de declarar ante hacienda como cuenta vivienda, es la cuenta en la que tengas el dinero a 31 de diciembre.

Tu situación actual es un poco peliagudo. Lo más legal sería dejar todo en la cuenta actual y no tocarlo, y si quitaras parte del dinero, te arriesgas a que se dé cuenta hacienda.

Las probabilidades de que se dé cuenta es baja... está en tus manos en arriesgarte o no.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No se puede quitar nada de la cuenta vivienda.</p>
<p>Cualquier retirada de efectivo de la cuenta vivienda que no sea para inversión en vivienda habitual supone la devolución de lo deducido + intereses de demora.</p>
<p>Además hacienda considera que cualquier dinero retirado es el primer dinero que se metió en la cuenta, es decir, en tu caso, el dinero ingresado en 2009, y el nuevo dinero ingresado en 2010 daría derecho a nueva deducción y hasta un máximo de 9.015€.</p>
<p>La cuenta o depósito que se ha de declarar ante hacienda como cuenta vivienda, es la cuenta en la que tengas el dinero a 31 de diciembre.</p>
<p>Tu situación actual es un poco peliagudo. Lo más legal sería dejar todo en la cuenta actual y no tocarlo, y si quitaras parte del dinero, te arriesgas a que se dé cuenta hacienda.</p>
<p>Las probabilidades de que se dé cuenta es baja&#8230; está en tus manos en arriesgarte o no.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: fran</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6626</link>
		<dc:creator>fran</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Jan 2010 15:39:52 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6626</guid>
		<description>OK, pues entonces éste año en la declaración de la renta pondré como cuenta vivienda la que tenía para 2009, y para la declaración de la renta del año que viene, poner como cuenta vivienda la cuenta del depósito donde metí el dinero, cancelando la cuenta vivienda que tengo ahora abierta (ya que no pueden haber más de una cuenta vivienda por persona). Entonces, si esto es correcto, puesto que en la cuenta depósito ahora tengo más de los 9000€ que añadí, ¿puedo quitar el dinero sobrante de esta cuenta depósito y dejar a fin de año 18030€ que sería el máximo desgravable en 2 años?Así, a partir de ahora utilizaría únicamente esta cuenta depósito como cuenta vivienda.

Si todo lo anterior es correcto, para el año próximo, ¿qué puedo ir haciendo con el dinero existente en este depósito cuando se me vaya venciendo?¿que se renueve automáticamente?

Muchísimas gracias, increible la respuesta en tan corto espacio de tiempo. Mi enhorabuena y gracias de corazón.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>OK, pues entonces éste año en la declaración de la renta pondré como cuenta vivienda la que tenía para 2009, y para la declaración de la renta del año que viene, poner como cuenta vivienda la cuenta del depósito donde metí el dinero, cancelando la cuenta vivienda que tengo ahora abierta (ya que no pueden haber más de una cuenta vivienda por persona). Entonces, si esto es correcto, puesto que en la cuenta depósito ahora tengo más de los 9000€ que añadí, ¿puedo quitar el dinero sobrante de esta cuenta depósito y dejar a fin de año 18030€ que sería el máximo desgravable en 2 años?Así, a partir de ahora utilizaría únicamente esta cuenta depósito como cuenta vivienda.</p>
<p>Si todo lo anterior es correcto, para el año próximo, ¿qué puedo ir haciendo con el dinero existente en este depósito cuando se me vaya venciendo?¿que se renueve automáticamente?</p>
<p>Muchísimas gracias, increible la respuesta en tan corto espacio de tiempo. Mi enhorabuena y gracias de corazón.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6625</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Jan 2010 15:26:48 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6625</guid>
		<description>Lo que estás haciendo es ilegal. El dinero de la cuenta vivienda NO se puede destinar para nada más que para la adquisición de la vivienda habitual bajo pena de devolución de lo deducido más lo intereses de demora.

Lo que te dijo el banquero, parece que no tiene mucha idea. Hacienda sabe tus movimientos de dinero entre cuentas, porque las entidades financieras TIENEN la obligación comunicarlo al fisco.

De hecho al final del año, los bancos envían un resúmen anual del estado de tus cuentas: saldo a 31 de diciembre y saldo medio del año.

La única solución a lo que has hecho es alegar que durante el año, tu cuenta vivienda ha sido los depósitos bancarios que has ido contratando (ya que la cuenta vivienda no hace falta que se llame así, vale cualquier cuenta o depósito).

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo que estás haciendo es ilegal. El dinero de la cuenta vivienda NO se puede destinar para nada más que para la adquisición de la vivienda habitual bajo pena de devolución de lo deducido más lo intereses de demora.</p>
<p>Lo que te dijo el banquero, parece que no tiene mucha idea. Hacienda sabe tus movimientos de dinero entre cuentas, porque las entidades financieras TIENEN la obligación comunicarlo al fisco.</p>
<p>De hecho al final del año, los bancos envían un resúmen anual del estado de tus cuentas: saldo a 31 de diciembre y saldo medio del año.</p>
<p>La única solución a lo que has hecho es alegar que durante el año, tu cuenta vivienda ha sido los depósitos bancarios que has ido contratando (ya que la cuenta vivienda no hace falta que se llame así, vale cualquier cuenta o depósito).</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: fran</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6623</link>
		<dc:creator>fran</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Jan 2010 15:19:05 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6623</guid>
		<description>Hola,

En diciembre 2009 abrí una cuenta denominada &quot;cuenta vivienda&quot; con 9015 €. En el mes de Enero 2010 cogí 9000€ de esa cuenta y lo metí en una cuenta depósito que ya tenía abierta y con pequeños depósitos(los intereses ganado van a parar a otra cuenta distinta de la cuenta vivienda), para tres meses (así sucesivamente hasta llegar a fin de año), dejando 15€ en la cuenta vivienda. A final de año (o antes del último trimestre que según leí es en todo caso cuando suelen comprobar el estado de la cuenta), volveré a meter en esta cuenta vivienda los 9000€ del depósito + 9015€ de dinero máximo para deducir en 2010. Mis preguntas son: 
¿Es esto válido para la deducción de cuenta vivienda? 
¿Me puede poner algún impedimento Hacienda? 
¿Se suelen investigar estos tipos de movimientos entre cuentas/depósitos? 
¿Cómo puedo comprobar que el dinero no lo he utilizado para otra cosa que no sea ese depósito?

El banquero que me atendió me dijo que esto se podía realizar y que Hacienda no tiene permiso para comprobar el estado de las cuentas sin tu autorización, únicamente tiene acceso al informe anual que le manda el banco tanto a esta como a mi para la realización de la declaración de la renta. En todo caso, si esto es así, ¿podría buscarme las cosquillas si comprueba que el saldo medio de la cuenta en el año no se ha incrementado respecto al saldo al inicio?

Muchas gracias por las respuestas.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,</p>
<p>En diciembre 2009 abrí una cuenta denominada &#8220;cuenta vivienda&#8221; con 9015 €. En el mes de Enero 2010 cogí 9000€ de esa cuenta y lo metí en una cuenta depósito que ya tenía abierta y con pequeños depósitos(los intereses ganado van a parar a otra cuenta distinta de la cuenta vivienda), para tres meses (así sucesivamente hasta llegar a fin de año), dejando 15€ en la cuenta vivienda. A final de año (o antes del último trimestre que según leí es en todo caso cuando suelen comprobar el estado de la cuenta), volveré a meter en esta cuenta vivienda los 9000€ del depósito + 9015€ de dinero máximo para deducir en 2010. Mis preguntas son:<br />
¿Es esto válido para la deducción de cuenta vivienda?<br />
¿Me puede poner algún impedimento Hacienda?<br />
¿Se suelen investigar estos tipos de movimientos entre cuentas/depósitos?<br />
¿Cómo puedo comprobar que el dinero no lo he utilizado para otra cosa que no sea ese depósito?</p>
<p>El banquero que me atendió me dijo que esto se podía realizar y que Hacienda no tiene permiso para comprobar el estado de las cuentas sin tu autorización, únicamente tiene acceso al informe anual que le manda el banco tanto a esta como a mi para la realización de la declaración de la renta. En todo caso, si esto es así, ¿podría buscarme las cosquillas si comprueba que el saldo medio de la cuenta en el año no se ha incrementado respecto al saldo al inicio?</p>
<p>Muchas gracias por las respuestas.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6481</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Jan 2010 13:05:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6481</guid>
		<description>En el sentido estricto de cuenta vivienda, no deberías de traspasar el dinero de la cuenta vivienda a la cuenta nómina, ya que se incumple la condición: cuenta independiente y sin imposiciones.

Para evitar problemas, quizás lo mejor sería, abrir la cuenta en otro banco y hacer una OTE sobre la cuenta vivienda actual.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En el sentido estricto de cuenta vivienda, no deberías de traspasar el dinero de la cuenta vivienda a la cuenta nómina, ya que se incumple la condición: cuenta independiente y sin imposiciones.</p>
<p>Para evitar problemas, quizás lo mejor sería, abrir la cuenta en otro banco y hacer una OTE sobre la cuenta vivienda actual.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Juan</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6478</link>
		<dc:creator>Juan</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 21 Jan 2010 12:57:58 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6478</guid>
		<description>El 28 de diciembre de 2009 abrí una cuenta vivienda con 9.000 € y posteriormente he abierto, en el mismo banco, una cuenta nómina. Ahora quiero cerrar la cuenta vivienda y traspasar el dinero a otra cuenta de otro banco diferente que tendría como cuenta vivienda, pero me cobran 27 € por la transferencia. ¿Se puede traspasar los 9000 € a la cuenta nómina, cerrar la cuenta vivienda y, en el mismo momento, hacer una transferencia hacia la nueva cuenta del otro banco y esta nueva cuenta tendría la consideración de vivienda, o ya no la tendría por haber pasado el dinero por una cuenta intermedia, aunque sólo sea por un instante?. De esta manera no tendría que pagar la comisión.
Muchas gracias. Un saludo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El 28 de diciembre de 2009 abrí una cuenta vivienda con 9.000 € y posteriormente he abierto, en el mismo banco, una cuenta nómina. Ahora quiero cerrar la cuenta vivienda y traspasar el dinero a otra cuenta de otro banco diferente que tendría como cuenta vivienda, pero me cobran 27 € por la transferencia. ¿Se puede traspasar los 9000 € a la cuenta nómina, cerrar la cuenta vivienda y, en el mismo momento, hacer una transferencia hacia la nueva cuenta del otro banco y esta nueva cuenta tendría la consideración de vivienda, o ya no la tendría por haber pasado el dinero por una cuenta intermedia, aunque sólo sea por un instante?. De esta manera no tendría que pagar la comisión.<br />
Muchas gracias. Un saludo</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6430</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 Jan 2010 22:45:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6430</guid>
		<description>Podría funcionar. Puedes llevar una cuenta o un depósito como si fuera una cuenta vivienda y no declararlo anualmente en hacienda, y si finalmente acabo de 4 años te compras la vivienda, solicitar a hacienda la devolución de la cuenta vivienda de los 4 años atrás.

Sin embargo, actualmente existe bastantes problemas para hacer eso, teniendo en cuenta las nuevas leyes que se está poniendose en marcha: la eliminación de las deducciones de vivienda habitual (incluído la cuenta vivienda) para los que ganan más de 24.000€.

Yo si estuviera en tu caso, al 99% de certeza de comprarme una vivienda, no dudaría en abrir una cuenta vivienda e ir deduciendome anualmente. 

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Podría funcionar. Puedes llevar una cuenta o un depósito como si fuera una cuenta vivienda y no declararlo anualmente en hacienda, y si finalmente acabo de 4 años te compras la vivienda, solicitar a hacienda la devolución de la cuenta vivienda de los 4 años atrás.</p>
<p>Sin embargo, actualmente existe bastantes problemas para hacer eso, teniendo en cuenta las nuevas leyes que se está poniendose en marcha: la eliminación de las deducciones de vivienda habitual (incluído la cuenta vivienda) para los que ganan más de 24.000€.</p>
<p>Yo si estuviera en tu caso, al 99% de certeza de comprarme una vivienda, no dudaría en abrir una cuenta vivienda e ir deduciendome anualmente. </p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: GToo</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6427</link>
		<dc:creator>GToo</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 Jan 2010 21:33:49 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6427</guid>
		<description>GToo 
Enero 18th, 2010 at 22:53 · Responder 
Buenas, la ampliación de 2 años más, es decir 6años, al final se hizo efectiva? o quedo en el aire?

Saludos y gracias por todo!

Depósitos Bancarios 
Enero 19th, 2010 at 0:24 
Sí que se hizo, pero no son 2 años para todo el mundo, sino que todas las cuentas que caducaban entre el 2008 y 2010 tenía una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010.

Salu2.
---------

En resumen.. queda muy bonito decirlo así por encima pero lo claro es que o te la compras a finales de este año o devuelves.. y a los que le caduca en años posteriores nada de nada.

Como todo lo que hacen.. parchear y quedar bien :@</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>GToo<br />
Enero 18th, 2010 at 22:53 · Responder<br />
Buenas, la ampliación de 2 años más, es decir 6años, al final se hizo efectiva? o quedo en el aire?</p>
<p>Saludos y gracias por todo!</p>
<p>Depósitos Bancarios<br />
Enero 19th, 2010 at 0:24<br />
Sí que se hizo, pero no son 2 años para todo el mundo, sino que todas las cuentas que caducaban entre el 2008 y 2010 tenía una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010.</p>
<p>Salu2.<br />
&#8212;&#8212;&#8212;</p>
<p>En resumen.. queda muy bonito decirlo así por encima pero lo claro es que o te la compras a finales de este año o devuelves.. y a los que le caduca en años posteriores nada de nada.</p>
<p>Como todo lo que hacen.. parchear y quedar bien :@</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Pedro</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6426</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 Jan 2010 20:07:48 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6426</guid>
		<description>El 31 de diciembre del pasado año me hice un deposito con la finalidad de declararlo en la declaracion de la renta como cuenta ahorro vivienda.
Pero viendo que si no compras la vivienda en el plazo de 4 años tienes que devolver lo que te han dado + 5% de interes. Estoy casi seguro que me la comprare antes, un 99%, pero por si acaso, estoy viendo alternativas , de yo no tener en ningun caso que palmar pasta.
¿Existe la posibilidad de que yo declare el deposito como cuenta ahorro vivienda pero no pida que me devuelvan el 15%? ¿Y que haga lo mismo en los 3 años siguientes, y pida que me devuelvan todo junto justo antes de comprarme la vivienda? ¿o existe alguna posibilidad parecida? Y así, sino me la compro, como no me han adelantado el dinero ¿no tendría que pagar intereses no?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El 31 de diciembre del pasado año me hice un deposito con la finalidad de declararlo en la declaracion de la renta como cuenta ahorro vivienda.<br />
Pero viendo que si no compras la vivienda en el plazo de 4 años tienes que devolver lo que te han dado + 5% de interes. Estoy casi seguro que me la comprare antes, un 99%, pero por si acaso, estoy viendo alternativas , de yo no tener en ningun caso que palmar pasta.<br />
¿Existe la posibilidad de que yo declare el deposito como cuenta ahorro vivienda pero no pida que me devuelvan el 15%? ¿Y que haga lo mismo en los 3 años siguientes, y pida que me devuelvan todo junto justo antes de comprarme la vivienda? ¿o existe alguna posibilidad parecida? Y así, sino me la compro, como no me han adelantado el dinero ¿no tendría que pagar intereses no?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6411</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 Jan 2010 12:26:45 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6411</guid>
		<description>En primer lugar decirle que las llamadas cuentas vivienda no tiene validez fiscal alguna mientras que no lo haya declarado en las declaraciones de la renta y deducido por el concepto de cuenta vivienda, y por lo tanto se podrá utilizar para cualquier fin.

EL dinero de la cuenta vivienda sólo sirve para la inversión en vivienda habitual: los muebles quedan fuera y los electrodomesticos también, salvo que dichos elementos los incluyan el promotor de la vivienda y su coste está incluído dentro del precio de la compra venta de vivienda.

Por último decirle también, que si durante los años anteriores ha puesto dinero en la cuenta vivienda y no se ha deducido, puede hacer una instancia en hacienda para desgravarse.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En primer lugar decirle que las llamadas cuentas vivienda no tiene validez fiscal alguna mientras que no lo haya declarado en las declaraciones de la renta y deducido por el concepto de cuenta vivienda, y por lo tanto se podrá utilizar para cualquier fin.</p>
<p>EL dinero de la cuenta vivienda sólo sirve para la inversión en vivienda habitual: los muebles quedan fuera y los electrodomesticos también, salvo que dichos elementos los incluyan el promotor de la vivienda y su coste está incluído dentro del precio de la compra venta de vivienda.</p>
<p>Por último decirle también, que si durante los años anteriores ha puesto dinero en la cuenta vivienda y no se ha deducido, puede hacer una instancia en hacienda para desgravarse.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Victor</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-12/#comment-6408</link>
		<dc:creator>Victor</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 Jan 2010 10:57:20 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6408</guid>
		<description>Hola que tal. Le expongo mi caso:

en 2006 abrí mi cuenta vivienda. Ingresé solo 500 euros.
en 2007 ingresé 2500
en 2008 ingresé 11000
y en 2009 ingresé 2500 euros.

Sólo en la pasada Renta (perteneciente a 2008), metí la cuenta vivienda en la renta. Y ahora en 2010 voy a comprarme una casa.

En un principio tenía entendido que ésta cuenta servía para todo lo relacionado con la vivienda (muebles incluido). Ahora al empezar a moverme con el papeleo veo que no, que solo para la compra y gastos derivados. 

Bien, teniendo en cuenta todo lo leido en post anteriores, ya me he hecho un lio en si se puede o no se puede.

Según el historial de mi cuenta antes citado, podría usted comentarme si puedo usar o no alguna cantidad de todo el ahorro que he hecho, para la compra de muebles u otras compras relacionadas con la casa pero que no sean directamente la propia compra y gastos.... por ejemplo: electrodomesticos, pequeña obra, etc???


Y una cosa mas... por lo que veo en posts anteriores; si llegas a la compra de la casa y no has metido en ningun año la cuenta vivienda en la Renta (el caso de mi novia)..... se consideraría una cuenta normal y podría hacer uso del dinero para cualquier cosa.... ¿es correcto?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola que tal. Le expongo mi caso:</p>
<p>en 2006 abrí mi cuenta vivienda. Ingresé solo 500 euros.<br />
en 2007 ingresé 2500<br />
en 2008 ingresé 11000<br />
y en 2009 ingresé 2500 euros.</p>
<p>Sólo en la pasada Renta (perteneciente a 2008), metí la cuenta vivienda en la renta. Y ahora en 2010 voy a comprarme una casa.</p>
<p>En un principio tenía entendido que ésta cuenta servía para todo lo relacionado con la vivienda (muebles incluido). Ahora al empezar a moverme con el papeleo veo que no, que solo para la compra y gastos derivados. </p>
<p>Bien, teniendo en cuenta todo lo leido en post anteriores, ya me he hecho un lio en si se puede o no se puede.</p>
<p>Según el historial de mi cuenta antes citado, podría usted comentarme si puedo usar o no alguna cantidad de todo el ahorro que he hecho, para la compra de muebles u otras compras relacionadas con la casa pero que no sean directamente la propia compra y gastos&#8230;. por ejemplo: electrodomesticos, pequeña obra, etc???</p>
<p>Y una cosa mas&#8230; por lo que veo en posts anteriores; si llegas a la compra de la casa y no has metido en ningun año la cuenta vivienda en la Renta (el caso de mi novia)&#8230;.. se consideraría una cuenta normal y podría hacer uso del dinero para cualquier cosa&#8230;. ¿es correcto?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-6396</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 Jan 2010 23:24:55 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6396</guid>
		<description>Sí que se hizo, pero no son 2 años para todo el mundo, sino que todas las cuentas que caducaban entre el 2008 y 2010 tenía una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sí que se hizo, pero no son 2 años para todo el mundo, sino que todas las cuentas que caducaban entre el 2008 y 2010 tenía una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: GToo</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-6392</link>
		<dc:creator>GToo</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 Jan 2010 21:53:24 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6392</guid>
		<description>Buenas, la ampliación de 2 años más, es decir 6años, al final se hizo efectiva? o quedo en el aire?

Saludos y gracias por todo!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas, la ampliación de 2 años más, es decir 6años, al final se hizo efectiva? o quedo en el aire?</p>
<p>Saludos y gracias por todo!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-6330</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 16 Jan 2010 17:03:08 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6330</guid>
		<description>Según el anteproyecto de ley que he leído, a partir del 2011 parece ser que van a desaparecer las deducciones de vivienda habitual, incluídos las cuentas viviendas para los que ganen más de 24.000€.

Lo cierto, es que tampoco vas a perder nada, si piensas que vas a comprar en 4 años la vivienda, abrite una cuenta vivienda ahora.

El depósito de activobank abierto en 2009 te puede servir perfectamente como cuenta vivienda, sólo lo tienes que introducir en la declaración de hacienda de este año, y te devolverá el 15% de ese dinero.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Según el anteproyecto de ley que he leído, a partir del 2011 parece ser que van a desaparecer las deducciones de vivienda habitual, incluídos las cuentas viviendas para los que ganen más de 24.000€.</p>
<p>Lo cierto, es que tampoco vas a perder nada, si piensas que vas a comprar en 4 años la vivienda, abrite una cuenta vivienda ahora.</p>
<p>El depósito de activobank abierto en 2009 te puede servir perfectamente como cuenta vivienda, sólo lo tienes que introducir en la declaración de hacienda de este año, y te devolverá el 15% de ese dinero.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: subastero</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-6329</link>
		<dc:creator>subastero</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 16 Jan 2010 16:05:07 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-6329</guid>
		<description>Hola, mi idea es cancelar la cuenta vivienda actual los proximos dias, por que no pienso comprar en el año 2010.

Mi pregunta, es si en la declaracion del año 2009, podria desgravarme una nueva cuenta vivienda abierta en el 2009. En realidad es un deposito abierto en el 2009 y activo a 31 de diciembre de 2009, pero quizas me convenga abrirme otra cuenta vivienda no sea que permitan desgravarse a los que ya tengan una cuenta vivienda activa en años anteriores.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, mi idea es cancelar la cuenta vivienda actual los proximos dias, por que no pienso comprar en el año 2010.</p>
<p>Mi pregunta, es si en la declaracion del año 2009, podria desgravarme una nueva cuenta vivienda abierta en el 2009. En realidad es un deposito abierto en el 2009 y activo a 31 de diciembre de 2009, pero quizas me convenga abrirme otra cuenta vivienda no sea que permitan desgravarse a los que ya tengan una cuenta vivienda activa en años anteriores.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5940</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 Jan 2010 10:01:03 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5940</guid>
		<description>Si finalmente se decide por no realizar la inversión, hay que cancelar la cuenta, y realizar una declaración complementaria en la agencia tributaria (el banco no te va a quitar nada).

En dicha declaración hay que devolver todo lo deducido más los intereses de demora que es aproximadamente un 5% anual.

Si tiene en la cuenta unos 23.000€, imagino que se habrá deducido el 15% de ese dinero, deberá devolver 3450€ + 100€ a 200€ de intereses.

De todas formas que revise las últimas declaraciones y comprobar exáctamente cuánto se ha deducido cada año.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si finalmente se decide por no realizar la inversión, hay que cancelar la cuenta, y realizar una declaración complementaria en la agencia tributaria (el banco no te va a quitar nada).</p>
<p>En dicha declaración hay que devolver todo lo deducido más los intereses de demora que es aproximadamente un 5% anual.</p>
<p>Si tiene en la cuenta unos 23.000€, imagino que se habrá deducido el 15% de ese dinero, deberá devolver 3450€ + 100€ a 200€ de intereses.</p>
<p>De todas formas que revise las últimas declaraciones y comprobar exáctamente cuánto se ha deducido cada año.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Jonatan</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5922</link>
		<dc:creator>Jonatan</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 03 Jan 2010 12:57:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5922</guid>
		<description>Hola a todos y feliz año.
Mi novia tiene una cuenta vivienda desde el 2006 y este año se le termina, tenia pensado comprarse un piso con su ex novio pero no salió bien y ahora nosotros queremos irnos de alquiler y ella quiere sacar su dinero porq ya no lo va a utilizar para comprarse un piso, Alguien me puede decir si el banco al cancelar la cuenta le sancionará o simplemente cuando haga la declaración le pegarán el palo? Y si le pegan un buen palo, sobre una cantidad de 23000€ cuanto creeis q le quitarian? El primer año hacienda le devolvio 1400, el segundo sobre 450 y el año pasado 200, sospechamos q en las ultimas dos declaraciones no declaró la cuenta vivienda, porq no le abonaron grandes cantidades excepto el primer año, ahora ella está asustada porq piensas q le van a quitar minimo 6000€, pero realmente si no hubiese declarado la cuenta vivienda los dos ultimos años tampoco se lo van a tener q quitar, porq no se lo han dado. Bueno de todas formas gracias por leer hasta aquí y si alguien sabe algo sobre este lío me haría un inmenso favor.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola a todos y feliz año.<br />
Mi novia tiene una cuenta vivienda desde el 2006 y este año se le termina, tenia pensado comprarse un piso con su ex novio pero no salió bien y ahora nosotros queremos irnos de alquiler y ella quiere sacar su dinero porq ya no lo va a utilizar para comprarse un piso, Alguien me puede decir si el banco al cancelar la cuenta le sancionará o simplemente cuando haga la declaración le pegarán el palo? Y si le pegan un buen palo, sobre una cantidad de 23000€ cuanto creeis q le quitarian? El primer año hacienda le devolvio 1400, el segundo sobre 450 y el año pasado 200, sospechamos q en las ultimas dos declaraciones no declaró la cuenta vivienda, porq no le abonaron grandes cantidades excepto el primer año, ahora ella está asustada porq piensas q le van a quitar minimo 6000€, pero realmente si no hubiese declarado la cuenta vivienda los dos ultimos años tampoco se lo van a tener q quitar, porq no se lo han dado. Bueno de todas formas gracias por leer hasta aquí y si alguien sabe algo sobre este lío me haría un inmenso favor.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5824</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Dec 2009 07:03:33 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5824</guid>
		<description>En principio daría igual si es capaz de demostrar que dicha vivienda no ha sido nunca su vivienda habitual.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En principio daría igual si es capaz de demostrar que dicha vivienda no ha sido nunca su vivienda habitual.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Pedro</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5823</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Dec 2009 07:01:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5823</guid>
		<description>Muchas gracias.

Solo que mi novia, no es que figure como avalista. Es propietaria, 50% - 50% entre su madre y ella.

¿Es lo mismo?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muchas gracias.</p>
<p>Solo que mi novia, no es que figure como avalista. Es propietaria, 50% &#8211; 50% entre su madre y ella.</p>
<p>¿Es lo mismo?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5822</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Dec 2009 05:50:57 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5822</guid>
		<description>Nosotros también os deseamos un feliz 2010.

Tu novia, si nunca ha tenido una vivienda habitual, aunque figure como avalista de una vivienda de su madre, puede abrir una cuenta vivienda y deducirse por ese concepto para después adquirir su primera vivienda habitual.

En cuanto a un depósito y utilizarlo como cuenta vivienda, te recomiendo que visitar www.tucapital.es donde hay un ranking de los &lt;a href=&quot;http://www.tucapital.es&quot; rel=&quot;nofollow&quot;&gt;mejores depósitos bancarios&lt;/a&gt;. Teniendo sólo en cuenta que el depósito a contratar debe de tener de plazo menor a 1 año o en caso contrario que permita realizar múltiples imposiciones.

Quizás sea más cómodo coger alguna cuenta remunerada como la cuenta rentable de tubancaja.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Nosotros también os deseamos un feliz 2010.</p>
<p>Tu novia, si nunca ha tenido una vivienda habitual, aunque figure como avalista de una vivienda de su madre, puede abrir una cuenta vivienda y deducirse por ese concepto para después adquirir su primera vivienda habitual.</p>
<p>En cuanto a un depósito y utilizarlo como cuenta vivienda, te recomiendo que visitar <a href="http://www.tucapital.es">http://www.tucapital.es</a> donde hay un ranking de los <a href="http://www.tucapital.es">mejores depósitos bancarios</a>. Teniendo sólo en cuenta que el depósito a contratar debe de tener de plazo menor a 1 año o en caso contrario que permita realizar múltiples imposiciones.</p>
<p>Quizás sea más cómodo coger alguna cuenta remunerada como la cuenta rentable de tubancaja.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5821</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Dec 2009 05:42:30 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5821</guid>
		<description>En el foro, debes de registarte y posteriormente dejar un post en la sección que corresponda.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En el foro, debes de registarte y posteriormente dejar un post en la sección que corresponda.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5820</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Dec 2009 05:41:48 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5820</guid>
		<description>La cuenta azul de ibanesto sirve perfectamente como cuenta vivienda, siempre que respetes las normas que rigen las cuentas vivienda: independiente, sin imposiciones y destinar el dinero a la inversión en vivienda habitual.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La cuenta azul de ibanesto sirve perfectamente como cuenta vivienda, siempre que respetes las normas que rigen las cuentas vivienda: independiente, sin imposiciones y destinar el dinero a la inversión en vivienda habitual.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Pedro</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5809</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Dec 2009 22:44:42 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5809</guid>
		<description>Feliz Navidad y prospero año nuevo en primer lugar, por lo menos que sea mejor que este...

Mañana voy a contratar una cuenta ahorro vivienda, para aprovechar y desgravarmelo este año 2009. 
Gracias a vosotros he sabido que puede ser cualquier tipo de cuenta o deposito que no tenga movimientos, y asi poder obtener un interés más alto.
¿Podríais facilitarme alguna recomendación sobre algún deposito/s en especial de los que rente mayor interes?

Y mi segunda duda es, mi novia tiene una hipoteca y una vivienda junto con su madre, porque cuando su madre se fue a comprar la vivienda le pidieron que aportara alguna garantia más y se puso ella. Mi novia nunca se ha desgravado nada por esa vivienda, y tampoco a vivido en ella, no ha sido vivienda habitual. Como veo que el  requisito es que sea primera adquisición de vivienda habitual...¿Ella podría hacerse una cuenta Ahorro vivienda, partiendo de este hecho?

Muchas gracias por vuestra ayuda.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Feliz Navidad y prospero año nuevo en primer lugar, por lo menos que sea mejor que este&#8230;</p>
<p>Mañana voy a contratar una cuenta ahorro vivienda, para aprovechar y desgravarmelo este año 2009.<br />
Gracias a vosotros he sabido que puede ser cualquier tipo de cuenta o deposito que no tenga movimientos, y asi poder obtener un interés más alto.<br />
¿Podríais facilitarme alguna recomendación sobre algún deposito/s en especial de los que rente mayor interes?</p>
<p>Y mi segunda duda es, mi novia tiene una hipoteca y una vivienda junto con su madre, porque cuando su madre se fue a comprar la vivienda le pidieron que aportara alguna garantia más y se puso ella. Mi novia nunca se ha desgravado nada por esa vivienda, y tampoco a vivido en ella, no ha sido vivienda habitual. Como veo que el  requisito es que sea primera adquisición de vivienda habitual&#8230;¿Ella podría hacerse una cuenta Ahorro vivienda, partiendo de este hecho?</p>
<p>Muchas gracias por vuestra ayuda.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Pedro</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5808</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Dec 2009 22:32:47 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5808</guid>
		<description>Quiero publicar una consulta pero no encuentro este tema en el foro no me deja ir al 27 de noviembre de 2008</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Quiero publicar una consulta pero no encuentro este tema en el foro no me deja ir al 27 de noviembre de 2008</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: carlos</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5807</link>
		<dc:creator>carlos</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Dec 2009 22:28:39 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5807</guid>
		<description>Buenas noches,
Al hilo de la pregunta anterior, entiendo que si contrato una cuenta azul de ibanesto, aunque creo que en realidad es un depósito, se podría también considerar como cuenta vivienda siempre que se respetase el no estar moviendo dinero o destinándolo para otro fin. ¿Es así?
Muchas Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas noches,<br />
Al hilo de la pregunta anterior, entiendo que si contrato una cuenta azul de ibanesto, aunque creo que en realidad es un depósito, se podría también considerar como cuenta vivienda siempre que se respetase el no estar moviendo dinero o destinándolo para otro fin. ¿Es así?<br />
Muchas Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5797</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Dec 2009 20:23:43 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5797</guid>
		<description>Cualquier cuenta puede considerarse una cuenta vivienda, pero debe de ser independiente (no mezclarse con otro dinero) y sin imposiciones (sin domiciliar recibos ni tarjetas).

El dinero que se retire de la cuenta debe de destinarse exclusivamente para la inversión en vivienda habitual.

Salu2 y Feliz 2010</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Cualquier cuenta puede considerarse una cuenta vivienda, pero debe de ser independiente (no mezclarse con otro dinero) y sin imposiciones (sin domiciliar recibos ni tarjetas).</p>
<p>El dinero que se retire de la cuenta debe de destinarse exclusivamente para la inversión en vivienda habitual.</p>
<p>Salu2 y Feliz 2010</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Juan</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5795</link>
		<dc:creator>Juan</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Dec 2009 20:18:59 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5795</guid>
		<description>Buenas noches, mi pregunta es la siguiente: ¿Una cuenta a la vista se puede considerar cuenta vivienda?.
Si es así, si abro una cuenta con fecha de 31/12/09 con 9000 € y con fecha del año que viene hago una transferencia de 17000 € para dejar otros 9000 (en total quedarían 18000) y el resto lo saco, ¿Se seguiría considerando cuenta vivienda o ya no al haber hecho movimientos en ella?.
Gracias. Feliz año nuevo a todos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas noches, mi pregunta es la siguiente: ¿Una cuenta a la vista se puede considerar cuenta vivienda?.<br />
Si es así, si abro una cuenta con fecha de 31/12/09 con 9000 € y con fecha del año que viene hago una transferencia de 17000 € para dejar otros 9000 (en total quedarían 18000) y el resto lo saco, ¿Se seguiría considerando cuenta vivienda o ya no al haber hecho movimientos en ella?.<br />
Gracias. Feliz año nuevo a todos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5782</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Dec 2009 08:46:50 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5782</guid>
		<description>Lo que podemos decir son elucubraciones. Aún no se sabe qué pasará con la gente que tengan sus cuentas vivienda abiertas, y con los que ya tienen hipoteca.

Lo más normal sería que los que tiene ya hipoteca y se desgravan por ese concepto, seguirán haciendolo sin ningún cambio a partir del 2011, los que tenga la cuenta vivienda, dispondrá de 4 años para realizar la compra (pero seguramente no se podrá desgravar la hipoteca si gana más de 24.000€).

Mi consejo, si no puedes comprar la vivienda el 2010, al menos tener la cuenta vivienda abierta. Quizás te considere que has consolidado los derechos actuales de deducción por vivienda habitual sin limitaciones de rentas.

Suerte y Felices Fiestas!!!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo que podemos decir son elucubraciones. Aún no se sabe qué pasará con la gente que tengan sus cuentas vivienda abiertas, y con los que ya tienen hipoteca.</p>
<p>Lo más normal sería que los que tiene ya hipoteca y se desgravan por ese concepto, seguirán haciendolo sin ningún cambio a partir del 2011, los que tenga la cuenta vivienda, dispondrá de 4 años para realizar la compra (pero seguramente no se podrá desgravar la hipoteca si gana más de 24.000€).</p>
<p>Mi consejo, si no puedes comprar la vivienda el 2010, al menos tener la cuenta vivienda abierta. Quizás te considere que has consolidado los derechos actuales de deducción por vivienda habitual sin limitaciones de rentas.</p>
<p>Suerte y Felices Fiestas!!!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Juan</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5775</link>
		<dc:creator>Juan</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 29 Dec 2009 20:58:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5775</guid>
		<description>Buenas noches,
Estoy pensando en abrirme una cuenta vivienda antes de que finalice este 2009 para adquirir mi primera vivienda.
Mi idea es aportar 9015 euros cada año. He oido que a partir del 2011 las &quot;reglas de juego&quot; van a cambiar. Teniendo en cuenta que cobro unos 25.000 euros al año ¿podría desgravarme del 15% de los 9015 euros cada año o a partir del 2011 ya no?  Y posteriormente cuando compre mi vivienda, en el 2012-2013 ¿seguiría desgravándome en mi declaración mientras dure mi hipoteca?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas noches,<br />
Estoy pensando en abrirme una cuenta vivienda antes de que finalice este 2009 para adquirir mi primera vivienda.<br />
Mi idea es aportar 9015 euros cada año. He oido que a partir del 2011 las &#8220;reglas de juego&#8221; van a cambiar. Teniendo en cuenta que cobro unos 25.000 euros al año ¿podría desgravarme del 15% de los 9015 euros cada año o a partir del 2011 ya no?  Y posteriormente cuando compre mi vivienda, en el 2012-2013 ¿seguiría desgravándome en mi declaración mientras dure mi hipoteca?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5759</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 29 Dec 2009 10:56:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5759</guid>
		<description>Efectivamente, el límite máximo son 9.015€. Pero también está el límite de que las deducciones es la devolución de los impuestos que hacienda durante el año nos ha retenido. 

De esta manera, si no tenemos suficientes ingresos, y hacienda nos ha retenido menos dinero de lo que tendríamos derecho a deducirnos, sólo nos devolverá lo retenido.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Efectivamente, el límite máximo son 9.015€. Pero también está el límite de que las deducciones es la devolución de los impuestos que hacienda durante el año nos ha retenido. </p>
<p>De esta manera, si no tenemos suficientes ingresos, y hacienda nos ha retenido menos dinero de lo que tendríamos derecho a deducirnos, sólo nos devolverá lo retenido.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: silvia</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-11/#comment-5728</link>
		<dc:creator>silvia</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Dec 2009 16:59:38 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5728</guid>
		<description>hola! tengo una cuenta vivienda desde diciembre de 2007. Cada año he aportado 9.000 € pero este año al ir a hacer la declaración de la renta mediante una gestoría me comentaron que estoy aportando dinero de más, ya que los 9.000 euros es el tope, pero que según mis ingresos ese dinero es excesivo pq no me da rentabilidad luego a la hora de declarar la renta.

quería saber si hay un porcentaje para calcular al salario bruto del año para saber cual sería mi aportación tope según mi salario y no perder esta rentabilidad.

Gracias y un saludo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola! tengo una cuenta vivienda desde diciembre de 2007. Cada año he aportado 9.000 € pero este año al ir a hacer la declaración de la renta mediante una gestoría me comentaron que estoy aportando dinero de más, ya que los 9.000 euros es el tope, pero que según mis ingresos ese dinero es excesivo pq no me da rentabilidad luego a la hora de declarar la renta.</p>
<p>quería saber si hay un porcentaje para calcular al salario bruto del año para saber cual sería mi aportación tope según mi salario y no perder esta rentabilidad.</p>
<p>Gracias y un saludo</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-10/#comment-5677</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 23 Dec 2009 07:26:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5677</guid>
		<description>El movimiento de dinero, no debe de pasar por una cuenta que lo utilizas para otros fines salvo para la cuenta vivienda (independiente).

Lo ideal es que el dinero no pase por una cuenta que estés utilizándolo para otros fines, pero si lo hicieras, asegúrate de que el dinero no esté ni 1 día en dicha cuenta (y que la cuenta no haya nada de dinero que no sea transferido a la nueva cuenta vivienda). 

Puede que tengas problemas si hacienda se pone quisquilloso.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El movimiento de dinero, no debe de pasar por una cuenta que lo utilizas para otros fines salvo para la cuenta vivienda (independiente).</p>
<p>Lo ideal es que el dinero no pase por una cuenta que estés utilizándolo para otros fines, pero si lo hicieras, asegúrate de que el dinero no esté ni 1 día en dicha cuenta (y que la cuenta no haya nada de dinero que no sea transferido a la nueva cuenta vivienda). </p>
<p>Puede que tengas problemas si hacienda se pone quisquilloso.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: silvia</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-10/#comment-5673</link>
		<dc:creator>silvia</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 23 Dec 2009 00:30:41 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5673</guid>
		<description>Hola!
Abrí una cuenta vivienda en diciembre del 2008 y por la que me he desgravado en 2009. En realidad era un depósito a 1 año y estoy pensando en cambiar el dinero mas los 9015e de este año a otro depósito en otra entidad.
Sé que eso está permitido pero no me queda muy claro lo que he leido arriba de que las cuentas deben ser independientes y sin otras imposiciones. Ya que para cambiar de depósito tendría que pasar primero los 9015 del 2008 a la cuenta asociada del mismo banco (en la cual están los 9015 de este año y algo más). Desde esta cuenta pasaría los 18030e a una cuenta del banco dónde quiero que esté mi nueva &quot;cuenta vivienda&quot;(en la cual hay algo de dinero)y desde esa cuenta a un depósito que sería el que usaría en la declaración del 2010.
Es posible? Gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola!<br />
Abrí una cuenta vivienda en diciembre del 2008 y por la que me he desgravado en 2009. En realidad era un depósito a 1 año y estoy pensando en cambiar el dinero mas los 9015e de este año a otro depósito en otra entidad.<br />
Sé que eso está permitido pero no me queda muy claro lo que he leido arriba de que las cuentas deben ser independientes y sin otras imposiciones. Ya que para cambiar de depósito tendría que pasar primero los 9015 del 2008 a la cuenta asociada del mismo banco (en la cual están los 9015 de este año y algo más). Desde esta cuenta pasaría los 18030e a una cuenta del banco dónde quiero que esté mi nueva &#8220;cuenta vivienda&#8221;(en la cual hay algo de dinero)y desde esa cuenta a un depósito que sería el que usaría en la declaración del 2010.<br />
Es posible? Gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: matterhorn1</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-10/#comment-5609</link>
		<dc:creator>matterhorn1</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Dec 2009 18:30:53 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5609</guid>
		<description>Hola, muchas gracias por contestar tan rápidamente.
Para aclararme un poco más.
1. Yo creo que lo lógico sería que a la cantidad deducida cada año se aplique el tipo de interés de demora de ese año (cosa que me fastidia pq los intereses de demora de estos últimos años han sido más altos). En todo caso, la fórmula podría ser algo así?

Cantidad a devolver en concepto de intereses de demora = D1*(ID1+ID2+ID3+ID4) + D2*(ID2+ID3+ID4) + D3*(ID3+ID4) + D4*ID4
donde,
  Di = deducción del año i-ésimo
  IDi = interés de demora del año i-ésimo (ID1--&gt;2005, ID2--&gt;2006, ID3--&gt;2007, ID4--&gt;2008)
Si es como tu dices, ID1=ID2=ID3=ID4=interés de demora del último año
  Pero sería así la fórmula de cálculo?

  Mis números concretos son:
  - 2005: deducción 1.215€
  - 2006: deducción 1.217€
  - 2007: deducción   732€
  - 2008: deducción     0€
  - 2009: deducción     0€ y cancelación de cuenta
  Cuánto crees que debería devolver?
  a) deducciones = 3.164€
        +
  b) intereses de demora = ????

2. Respecto a lo que dices &quot;te recomiendo que acudas a hacienda(...) y devuelvelo cuanto antes&quot;: como ya he cancelado la cuenta entiendo que tengo la obligación de devolverlo en la próxima declaración de renta, no? es decir, que no hay ningún otro modo, no? O te refieres a que puedo pagar allí mismo en hacienda sin tener que esperar a la declaración? En todo caso, los intereses de demora dejan de incrementarse por haber cancelado la cta.viv. o se siguen incrementando hasta que no se paguen los mismos a hacienda?

Muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, muchas gracias por contestar tan rápidamente.<br />
Para aclararme un poco más.<br />
1. Yo creo que lo lógico sería que a la cantidad deducida cada año se aplique el tipo de interés de demora de ese año (cosa que me fastidia pq los intereses de demora de estos últimos años han sido más altos). En todo caso, la fórmula podría ser algo así?</p>
<p>Cantidad a devolver en concepto de intereses de demora = D1*(ID1+ID2+ID3+ID4) + D2*(ID2+ID3+ID4) + D3*(ID3+ID4) + D4*ID4<br />
donde,<br />
  Di = deducción del año i-ésimo<br />
  IDi = interés de demora del año i-ésimo (ID1&#8211;&gt;2005, ID2&#8211;&gt;2006, ID3&#8211;&gt;2007, ID4&#8211;&gt;2008)<br />
Si es como tu dices, ID1=ID2=ID3=ID4=interés de demora del último año<br />
  Pero sería así la fórmula de cálculo?</p>
<p>  Mis números concretos son:<br />
  &#8211; 2005: deducción 1.215€<br />
  &#8211; 2006: deducción 1.217€<br />
  &#8211; 2007: deducción   732€<br />
  &#8211; 2008: deducción     0€<br />
  &#8211; 2009: deducción     0€ y cancelación de cuenta<br />
  Cuánto crees que debería devolver?<br />
  a) deducciones = 3.164€<br />
        +<br />
  b) intereses de demora = ????</p>
<p>2. Respecto a lo que dices &#8220;te recomiendo que acudas a hacienda(&#8230;) y devuelvelo cuanto antes&#8221;: como ya he cancelado la cuenta entiendo que tengo la obligación de devolverlo en la próxima declaración de renta, no? es decir, que no hay ningún otro modo, no? O te refieres a que puedo pagar allí mismo en hacienda sin tener que esperar a la declaración? En todo caso, los intereses de demora dejan de incrementarse por haber cancelado la cta.viv. o se siguen incrementando hasta que no se paguen los mismos a hacienda?</p>
<p>Muchas gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/27/preguntas-frecuentes-sobre-la-cuenta-vivienda/comment-page-10/#comment-5608</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Dec 2009 17:32:48 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=236#comment-5608</guid>
		<description>Se calcula por el tiempo que hayas tenido el dinero de las deducciones en tus manos.

Creo que se utilizar el tipo de interés vigente en el momento de la devolución del dinero de las deducciones.

Para calcular los intereses debes de tener en cuenta el dinero y el tiempo que hayas tenido las deducciones de cada año.

Para las devoluciones, lo que tienes que tener en cuenta es el dinero que te hayas beneficiado de las deducciones, no el dinero que tenga en la cuenta vivienda, puede que hayas ingresado dinero en dicha cuenta que no te hayas deducido. 

Búsca las declaraciones de esos años y comprueba cuánto dinero te has deducido por la cuenta vivienda.

Por último, te recomiendo que acudas a hacienda, cuanto antes para que te hagan el cálculo de la liquidación de la devolución y devuelvelo cuanto antes... cuanto más tiempo dejes pasar más intereses te van a cobrar. Aunque quizás sea interesante esperar hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos del Estado, ya que seguramente rebaje el tipo de interés de demora, que actualmente está en el 5,5% si no recuerdo mal.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Se calcula por el tiempo que hayas tenido el dinero de las deducciones en tus manos.</p>
<p>Creo que se utilizar el tipo de interés vigente en el momento de la devolución del dinero de las deducciones.</p>
<p>Para calcular los intereses debes de tener en cuenta el dinero y el tiempo que hayas tenido las deducciones de cada año.</p>
<p>Para las devoluciones, lo que tienes que tener en cuenta es el dinero que te hayas beneficiado de las deducciones, no el dinero que tenga en la cuenta vivienda, puede que hayas ingresado dinero en dicha cuenta que no te hayas deducido. </p>
<p>Búsca las declaraciones de esos años y comprueba cuánto dinero te has deducido por la cuenta vivienda.</p>
<p>Por último, te recomiendo que acudas a hacienda, cuanto antes para que te hagan el cálculo de la liquidación de la devolución y devuelvelo cuanto antes&#8230; cuanto más tiempo dejes pasar más intereses te van a cobrar. Aunque quizás sea interesante esperar hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos del Estado, ya que seguramente rebaje el tipo de interés de demora, que actualmente está en el 5,5% si no recuerdo mal.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
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