- Antes, o en el momento de hacer la solicitud, debe de inscribirse como demandante de empleo.
- El plazo para solicitar la prestación será de quince días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos), desde el cese o desde el día que finalice el periodo de vacaciones pendientes de disfrutar, o desde el inicio de la suspensión de la relación laboral o de la reducción de jornada.
- No realizar la solicitud en el plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, supone la pérdida de tantos días de derecho a la prestación como medien entre la fecha de nacimiento del derecho de haberse inscrito y solicitado en tiempo y forma, y la fecha en que, efectivamente, se formule la solicitud.
En cuanto a la documentación a presentar son:
- Impreso de solicitud de la prestación por desempleo, en modelo oficial, debidamente cumplimentado.
- Identificación del solicitante e hijos que conviven o están a su cargo que figuren en la solictud, mediante la siguiente documentación original y en vigor (solamente será necesaria su exhibición, para el cotejo de dichos datos):
- Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Extrajeros residentes en España:
- A efectos de identificación: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o documento identificativo del país origen si es de una nacionalidad perteneciente al Espacio Económico Europeo o Suiza.
- En todo caso: El NIE (Nº de Identidad de Extranjeros).
- Libro de Familia o documento equivalente, en caso de extranjeros.
- Certificado del grado de minusvalía expedido por el IMSERSO o el organo de la Comunidad Autónoma correspondiente, o resolución del INSS, del Ministerio de Economía y Hacienda o de Defensa que reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Resolución judicial o escrito de formalización del acogimiento en el que conste el consentimiento de la Entidad Pública que en cada territorio tenga encomendada la protección de menores y la fecha de efectos del acogimiento.
- Sentencia y/o convenio regulador, en caso de separación o divorcio.
- Identificación de los hijos que no residen en España y acreditación de su situación laboral.
- Formulario E-302. Certificado consular o de la embajada de España en el país de residencia, o certificación del organismo competente en ese país sobre la situación laboral de los hijos.
- Acreditación de la situación legal de desempleo por:
- Cese de la relación laboral.
- Certificado/s de Empresa, firmado/s y sellado/s de la/s empresa/s en la/s que ha trabajado durante los 180 últimos días.
- Acta de conciliación administrativa o judicial, o resolución judicial.
- Providencia de opción por la indemnización, en caso de haber reclamado contra el despido.
- Emigrante retornado.
- Certificado emitida por las Delegaciones o Subdelegaciones del gobierno, en la que conste la fecha de retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración.
- Formulario E-301, si se retorna de un país miembro del Espacio Económico Europeo, o formulario de enlace donde se recojan los períodos trabajados en un país con el que existe convenio sobre protección por desempleo (Australia, Suiza o Bulgaria).
- Liberado de prisión.
- Certificado del Director del centro penitenciario, en la que consten las fechas de ingreso en prisión, si se han realizado trabajos durante el período de internamiento, en los que se cotizó por la contigencia de desempleo.
- Otros documentos.
- Cese de la relación laboral.
Otros artículos relacionados:




Hola .estava en paro,lo he intrerumpido y he vuelto a trabajar!y ahora estoi de nuevo en paro con la misma prestacion!pregunta mia es:cuando es la primera paga?por ejemplo…el 15/06 impeso y en q mes es la primera paga?07,08???
¿? no entiendo.
Si dices que has presentado la reanudación el día 15 de Junio, lo más probable es que te paguen ya el 10 de Agosto.
Salu2.
hola, me llamo pilar ytengo una duda, mi contrato a terminado en laempresaeldia 6 de julio, pues medoy de alta en la targeta de demanda, y cojo para echar el paro, me dicen queno puedo porqueestoy en vacaciones pagadas y no disfrutada antes dela fecha del cese del contrato, yhe cojido ota fecha hasta la semna que viene, per cuantos dia tengo para echarlo? creo que se me han psado, o tengo 15 dias habiles?
gracias
Tienes 15 días desde que acabe tus vacaciones.
Si la cita te lo han dado ellos, no te preocupes, que estás dentro del plazo.
Salu2.
hola soy piar de nuevo, si estoy de vacaciones porque termina micontrato eldia 6 de julio y no el dia 18.
gracias
El contrato termina cuando finalices de disfrutar las vacaciones.
que alguien me conteste si sabe que debo hacer, tengo 60 años llevo 14 en españa tengo la nacionalidad española soy una mujer sola divorciada, mientras pude limpiar atender ancianos y niños tuve trabajo ya eso no existe no tengo derecho a paro pues nunca mè ha cogido ninguna empresa vivo de alquiler compartido y de hacerle las compras y algunos favores a mis buenos vecinos que saben mi situacion quiero saber que opciones tengo- si me voy directamente a mendigar en las calles o hay alguna ley que me ampare gracias
Puedes pedir la RAI:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
hola,el año pasado estaba de baja de maternidad y no me acuerdo si fue por eso o por mi gran despiste no eche el paro agricola,tendre algun problema en echarlo ahora…o teniendo dias para solicitarlo no hay problema??espero me ayudeis me urge,gracias.
Uff, te recomiendo que vayas a SEPE y pidas información de primera mano.
hola, tengo un problema se me paso la fecha de los 15 dias para la proroga de la prestacion haora no se, k aser pork nesecito el dinero para mi mantension si algien save lo k tengo k haser para k me buelvan adar los 400 euro grasias.
Acude a SEPE cuanto antes para ver si se puede solucionar.
Hola,
Soy ucraniana, he presentado los documentos en el sepe y me han dicho que en Ucrania tengo que solicitar el formulario E302 en el que se justifique que mi marido está jubilado y que no está trabajando.
Pero tengo entendido que este documento es para la unión europea y Ucrania no pertenece. ¿Cómo consigo ese documento si allí no existe?
Gracias.
Un saludo.
Tanya.
Acude a tu embajada, y pregunta qué documento emite allí para justificar los mismo y entregalo en el SEPE.
Salu2.
stoy ine programa de recualificacion profesional q
counto tarda pra cobrar
Suelen tardar entre 1 y 2 meses.
Salu2.
Hola.
¿ Cuanto tiempo tardas en cobrar la Renta de Inserción Activa, si la presentas el 7 de Agosto?
Gracias.
Entre 1 y 2 meses.
Es muy pronto aún, tendrás que seguir esperándo y si tienes suerte quizás cobres el 10 de septiembre, aunque lo dudo dado el mes en que estamos.
Salu2.
Gracias por tu pronta respuesta.
Te aclaro un detalle, que quizá hay que tener en cuenta, y es el siguiente:
El dia 11 de Julio, tramité y se me denegó el subsidio de 52 años. Se me dijo que se me respetaria esa fecha ( 11 de Julio) para acceder al RAI.
Teniendo en cuanta ese detallle de la fecha, y habiendolo presentado como comenté el 7 de Agosto….sigue siendo esa la respuesta? Muchisimas gracias por todo.
Da igual, no cambia la respuesta.
Salu2.
Me despidieron el día 18/07 y pedí cita para el solicitar el paro en el plazo establecid,la cita en cuestión la tenia el 08/08 y no he ido porque la anote mal y pensaba que era más tarde.Ya no puedo pedir el paro?no hay ninguna posibilidad de soliitarlo?rogaria por favor alguien me asesore.muchas gracias.
Sí, lo puedes pedir, pero tendrás penalizaciones.
Salu2.