Para hacer la declaración se han de reunir los documentos que detallaremos a continuación. Dichos documentos no hay que incluirlos en la Declaración de Hacienda, pero se deben conservar durante 4 años y 6 meses por si Hacienda los solicita en algún momento durante ese plazo.
1. Certificado de retenciones sobre salarios.
Lo facilita la empresa, y en caso negativo comete una infracción fiscal. En su defecto pueden usarse las nóminas para hacer la declaración.
2. Certificado de prestaciones y retenciones (pensiones y desempleo).
Lo facilita la entidad gestora de la Seguridad Social o el Servicio público de Empleo Estatal.
3. Certificado de cuentas bancarias.
Lo envía el banco o la caja de ahorros. Incluyendo:
– El saldo a 31 de diciembre.
– El saldo medio del cuarto trimestre.
– Los intereses abonados en metálico o en especie.
– La retención o pago a cuenta del 18%.
4. Resguardo de ingreso en cuenta vivienda.
5. Recibo del Impuesto sobre bienes inmuebles.
Contiene la referencia catastral del piso o casa, el titular, el valor catastral de suelo y edificación y la cuota a pagar.
6. Justificante de compra de vivienda habitual.
Si el vendedor es un particular, es válido un recibo junto al contrato privado o escritura.
7. Certificado de préstamo para vivienda (habitual o alquiler).
Lo envía la entidad financiera. También hay que conservar la escritura o póliza de préstamo. Si es de un particular, precisa el contrato privado y sellado por la Oficina Liquidadora del Impuesto de Transmisión autonómica y resguardo bancarios (ingreso, pago, devoluciones anuales).
8. Recibos de alquiler cobrados: casas, locales, garajes.
Las facturas de locales llevan IVA y retención del 18%.
9. Certificado de retenciones sobre alquileres de locales.
Lo emite el inquilino empresario del local.
10. Comunicación de arrendatario joven.
Lo emite el inquilino de entre 18 y 35 años.
11. Escritura de venta o donación de inmuebles.
Vale una copia simple o fotocopia y el justificante de los gastos soportados: plusvalía y comisión de agente inmobiliario si los hubiere.
12. Certificado de valores cotizados: acciones, deuda pública o privada.
Conservar los resguardos de las órdenes de compra y venta de valores.
13. Certificado de valores no cotizados: acciones y participaciones sociales.
14. Certificado de fondos de inversión: FIM, FIAMM, SIM, SICAV.
15. Certificado de seguros de vida, jubilación y enfermedad.
Lo envía la compañía de seguros. Conservar los contratos de seguro y la documentación relativa a las prestaciones que ha cobrado de la aseguradora.
16. Certificado de invalidez y de acreditación de la necesidad de obras de adecuación en la vivienda de minusválidos.
Lo facilita el IMSERSO o el organismo autonómico competente.
17. Certificado del plan de pensiones.
18. Libros contables para empresario y profesionales.
Los que estén en estimación directa simplificada o desarrollen una actividad no mercantil (agricultores y ganaderos), tiene que llevar sólo los tres libros fiscales:
– Venta e ingreso.
– Compras y gastos.
– Bienes de inversión.
Los profesionales no tiene que llevar contabilidad ni diligenciar libro en el Registro mercantil y sus libros son cuatro:
– Registro de ingresos.
– Gastos.
– Bienes de inversión.
– Provisiones de fondos y suplidos.
19. Impresos de las declaraciones fiscales obligatoria (empresario y profesionales)
Se trata de los impuestos referentes al IVA, retenciones a trabajadores y profesionales, declaración anual de operaciones y pagos fraccionados, declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios.
20. Certificado de retención de profesionales.
Lo emiten los clientes que son, a su vez, empresario o profesionales.
21. Recibo de donaciones a entidades benéficas que den derecho a deducción.
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Hola,me divorcie hace un año que papeles voy a necesitar para hacer la declaracion este año??,me imagino que me pediran la sentencia de divorcio pero en el banco no se si tendre que pedir algun papel que justifique lo que ha ingresado por los niños aunque no ha sido lo estipulado que ha pasado lo que ha querido,tenemos el piso en comun,gracias
NO te van a pedir absolutamente nada; tienes que saber tú lo que tienes que declarar.
Te recomiendo que pidas ayuda a un asesor fiscal para que te haga la declaración de la renta, al menos pedir la cita previa.
Salu2
necesito saber si la contribucion de la casa y de la basura desgraba hacienda.
No. No desgrava.
TENGO DOS PREGUNTAS:
1º LOS RECIBOS DE PAGOS DEL COLEGIO DESGRAVAN?
2º MI MARIDO LLEVA EL AÑO 2011 EN PARO Y SIN PODER RECIBIR AYUDA, LO PUEDO AÑADIR COMO QUE ESTÁ A MI CARGO?
1. No.
2. Sí, incluso podéis hacer la declaración conjunta que os saldrá más a cuenta.
Salu2.
Me case el 28 de mayo de 2011 y mi mujer ha estado en el paro todo el año.Me gustaria saber si me conviene hacer la declaracion conjunta y que documentacion necesitaria. Gracias
Buenas
En el siguiente enlace puedes ver de forma ampliada en qué casos conviene hacer mejor Declaración conjunta o individual para ver que te interesa mejor en vuestro caso.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/05/11/renta-2010-tributacion-conjunta-o-individual/
Salu2
Hola!, cobro la ayuda de 426 del inem, hay que declararla en la renta?
Sí, se considera rentas de trabajo.
Buenos dias…
El año pasado trabaje desde abril hasta diciembre rn dos empresas diferentes. tengo un alquiler de.un piso aunque recibo la ayuda del.gobierno.
Que papeles tengo que presrntar para hacer la declaracion?
Mi sueldo es de unos 1100euros.me puede salir a devolver o a cobrar?
Saludos y espero tu pronta respuesta
No tienes que presentar ningún papel, tan sólo hacer la declaración.
Los papeles son necesario si te lo exigen un Inspector de Hacienda.
Salu2.
Buenas tardes,,,,si mira tengo cita el 30 de mayo pero no tengo aun el borrador lo he pedido por internet y aun no me ha llegado es que yo no me aclaro bien con esto esla primera vez que la voy hacer ,,,,o el dia de la cita ya lo tienen ellos al borrador por que yo solo tengo el certificado que me ha dado la empresa o que requisitos tengo que llevar mas ,,,ayuda x favor,,
No te preocupes, ellos tienen el borrador…
Lo que tienes que aportar es toda la información sobre tus ingresos del 2011 y de los bienes que tengas: intereses, pisos, alquileres, etc.
Salu2.
ola me gustaria saber para la declaracion de la renta me an pedido una papel de la empresa que estube que ya lo tengo y un certificado de los meses en lo que e cobrado el paro que ya no lo cobro donde puedo conseguir ese papel¡es en la inem y tendria que pedir cita gracias
Te lo tienen que remitir por correo.
Es una información que también lo sabe la agencia tributaria, así qeu si pides el borrador o los certificado de retenciones, allí figurará.
Salu2
tengo cita para hacer la declaracion y quiero saber que papeles tengo que llevar.cobro la ayuda del alquiler amedias con mi paraja
Leete el artículo de arriba.
Salu2.
Hola!
Hace falta aportar el contrato de arras? o con la escritura ya es suficiente? si he perdido el contrato de arras pasa algo?
Gracias
Realmente no tienes que presentar nada, tanto sólo tienes que tener claro qué ingresos has tenido en 2011.
Salu2