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6 de abril de 2009

La deducción de los 400€

A continuación contestaremos las preguntas frecuentes relativos a la deducción de los 400€ y su influencia sobre la declaración de la renta del ejercicio del año 2008.

¿Quién tiene derecho a cobrar la deducción de los 400€?

Los contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo, asalariados y pensionistas o de actividades económicas, autónomos y que el resultado de la cuota de la declaración sea positiva.

¿Cómo ha influido sobre las retenciones del IRPF?

En la nómina de Junio se redujo como máximo 200€ en las retenciones del IRPF, y los otros 200€ se repartieron en los 6 restantes meses.

Para los autónomos que realizaron pagos fraccionados trimestralmente se beneficiaron a partir de julio con una reducción de 200€ y de 100€ en cada uno de los subsiguientes trimestres. Para los autónomos que estén exentos de presentar el modelo 130 o 131, tiene que aplicar la deducción en la declaración del IRPF.

¿Cómo se declara esta deducción en la Renta 2008?

La deducción de los 400€ hay que introducirlo en la casilla 735 de la declaración de hacienda.

¿Y si pago menos de 400€ de impuestos?

Para poder deducir una cierta cantidad es porque previamente hemos generado unos ingresos y dichos ingresos conlleva el pago de unos impuestos. Es decir, hemos de tener unos rendimientos de trabajo o de actividades económicas. Para poder disfrutar de la totalidad de la deducción de los 400€, se ha de tributar en el IRPF al menos 400€, es decir que la cuota líquida de la declaración ha de ser al menos 400€. Si fuese menor, la deducción se limitará a dicha cuota y el contribuyente estará exento de pagar nada en el IRPF.

¿Qué pasa si un contribuyente no ha trabajado durante todo el año?

Si una persona no ha trabajado durante todo el año, no se ha podido beneficiarse de la reducción de las retenciones de IRPF de los 400€ durante todo el año, y por lo tanto habrá recibido una cantidad menor a los 400€ que le corresponde en el caso de que su cuota líquida sea superior a dicha cantidad. En tal caso, deberá de presentar la declaración de hacienda para poder beneficiarse por complete de esta deducción.

En el caso de que una persona esté exenta de declarar, no siempre le conviene presentar la declaración para poder beneficiarse de este concepto, debe de solicitar el borrador de la declaración o realizar su declaración a través del programa padre y sólo presentarlo en el caso de que le salga a devolver.

¿Cómo se aplica la deducción de los 400€ en una tributación conjunta?

La deducción de los 400€ se aplica por declaración no por número de contribuyente. En el caso de una tributación conjunta, sólo se podrá disfrutar de 400€ de deducción en total.

Por lo tanto, habrá que realizar al menos la simulación de las declaraciones de forma conjunta e individual para ver en qué caso es más favorable al contribuyente y presentar dicha declaración.


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40 comments to La deducción de los 400€

  • Jogafer

    En mi borrador aparece la deducción de los 400 € en la casilla 735 pero durante el año 2008 ya me los dedujeron del IRPF. (200 € en junio y el resto en los 6 meses siguientes). ¿Es mi borrador uno de los erróneos?
    Por otra parte he hecho mi declaración con el programa Padre, más que nada para comprobar si me salía igual que el borrador y en la casilla 735 me sale, automáticamente, la deducción de los 400€. ¿Esto es correcto?

    • Aunque te hayan adelantado el pago de los 400€ de la deducción, eso no significa que no tengas que ponerlo en la declaración de hacienda. Es igual que las retenciones del IRPF que tu empresa te ha practicado a lo largo del año.

      La declaración de hacienda se hace para ajustar los tributos que en realidad tenías que pagar durante el 2008, teniendo en cuenta más datos que tu empresa desconoce al hacerte las retenciones.

      En cuanto a si eres uno de los borradores erróneos, debes de comprobar que en la casilla 735 debe de poner el valor mínimo de los siguientes 2 valores:
      – 400€ ó
      – El resultado de aplicar el tipo medio de gravamen a la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

      Esto afecta especialmente a las personas que tuvieron ingresos inferiores a 15.000€ brutos durante el 2008.

  • Jogafer

    Gracias por contestar. Saludos

  • mario

    este año no dan esos 400 euro no?

  • dolors

    Me despidieron en septiembre 2008 y no cobre el finiquito ni los meses de octubre noviembre ni diciembre,pero la empresa lo a declarado como pagado y en el borrador me sale como si lo hubiera cobrado, tengo que declararlo?

    • Siento leer estas cosas, pero tienes un grave problema. Debes de ponerlo en mano de un abogado laborista o demandar a la empresa ante el Tribunal de lo Social e igualmente te recomiendo que pidas cita previa en Hacienda y comentarle tu situación.

      Suerte!!!

  • Pilar

    Solo me han descontado en junio 149 @ de la nómina, en mi empresa me dijeron que se regulariza en la declaración pero no se como hecerlo. Me podeis indicar como?

    • Sí, si tu empresa no te ha devuelto la totalidad de las deducciones, se regularizan en la declaración de hacienda. Sólo debes de rellenar la casilla 735 correspondiente a la deducción de los 400€, la cuantía de 400€ siempre que no exceda del siguiente límite:

      No podrá exceder del resultante de aplicar el tipo medio de gravamen (resultantes de aplicar las escalas estatal y autonómica) a la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas minorados respectivamente en las reducciones que por la obtención de rendimientos de trabajo y por la obtención de rendimientos de actividades económicas establece la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas en sus artículos 20 y 32.

  • Pilar

    si pero en el borrador de la declaración ya viene relleno por 400 €, quieres decir que esa casilla puede ser mayor?

    gracias

    • Mayor nunca, puede que el valor de esa casilla sea menor al no tener suficientes retenciones. Las deducciones o desgravaciones son rebajas de la carga tributaria, y como rebaja, nunca puede ser mayor que lo que tienes que pagar.

      Salu2

  • begoña

    Buenos días,

    Y si a una persona no le han dado los 400€ porque estaba en el paro, en la casilla 735 tiene que ir obligatoriamente los 400€???

    Y si ha cobrado 300€ de los 400, también ha de poner 400€ en la casilla 735?

    Gracias

    • La deducción de los 400€ hay que ser rellanado en la casilla 735 con 400€ independientemente de la cuantía que te hayan adelantado en las nóminas. Si una persona no ha trabajado todo el año, la única forma de recibirlo completamente es haciendo la declaración de hacienda.

      Salu2.

  • PILAR

    Entonces donde hago constar los 251 € que no me han deducido en las nóminas durante el 2008, porque solo me has deducido 149 €.
    Gracias

    • Eso ya consta en las retenciones del IRPF (Lo que ya has pagado de impuestos). Si te hubieran devuelto los 400€ completos de forma adelantada mensualmente, la cifra de las retenciones sería menor y ahora te devolvería menos.

      La cuestión es que cada contribuyente tiene como máximo una deducción de 400€ que la mayoría lo han recibido mensualmente y los que no, se los devuelven con la declaración de hacienda.

      Salu2.

  • Pilar

    muchas gracias ahora lo entiendo.
    un saludo,

  • Roser

    Buenas tardes
    necesito que alguien me ayude con una duda.
    En mi empresa me retienen un 2% de IRPF (por ser temporal), por lo que los famosos 400€ de Zp no los ví. Unicamente en Junio no me retubieron el 2%, por lo que cobre unos 27€ de más, y los otros meses de Julio a Diciembre seguí con la retención del 2%. En resumen, hasta el dia de hoy, solo me visto beneficida en 27€. En el programa padre en la casilla 735 me salen los 400€ a deducir integros…pero viendo los borradores de mis compañeros de trabajo(ellos son fijos) en la casilla 735 tambien les salen los 400€, y sin embargo, ellos ya obtubieron 200€ de más en Junio más las partes proporcionales los meses siguientes. Si eso lo sumas, veo que ellos han salido ganando en 400€+200+200€ prorrateados= 800€, y en cambio, yo solo salgo ganando = 27€ + 400=427€….no es injusto, o no lo estoy entendiendo bien?

    • No no no. No hay injusticia por ningún lado.

      Las deducciones de 400€ son 400€ para todos (salvo los que tienen una carga impositiva inferior a 400€), que puede ser adelantado en las nóminas mensualmente reteniendote menos IRPF o te lo pagan completamente o parcialmente (con lo que falte) en la declaración de hacienda.

      Ten en cuenta que para calcular el resultado de las declaraciones es básicamente: Impuestos a pagar (en función de lo que ganas) – Retenciones del IRPF.

      Los que recibieron los 400€ en las nóminas, sus retenciones fueron minorados en esa cuantía, en cambio, en tu caso no, por lo tanto el resultado de tu declaración te devolverá esos 400€ o lo que te falte hasta completarlo.

      Salu2.

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