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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • Pedro

    Hola buenas
    Vendí mi vehiculo en diciembre, contrato de compraventa con fecha de diciembre. El comprador no cambio de titular el vehiculo hasta enero de 2015. En el contrato se aclara q el comprador se hace cargo del vehiculo a partir de la fecha del contrato compraventa. Me ha llegado a mi el impuesto por figurar en trafico el día 1 de enero. ¿Quien debe pagarlo? Me ha lledo a mi porque el no cambio el nombre antes del primero de año, pero segun el contrato ya era suyo.
    Gracias

    Un saludo

    • Buenas

      El comprador sabía que si se esperaba te tocaría pagarlo a ti.

      Legalmente te toca a ti abonarlo completo, va a tu nombre y sólo te lo reclamarían a ti en caso de impago.

      Habla con el comprador para ver si llegais a un acuerdo amistoso y te lo reembolsa o te devuelve al menos una parte…

      Salu2 y ánimo

    • Pedro

      En trafico me han dicho q la transferencia se hizo el 18 de febrero, yo no pude ir pasados los 15 días porque estaba de viaje en el extranjero. Lo del voto de confianza esta muy bien, pero el tipo este es un caradura q viene rascando desde el principio, y le di varios votos de confianza. Ahora me toca pagar a mi su impuesto de circulación, pero eso si, el resguardo, aunque no sirva de nada, es mio y me lo quedo yo

  • Santi

    Estoy totalmente de acuerdo con la respuesta salvo por el comentario «El comprador sabía que si se esperaba te tocaría pagarlo a ti.»…
    Te recuerdo que para hacer un cambio de nombre en tráfico has de pedir cita previa y pueden tardar hasta 15 días en darte día y hora para hacer el cambio de nombre, o sea que si la venta fue en Diciembre, perfectamente en tráfico podrían haberle dado hora para el mes de enero sin necesidad de que exista mala fe por parte del comprador.

    Un saludo,

  • José

    Hola,compré un coche seminuevo a finales de junio del año pasado y por chanchullos del concesionario supongo,lo pusieron a mi nombre el día 2 de enero como consta en el permiso de circulación.Cuando me dieron los papeles me dijeron que no tenía que pagar el impuesto de tracción este año por estar puesto a mi nombre el día 2.Pero hoy me acaba de llegar la carta para pagar el impuesto.No sé si será por tener tarjeta de residente para aparcar en zona verde desde el año pasado que se supone que se la dan al titular del vehículo y tienen mis datos.¿Que puedo hacer si ya me llegó la carta para pagar el impuesto y se supone que le toca pagar al concesionario?

  • José

    Hola,gracias por la respuesta.
    En la respuesta que da a la persona anterior se refiere a mi?lo copio a continuación:

    Santi
    24 marzo 2015 at 9:11 · Responder

    Estoy totalmente de acuerdo con la respuesta salvo por el comentario “El comprador sabía que si se esperaba te tocaría pagarlo a ti.”…
    Te recuerdo que para hacer un cambio de nombre en tráfico has de pedir cita previa y pueden tardar hasta 15 días en darte día y hora para hacer el cambio de nombre, o sea que si la venta fue en Diciembre, perfectamente en tráfico podrían haberle dado hora para el mes de enero sin necesidad de que exista mala fe por parte del comprador.

    Un saludo,
    Preguntas Frecuentes
    26 marzo 2015 at 0:33

    Podría ser… pero hemos visto tantos casos del otro tipo… (ver el comentario siguiente sin ir más lejos..)

    Es cierto que habría que darle un voto de confianza.. tienes razón 😉

  • José

    Yo no me esperé 6 meses para que pusieran el coche a mi nombre y me dieran los papeles para ahorrarme el impuesto de tracción.Era la primera vez que compraba un coche y supongo que me pillaron de pardillo.Tuve discusiones con la persona del concesionario por la tardanza en darme los papeles ya que me daban largas.Supongo que el concesionario tiene algún beneficio y por eso lo alargaron y me engañaron diciéndome que no era tan fácil cuando un vehículo está a nombre de un concesionario hacer el cambio.Estuve circulando con un papel que me dieron de justificante de transferencia que según consulté a un policia más tarde no valía para nada.Al final me dieron un justificante profesional telemático que es válido por 30 días que es el que vale de verdad,por lo que entiendo que en 1 mes te tienen que dar el definitivo permiso de circulación.Me sentí engañado por el concesionario y por eso me molesta ese comentario que han hecho ustedes…
    Saludos

    • No es nuestra intención ni mucho menos molestarte, y si te has sentido así te pedimos disculpas.

      En tu caso la transferencia del vehículo aunque tú fueras el comprador no estaba en tu mano, ya que quién vendía y hacía los trámites era el concesionario vendedor… Así que no estaba en tu mano..

      Aunque no nos hemos explicado muy bien, nos referíamos a otros casos, cuando es compraventa entre particulares y el que compra se espera a transferir pasado el 1 de enero, y así el impuesto le llegue un año más a quien ha vendido.

      Pero no se trata de tu caso, así que disculpa el malentendido y editamos el comentario, y esperamos que en Tráfico te lo puedan aclarar cuanto antes.

      Salu2!

  • candela

    Buenas, ve ni mi coche el día 27 de enero y me acaba de llegar el rodaje. Llame al actual titular y no llegamos a ningún acuerdo y yo le dije que no iba a pagarlo. Puedo esperar hasta la fecha limite haber si llegamos a algún acuerdo, o a el actual titular le podrían multar por no tener el rodaje pagado? Y jugar con eso para pagar la mitad?

    • Buenas

      A él no le van a multar por eso. Y si no lo pagas sólo te lo reclamarán a ti, puesto que es un impuesto que va a tu nombre aunque el coche esté ya vendido, y que legalmente te correspondería pagarlo a ti.

      Salu2

  • antonio miranda saez

    Hola, compré un coche y he entregado el que tenía para el plan pive. Aún no he pagado el IVTM y quisiera saber si tengo que pagarlo entero y solicitar la devolución o pagar solo el 25% correspondiente al trimestre que ha estado de alta y si es así como hacerlo. Gracias.

    • Hola.

      Tienes que pagarlo entero y luego solicitar en tu ayuntamiento la devolución de los trimestres «no consumidos» presentando la baja definitiva o certificado de destrucción que el desguace entrega.

      Salu2

  • Antonio Garcia

    Soy pensionista de la Seguridad Social que tengo reconocida una pensión de incapacidad absoluta, desde hace 2 años y medio. Leyendo este foro, Mi pregunta es si estoy exento del impuesto municipal de circulación, y al tener 5 coches a mi nombre (soy una familia grande), de cuantos coches estaría exento. No he tramitado minusvalía alguna aún. Mi pensión es por cáncerç
    Gracias

  • CONCHITA PRADO RUIZ

    Mi caso es que murió un tio y deseo cargar con su coche el hizo la transferencia el 7 de enero de 2015.

    La pregunta que deseo formular es si yo ahora tengo que volver a pagarla

  • Antonio Garcia

    Gracias por la respuesta

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