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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • pablo

    Ola buenas noches quería hacer una pregunta por q no se que hacer os cuento mi caso:
    Hace 3 meses vendi mi coche a un particular yo firme con el un papel en el cual me entrega una suma de dinero acambio del coche y le firme los papeles que necesita en trafico, pero el coche tiene dos viñetas sin pagar, a las dos semanas la persona a la que le vendi el coche dice que tengo q pagar las viñetas por q no le dejan hacer la transferecia hasta q estén pagadas, es eso verdad??? yo aun no las he pagado por q no tengo dinero en este momento ya que vendi el coche por q me quede sin trabajo y lo vendi en 1000 euros y fue para pagar dos meses de alquiler q debía, puedo dar el coche de baja??? que solución me acosenjan?? gracias

    • Hola

      ES cierto que si figura alguna viñeta impagada en Tráfico no se puede transferir mientras no se presente el recibo de haber sido pagadas en Tráfico.

      Legalmente te corresponderían abonarlas a ti, aunque bien es cierto que si decides no hacerlo, no le quedará más remedio que abonarlas al comprador ya que no hay mucha forma de reclamártelo..

      Intentar llegar a un acuerdo amistoso para solucionarlo. Por el bien de ambos, lo mejor es que el coche se transfiera.

      Salu2

  • yolanda d

    Buenas tardes, he vendido un coche el 12 de marzo del 2015, el sello del coche ha venido 01/04/2015, y el sello tiene valor desde esa fecha hasta 01/05/2016. Puesto que en el pueblo donde nosotros vivimos, no es igual que en la capital que vienen los sellos con fecha de 1/01/2015.
    Acorde con el comprador que el sello lo pagaria el puesto que el sera el que disfrute del coche en año. El fallo nuestro no ponerlo en el contrato de compra venta.En dicho contrato no pone quien de los dos se hara cargo de dicho pago.
    Ahora el comprador dice que nos pertenece pagarlo a nosotros. ¿Me gustaria saber si esto es como el dice?.
    Un saludo

    • Buenos días

      El fallo como bien dices fue no incluir esa clausula en el contrato.

      Legalmente os corresponde abonarlo a vosotros, ya que va a vuestro nombre y salvo que quieran reembolsaroslo amistosamente., no hay nada que podais hacer para reclamárselo.

      Salu2

  • David

    Buenas tardes.
    El 16 de Diciembre vendi el vehiculo a un compraventa y ésto me confirmaron que ya se encargaban de todo y yo ya no tenia nada que ver con el.
    De hecho, afirman incluso en su pagina web que «Realizamos el cambio de titularidad de tu coche de forma rápida, segura y gratuita».
    Pues bien, el dia 14 de Enero de 2015 realizan el cambio de Titularidad en Trafico del vehículo y ahora en Abril, me llega el recibo del IVTM.
    Por favor, ¿a quien he de reclamar para no tener que pagarlo al ser vendido en 2014?
    Gracias, un saludo.

    • Buenos días

      Pues no hay remedio. Legalmente te corresponde pagarlo a ti ya que a fecha 1 de enero seguías siendo el titular del vehículo.

      Habla con el concesionario para que te reembolse esa cantidad… Tendrían que haberlo transferido antes, o sino tú haber realizado Notificación de Venta en Tráfico antes de que acabara el año..

      Salu2 y ánimo

  • Óscar

    Buenas noches.
    Expongo mi caso; a finales d enero del 2013 compré un vehículo a un particular, y por lo que he ido leyendo, el impuesto de circulación tiene que pagarlo esta persona. A día de hoy me reclama que pague yo dicho impuesto. El coche ha sido dado de baja hace unos meses ya que lo entregué por lo del plan pive. Aclaro que el impuesto del año pasado, del 2014 sí que lo pagué yo, evidentemente. Quisiera saber donde puedo encontrar algo que aclare que la otra persona es quien debe de pagar el impuesto y no yo, unas bases legales, ya que lo expuesto en un foro dudo que me sirva.
    Un saludo y muchas gracias!!!

    • Buenas tardes

      Ese impuesto va a su nombre y por tanto le toca abonarlo a él. No tiene forma legal de reclamártelo. Sino ya lo habría hecho…

      Así que no hables más con él si no quieres, ya que mientras no se lo abones, seguramente no te dejará tranquilo.

      Te intentaremos buscar la normativa concreta donde viene especificado para que se la muestres. Debes buscarlo en TRLRHL (texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales)

      Salu2

  • andres

    Hola buenas.compre un coche hace un mes, hice las transferencias en una gestoria. El anterior dueño me dijo que el recibo del impuesto de circulación lo tenia en casa y que ya me lo daria. El caso esque fui a pagar el de la moto y pregunte por el del coche. Me dijeron que estaba sin pagar y que lo tenia que pagar el que me lo vendió, que era raro que la gestoria no se diera cuenta de eso. Llame al anterior dueño y le dije que estaba sin pagar y lo tendría que hacer el. Pero me dice que espere porque no tiene pasta, dandome la sensacion que no tenia intención de pagarlo. Sino lo paga que ocurriria? Me podrían multar por no estar pagado? La multa la podría recurrir? Agradeceria una respuesta. Un saludo

    • Hola

      Si figura algún impuesto de circulación como impagado en Tráfico, no te permitirán transferir mientras no se abone.

      El coche ya está a tu nombre? Si es así ya te da igual si el de este año lo paga o no, ya que va a su nombre y se lo reclamarán a él.

      Sólo tendrías problemas en el caso de que decidas vender el coche. En ese caso si figura como impagado te tocará a bonarlo a ti si el se negara.

      Salu2

      – A ti no te pueden multar por no llevarlo en el coche, no te preocupes.

      Salu2

  • Antonio

    El 17 de diciembre del 2014 firmo la compra de un vehículo nuevo en un concesionario. En la firma de la compra, se firma en el contrato la entrega de mi vehículo en ese momento, cuyo valor servirá como descuento del precio final.
    El coche nuevo se entrega el 8 de enero del 2015. Lógicamente el coche «viejo» lo uso poquísimo durante ese periodo para no producirle ningún daño y se pierda su valor pactado para el descuento del «nuevo».
    Mi sorpresa es que me ha llegado el recibo del pago del IVTM. Por lo que leo, el titular a 1 de enero es el que tiene que pagar dicho recibo.
    ¿Hay algún «motivo» por el que pueda «agarrarme» para solicitar al concesionario que me abonen dicho pago? Ya que el contrato de compra-venta se realiza el 17 de diciembre y ellos me ofrecen la posibilidad de seguir usando el viejo mientras no llegue el nuevo.
    He preguntado y me indican que ellos han pagado el IVTM del nuevo para el 2015 (valor que supongo va incluido en el precio del coche) y que por tanto yo tengo que pagar el del viejo (entero, por 7 días).

    ¿Se puede hacer algo?
    Gracias

    • No hay remedio. Ese impuesto va a tu nombre y legalmente te corresponde abonarlo a ti.

      Sólo puedes solicitarles el reembolso de forma amistosa, pero si no acceden, no hay nada que puedas hacer para reclamárselo…

      Salu2

  • isa

    Hola buenas noches haces un mes y medio que compre un coche y la antigua dueña del beiculo me a mandado los sello y los sellos viene al nombre de esa persona quin tiene que pagar el sello esa persona o yo el sello es de este año 2015 yo tendri que pagar el de 2016 que ya me bendria a mi y a mi domicilio y con mi nombre a ver si me podeis dar una respuesta gracias

  • Zaquia

    Hola ..mira qeria saber una cosa yo he comprado un coche en abril de 2015 pero me lo a vendido con los impuestos de circulacion caducado eso es lo qe me a dixo la venderdorayo no se si es cierto o no….y qiero saber qien los tiene qe pagar si la venddedora o yo la compradora. ..gracias un saludo

    • Hola

      ¿Ya está el coche puesto a tu nombre? Si figurara algún impuesto como impagado en Tráfico no podrás transferir mientras no se abone.

      Los tendría que abonar el vendedor puesto que van a su nombre.

      Salu2

  • Zaquia

    Sii el coche ya esta a mi nombre hicimos la transferencia en la Dgt…pero qien le vorresponde pagar los impuestos ella o yo

    • Entonces los tiene que pagar ella. Y si no los paga su ayuntamiento se lo reclamará a ella, así que no te preocupes.

      Por eso van a su nombre.

      Otro tema es que tú voluntariamente decidas reembolsarle ese dinero. Pero si no quisieras no tiene forma de reclamártelo.

      Salu2

  • Luis Villalba

    Buenas tardes!!

    He comprado un coche de segunda mano en febrero de 2015.
    Mi pregunta seria si el pago del impuesto de circulación corresponde a mi… o al antiguo dueño.
    Porque el pago de 2015.. corresponde al ejercicio de este año o del 2014. Saludos

    • Buenas tardes

      Le corresponde al vendedor por los motivos que puedes ver explicados en el artículo superior.

      Salu2

    • Luis Villalba

      Pero aparte de que lo haya comprado en febrero y figure su nombre porque estaba registrado a 1 de enero… ese impuesto es del ejercicio de este año.. o el anterior

      Es un conocido no quiero ni engañarlo ni que me engañe… solo hacerlo legal… gracias

    • ese impuesto corresponde al ejercicio de este año 2015, pero la ley esta así hecha.

      salu2

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