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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • diego

    Hola buenas.me he comprado un coche nuevo este año .tengo ke pagar la viñeta. ?

  • chamlal

    me he comprado el coche 25 de noviembre 2015,¿¿ A quien le toca

    pagar impuestoS de circulacion de febrero de 2016????

  • Mari

    Buenas tardes,
    Me he comprado un coche nuevoen octubre,el sello, cuando se paga y donde se paga. Gracias

    • Buenos días

      El sello lo paga el concesionario cuando realiza los trámites de matriculación del vehículo y ya está pagado por este año (lo pagaste cuando le pagaste el coche al concesionario, va incluido en lo que llaman «gastos de matriculación»).

      El año que viene tu ayuntamiento te emitirá el recibo del 2016 a tu dirección cuando corresponda.

      Salu2

  • Sergio

    Buenas tardes, me he comprado un vehículo nuevo, pero aún no me lo han entregado puesto que lo tienen que traer de fábrica, el del concesionario me dijo que me regalaba el sello, pero claro queda poco para acabar el año… me toca a mí pagar el de 2016? el coche me lo entregan antes del 22

    Saludos.

    • Buenos días.

      No es que te lo regalen, el Impuesto de este año lo vas a pagar sin darte cuenta cuando les pagues el vehículo ya que ese gasto está incluido en lo que llaman «gastos de matriculación del coche».

      El año que viene tu ayuntamiento te emitirá el recibo del 2016 a tu dirección cuando corresponda.

      Salu2

  • MARISA

    Buenas.
    Hace 11 años compre un coche ,actualmente estoy excenta de pagar IVTM.
    soy titular no conductora,33% de discapacidad, movilidad reducida puntuación 8.
    Mi pregunta es, estamos pendientes de comprar un coche del mismo modelo, tengo que dar de baja este vehiculo al ajuntamiento, la ivtm antes de adquirir el coche nuevo ????que pasos tengo que segui ?? porque además es compatible con la pive .

    Todo lo tramita el concesionario entiendo .

    • Buenas

      Esa exención sólo se puede aplicar para un vehículo.

      Si lo entregas para el Pive y se da por tanto de baja definitiva, Tráfico notifica ese hecho al ayuntamiento.

      De todas formas, lo mejor es que llames tú directamente al Ayuntamiento para confirmar si es necesario presentar algún documento, o podrás solicitar directamente la exención para el nuevo coche sin más.. Allí te lo confirmarán.

      al ser un impuesto municipal la normativa y procedimientos puede variar de un municipio a otro..

      Salu2

  • Carmen

    Hola:
    Vendí mi coche en diciembre 2014 a un particular e hizo la transferencia del dinero también en diciembre d 2014. Pero él hizo los trámites de titularidad en la gestoria en enero 2015.
    A quien le corresponde pagar el impuesto 215?
    Gracias

    • Hola.

      Como a fecha 1 de Enero de 2015 ese vehículo seguía estando a tu nombre en Tráfico, legalmente te van a reclamar su pago a ti y ese impuesto va a tu nombre..

      No hay nada que puedas hacer más que abonarlo, y hablar con el comprador para que te lo reembolse… Pero si se negara no te queda más opción que aceptarlo..

      Salu2

  • Paco

    Hola compro el coche el 30/12/2015 por lo tanto el contrato de compraventa tiene esa fecha y la transferencia la hago en la DGT el 8/1/2016 quien paga el impuesto de circulacion

  • pedro

    vendo el coche el 8 de enero tengo que pagar el impuesto de circulacion entero o solo una fraccion gracias

    • Te tocará pagarlo entero. Sólo se paga por fracciones en el caso de darlo de baja definitiva en desguace no por venta…

      Tenía que haberse transferido en 2015 antes de que acabara el año para que este 2016 no te tocara pagarlo a ti..

      Salu2

  • Alberto

    Buenas, compré un vehículo el pasado 28 de diciembre, el cual ya ha sido pagado el impuesto de circulación. En mi caso debería de pagarlo en mayo el próximo impuesto. Por tanto, mi pregunta es, si hubiesen matriculado mi vehículo en el año 2016, me correspondería pagar el impuesto en mayo también? O al haberse matriculado en 2016 me «ahorraría» ese impuesto?.

    Muchas gracias.

    • Buenas

      No, te tocaría pagarlo igual en Mayo.

      Lo que se hubiese ahorrado es pagar el último cuatrimestre del año 2015 o no, al haberse matriculado antes de final de año.

      El de Mayo lo pagarás sí o sí.

      Salu2! y Feliz compra y Feliz año 😉

  • Faustino

    Buenas,vendi un coche en diciembre de 2015 a un concesionario,el concesionario entrego la documentacion en diciembre del 2015 a trafico y le dieron un permiso de circulacion provisional pero en el permiso de circulacion definitivo pone enero del 2016,a quien le toca pagar el itvm.En el ayuntamiento di de baja este impuesto en diciembre porque este ayuntamiento consulto la pagina de trafico y vio que el titular era ya el concesionario.Gracias.

    • Buenas

      Tienes que mirar en el Permiso de circulación definitivo, o sino solicitando el historial en Tráfico, la fecha exacta en que se ha transferido.

      Si se ha transferido con fecha posterior al 1 de Enero, el IVTM de este año te volverá a llegar a ti…

      Salu2 y ya nos contarás a ver qué pone.

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