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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • Mourad

    Hola una duda que tengo… si yo compro un coche ahora de segundamano antes de que llegue la fecha para pagar los impuestos que ya no le queda nada , tengo que pagar yo los impuestos del 2016 ? Sin haber usado el coche durante todo el 2016

    • Hola

      El Impuesto del 2016 a ti no te toca pagarlo hagas lo que hagas, compres ahora o no. El impuesto de este año 2016 le llega al vendedor sí o sí (de hecho hace tiempo que debería haberle llegado el recibo para su pago).

      El que tienes que tener en cuenta es el Impuesto de circulación del 2017 de forma que:

      – Si el coche que te vas a comprar se transfiere a tu nombre antes de que acabe el 2016, el Impuesto de circulación del año 2017 te tocará pagarlo a ti.

      – Si el coche que vas a comprar se pone a tu nombre en el año 2017 (y no en este final de año), el Impuesto de circulación del 2017 le llegará a tu vendedor por seguir figurando él como titular del vehículo a fecha 1 de Enero de 2017.

      Salu2 y esperamos haberte aclarado, sino por aquí seguimos 😉

  • Sonia

    Hola,
    Mi duda es la siguiente:
    Compré un coche nuevo en el concesionario y entregué allí mismo mi antiguo coche. Me ha llegó el impuesto de circulación de mi antiguo coche, ¿lo tengo que pagar yo entero?, ¿si entregué el coche en julio de este 2016?o ¿el concesionario tiene que pagar la parte proporcional al resto del año?, por otro lado, no me ha llegado ningún impuesto de circulación de mi coche nuevo, lo tengo desde julio de este año, ¿tengo que pagar algo por mi coche nuevo?

    • Hola

      Respecto a tu coche antiguo, corresponde pagarlo entero al titular a fecha 1 de Enero de 2016, aunque el recibo no te lo pase tu ayuntamiento hasta ahora, y aunque el coche se haya vendido.

      Se paga por año completo, y no hay remedio. Puedes ver más info en el artículo superior.

      – Respecto a tu coche nuevo, el concesionario pago ese impuesto en el momento de matricular el coche (va incluido en lo que llaman Gastos de matriculación), y por eso no te ha llegado el recibo.

      El año que viene tu ayuntamiento sí te lo mandará.

      Salu2 y esperamos haberte aclarado.

  • MIGUEL

    hola muy buenas, mi pregunta es que soy vendedor de un vehículo propio el dia 23 de diciembre de 2016, pero resulta que el comprador ha sacado cita en trafico para ponerlo a su nombre y la cita mas cercana es para el 09 de enero de 2017.
    mi pregunta es que si el impuesto le corresponde a la persona que figura a fecha de 1 de enero pero yo he vendido el coche antes y el problema es con la fecha de cita en trafico, debo pagar yo el recibo de un vehiculo que no es mio y del nuevo que compre?

  • Enrique

    Buenas tardes compre un scooter de 50cc los papeles siguen a nombre del titular la cual voy a transferir ami nombre.pero el propietario actual debe varios recibos de impuesto de circulacion puedo yo como nuevo propietario el ultimo recibo atrasado para poder teansferir dicho scooter ami nombre y los atrasados qyeden pendientes al actual propietario muchas gracias antemano.

  • Antonio Perea

    Me han concedido discapacidad del 36% y 7 puntos de movilidad reducida con carácter retroactivo con fecha 30 de noviembre de 2015.¿Tengo derecho a devolución del año 2016 y la parte proporcional de 2015 del impuesto de circulación?
    Muchas gracias de antemano. Un saludo.

    • Buenos días

      No. No se aplica con carácter retroactivo, así que no te lo reembolsaran.

      Pero acude al Ayuntamiento a solicitar la exención del Impuesto. Este año 2017 todavía te tocará pagarlo, pero a partir del 2018 ya no tendrás que hacerlo (lo empiezan a aplicar a partir del año siguiente en que se solicita)

      Salu2!

  • AGUSTIN

    Buenas noches. He comprado un coche que me entregarán sobre el 10 de febrero y me van a recoger mi coche . ¿A quien le corresponde el pago de cada uno de los recibos del impuesto de circulación?Gracias.

    • Buenos días

      Pues los dos impuestos te toca pagarlos a ti completos:

      – el del coche nuevo los pagarás sin enterarte, ya que te lo cobran incluidos en lo que los concesionarios llaman «gastos de matriculación», que va incluído ya en el precio del coche que tengas que pagar.

      – Y el del coche que entregas, tu ayuntamiento te remitirá a ti el recibo del pago completo, ya que a fecha 1 de enero eres el titular del vehículo, y se paga por anualidades completas.

      Salu2 y esperamos haberte aclarado

  • Listero

    Quiero comprar un coche de segunda mano en 2017 (febrero), el vendedor tiene abonados el impuesto de circulación de 2015 y 2016, a su vez, he averiguado que existe una deuda de años anteriores del impuesto de circulación de un anterior titular. Por lo que he leído en mensajes anteriores entiendo que el impuesto del 2017 le corresponde al vendedor. Mi pregunta es qué pasaría con la deuda anterior, no me la reclamarían a mí, no?

    • Listero

      Gracias

    • Buenos días

      El impuesto del 2017 le llegará a tu vendedor. El inconveniente está en que si no lo paga, si algún día quieres vender el coche, no podrás transferirlo hasta que no lo abones tú.

      (eso sí, el ayuntamiemto dispone de 4 años para reclamarle el pago al vendedor, y no se les suele olvidar. Así que no te preocupes)

      Los impuestos anteriores impagados, están a nombre del los anteriores titulares del vehículo, así que se los reclamarán a ellos, nunca a ti.

      De todas formas, para evitar «sorpresas desagradables» al comprar un vehículo, lo mejor siempre es acudir a Tráfico y solicitar el informe (diciendo sólo la matrícula te lo dan abonando unos 8€ de tasas)

      Ahí figura quién es el titular del vehículo, cuántas veces se ha transferido anteriormente (si se ha cambiado de titular varias veces es mala señal), si hay impuestos impagados, si ha sido coche de alquiler, etc….

      Más info en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/02/04/como-solicitar-el-historial-de-un-vehiculo-en-trafico/

      Salu2

    • Listero

      Perfecto, gracias.
      En el caso que el primer titular no pagara los impuestos de circulación anteriores, el Ayuntamiento lo reclamararía, y si aún así, el titular no lo hubiera abonado. Me imagino que el Ayuntamiento daría un aviso de embargo, si fuera así, qué se embargaría, la cuenta bancaria, el coche, …. ? Y siendo yo el nuevo titular, debería de responder por los impuestos de otra persona?!!
      Agradecido por vuestro asesoramiento

    • El ayuntamiento dispone de un plazo de 4 años para reclamarle el pago de los impuesto pendientes, (plazo que va ampliando mientras le sigan reclamando la deuda..)

      Al final en caso de impago le embargarán el dinero de la cuenta.

      A ti no te reclamarán nunca nada de ese dinero, no te preocupes.

      Si hubiera impuestos impagados que figuren en Tráfico no se habría podido transferir del anterior titular a nombre de tu vendedor. Tráfico no lo permite.

      Solicita el informe a Tráfico y sal de dudas. Así comprarás más tranquilo 😉

      Salu2!

  • maria

    Hola vendi mi coche ahora en enero del 2017 y quisiera saber si tengo que pagar yo el impuesto de circulacion o cuando llegue se lo tengo que pasar a la persona que se lo vendi para que me lo pague el ,gracias

    • Hola

      Este años 2017 te corresponde pagarlo a ti completo, y tu ayuntamiento te lo remitirá a ti ya que va a tu nombre por los motivos que indicamos en el artículo superior.

      El año que viene, si está hecho el cambio de nombre en Tráfico, le llegará al comprador automáticamente.

      Salu2

  • Maria

    Hola ,yo compre un coche en diciembre de 2017 ya matriculado en un concesionario y entregue otro coche. Ahora me llama el del concesionario que tengo que pagar el impuesto porque me entregaron el coche en diciembre , quien lo tendria que pagar y porque llega en esta fecha si yo tengo entendido que el impuesto se paga a partir de mayo? Gracias un saludo

    • Buenos días

      Cuidado con ese coche que entregaste en el concesionario…

      – Sólo te corresponde pagarlo a ti en este año 2017 en el caso de que sigas figurando en Tráfico como titular de ese vehículo. Y en ese caso el recibo te lo mandará tu ayuntamiento a tu casa, como en años anteriores…. Te lo mandarán en la fecha que corresponda (hay ayuntamientos que lo pasan en Mayo, otros en sep..)

      Dado que ese coche lo entregaste en Diciembre (antes de que acabara el año), el impuesto correspondiente al 2017 ya no te corresponde pagarlo a ti, y si te llegara a casa, es muy mala señal, pues significa que el coche podría estar aún sin transferir figurando tú aún como titular del mismo.

      Debes asegurarte de que ese coche ya no está a tu nombre (Pide al concesionario copia del Permiso de circulación para ver que está transferido, o sino acude a Tráfico a solicitar el Historial de ese coche para comprobarlo)

      Si alguien circulara con ese coche estando sin asegurar, y tú sigues como titular en Tráfico, la multa te llegará a ti y es de 1.500€!!

      Ya nos dirás

      Salu2!

  • REYES

    Buenas tardes,
    En febrero de 2017 compré un coche de segunda mano en un taller y dejé mi vehículo viejo para desguace, dándome la baja definitiva de este último.
    Doy por hecho que el Permiso de Circulación de vehículo que he comprado, lo tiene que pagar el vendedor que es quien era el titular a 1 de enero de 2017. Y supongo que el del vehículo que di de baja para el desguace lo tengo que pagar yo ya que era la titular también a 1 de enero. Mi pregunta es que si al dar de baja definitiva el vehículo el Ayuntamiento te cobra igual la anualidad o sólo parte? Gracias

    • Buenos días

      El Impuesto de circulación el vehículo que has comprado, le llegará al anterior titular, no a ti. Así que ese impuesto no tendrás que pagarlo.

      – Sobre el coche que has dado de Baja definitiva, te llegará el recibo por el importe completo (ya que lo envían así de forma automática).

      Una vez que lo recibas, deberás abonarlo completo, y posteriormente acudir a tu Ayuntamiento a solicitar la devolución de los trimestres «no consumidos» de este año, aportando el Certificado de desguace o baja definitiva, y no olvides llevar tu número de cuenta para que puedan proceder a hacerte la devolución.

      Salu2

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