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9 de abril de 2009

¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

En el caso de vender nuestro vehículo antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, indicamos a quién correspondería legalmente abonarlo.

¿Qué es el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)?

El Impuesto municipal de Circulación o de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es un impuesto que están obligados a pagar todos los vehículos matriculados que no hayan causado baja, así como los provistos de permisos temporales y grava la titularidad de dichos vehículos aptos para circular por las vías públicas.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.

Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.

¿Qué ocurre si nuestro vehículo vendido al concesionario lo dan de baja temporal por transmisión?

Este caso es muy habitual cuando en la compra de un vehículo nuevo, entregamos nuestro antiguo coche en el concesionario.

El concesionario muchas veces procede a dar de Baja Temporal el vehículo entregado hasta que haga la venta a un tercero y se transfiera.

Por lo que para evitar que en el año siguiente nos llegue el recibo del Ayuntamiento del Impuesto de Circulación, deberemos proceder a darlo de baja en el Ayuntamiento correspondiente (que será el que figure en el Permiso de circulación).

De esta forma, el concesionario podrá mantener el vehículo de baja temporal hasta 1 año, sin tener que abonar dicho impuesto, ya que a fecha 1 de Enero, será poseedor registral y no titular registral de ese vehículo.

Si pasado ese año máximo que lo puede tener de baja temporal el concesionario no lo hubiera vendido, deberá poner el vehículo a su nombre, y por tanto darse de alta y pagar dicho impuesto en el Ayuntamiento correspondiente.

Si el vehículo se vendiera antes de transcurrirse ese año, será el nuevo adquiriente el que al transferir el vehículo deberá liquidar ese Impuesto de Circulación.

De todas formas, hay que tener en cuenta que muchas veces el precio de venta pactado por el vehículo puede incluir ya, habiéndose pactado, los impuestos, aunque legalmente el obligado sería el comprador.

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1.207 comments to ¿A quién corresponde abonar el Impuesto municipal de Circulación del Ayuntamiento de un vehículo que se haya vendido?

  • Raul

    Buenos dias,

    Yo vendi un coche a mediados de Diciembre 2016, pero el comprador no cambio los papeles de nombre hasta mediados de Enero 2017.
    Me toca a mi pagar el impuesto de circulación o al comprador?
    El contrato de compra venta esta firmado con fecha de Diciembre 2016.

    Gracias

    • Buenos días

      Aunque el contrato tenga fecha de diciembre, Tráfico lo que tiene en cuenta es quién figura como titular a fecha 1 de enero, por lo que este año, el recibo de tu coche vendido tal como indicamos en el artículo superior te volverá a llegar a ti…

      (tendrás que solicitarle el reembolso al comprador, pero si se niega legalmente no podrás reclamárselo…)

      Salu2 y a ver si consigues que te lo devuelva…

  • Paulina

    Ola una pregunta yo tengo una menosbalia un 60 por ciento tengo el coche ami nombre pero no tengo permiso de conducir resien me sacaré pero conduce mi marido será que tengo derecho de solicitar la exención del impuesto

    • Buenos días

      Sí claro. Si tienes el coche a tu nombre puedes solicitar la exención del Impuesto de circulación en tu ayuntamiento (conduzcas tú o no, da igual)

      Lo único es que te lo empiezan a aplicar a partir del año siguiente en que se solicita. Así que en 2017 te toca abonarlo completo, pero a partir del 2018 ya no tienes que pagarlo.

      Salu2!

  • PauLa

    Buenas tardes,

    Me he venido a vivir a Canarias y mi madre me ha dejado su coche. El coche ha pasado aduanas y pagado impuestos. Pero la titular es mi madre, quien reside en Madrid, y el vehiculo está pagando el impuesto de circulación en Madrid.

    Quien tiene que pagar el impuesto ? Podría pagarlo yo en Canarias aunque no figure yo como propietaria ya que no he realizado un contrato de compra-venta?

    Lo que más me preocupas, es que el coche esta muy viejo y seguramente antes de volver a Madrid y tener que pagar ferry y todo otra vez lo daré de baja en Canarias…

    Muchas gracias por tu tiempo, un saludo.

  • antonio hernandez

    voy a comprar un vehiculo con 14meses de antiguedad, que estuvo excento de abonar el impuesto de matriculacion por ser discapacitada la titular, pero al transferirme el coche me solicitan que abone dicho impuesto. Mi pregunta es : quien debe abonar dicho impuesto, porque para la agencia tributaria este vehiculo llevaba la clausula de no por cederse o venderse inter-vivos al menos durante cuatro años

    • Buenos días

      Para que la persona con minusvalía pueda vender el coche antes de los 4 años debe liquidar primeramente el Impuesto de matriculación e iva (si se hubiera beneficiado también del IVA reducido) antes de nada en Hacienda.

      Ya que sino en Tráfico no se podrá transferir..

      Así que no pagues nada al vendedor antes no aclarar este punto. Ya que sino pagarás el coche y no lo podrás poner a tu nombre…

      Debe liquidarlo el vendedor que fue quien se lo ahorró en su día.

      Salu2

  • maritza

    Hola , he comprado un coche en el mes de Noviembre pasado , el impuesto de circulación ha llegado a mi nombre por ser la titular , no sería el antiguo propietario quién debería pagar el impuesto ya que va a año vencido , por favor disipar mi duda , gracias

    • Buenos días

      Si a fecha 1 de enero de 2017 tú figurabas como titular de ese vehículo en Tráfico, el impuesto de este año 2017 te corresponde pagarlo a ti completo.

      Quedaría así pagado el periodo desde enero a dic de 2017.

      Esperamos haberte aclarado, sino por aquí seguimos.

      Salu2

  • Lourdes

    Hola, en octubre de 2016 matricularon un vehiculo en la casa y lo compré entregando el mío. Hasta el 19 de enero de 2017 no soy titular. Ahora me reclaman el pago del impuesto, quièn debe pagarlo? Gracias

    • Hola

      Respecto al vehículo que compraste legalmente corresponde pagarlo a quien figurara como titular en Tráfico a fecha 1 de Enero… ¿Es un vehículo nuevo, o era de segunda mano?

      Respecto al vehículo que entregaste, asegúrate solicitando el historial en Tráfico de que ya no sigue a tu nombre.. Sino, el impuesto de este año y siguientes te llegará a ti, y eso no es lo peor.. Si circulan con él sin seguro la multa que te llegará será de 1.500€… Y si lo venden a alguien y éste no lo transfiere, el problema que te encontrarás será grave y con complicada solución..

      Salu2 y esperamos haberte aclarado, sino por aquí seguimos.

    • Lourdes

      Era de los de exposicion en concesionario y al matricularlo en la casa nos lo ofrecieron. No soy el titular hasta el 19 de enero y ahora todos los días me llama el titular para q lo pague porq dice q esos papeles él no los tramita hasta q no viene importe exacto. No se supone q iría incluido en los gastos de matriculación q ya nos cobraron? Gracias

    • Hola de nuevo.

      El concesionario cobra unos gastos de matriculación como bien dices (donde se incluye la limpieza y preparación del vehículo, las placas de matrícula, y el pago del Impuesto de circulación así como los gastos de matriculación o cambio de titular en Tráfico…)

      Sóliciotar ese pago de ese impuesto a posteriori al cliente es un detalle «muy feo» y es quedar faltal con un cliente por muy poco dinero (en comparación con lo que cuesta el coche…y cuando lo pueden evitar cobrándolo incluido en esos gastos de matriculación..)

      Tienes la factura desglosada? Cuánto te cobraron por esos «gastos de matriculación»?

      Legalmente si no lo quieres pagar no te lo pueden reclamar… Ya que no eras el titular a fecha 1 de enero. Así que si no lo quieres abonar tendrán que aguantarse..

      Salu2

  • Salud

    Hola, vendí mi coche él día 1 de marzo de 2017,quería saber a quien le pertenece pagar el sello, aunque él día 1 de enero él coche estuviera a mi nombre, creo que lo correcto seria que lo pagara él, aunque yo le deba abonar él pago de enero y febrero. Gracias de ante mano.

    • Hola

      El ayuntamiento te lo va a reclamar íntegro a ti, y si no lo abonas dispone de 4 años para reclamártelo.

      Lo que se suele hacer es generalmente incluirlo en el precio del coche, y así evitar discusiones…

      Habla con el comprador a ver si te reembolsa esa parte al menos, pero si no lo hace amistosamente no tienes posibilidad legal de reclamarlo.

      No sabemos por cuanto has vendido el coche, ni si es un coche antiguo o cuánto paga, pero antes de discutir con él echa cuentas a ver si te merece la pena.

      Salu2 y ya nos contarás.

  • María

    Hola…una vez comprado un coche de segunda mano en marzo de este año y sabiendo que el vendedor tiene la obligación de pagar el impuesto de circulación del año entero al tenerlo a su nombre el 1 de enero del presente año…

    – como tengo que notificarle al ayuntamiento en el que estoy empadronada y que es distinto que el del vendedor, este nuevo coche para que me pase el recibo del impuesto de circulación en el año 2018?

    Gracias

    • Tu ayuntamiento no te pasará el recibo este año.

      Debes de comunicar a tu ayuntamiento que tienes un coche a tu nombre, y lo quieres poner en ese ayutamiento.

      Ellos cuando pasan lo recibos, miran quién está dado de alta en dicho ayuntamiento a 1 del presente año; las altas posteriores, no los tienen en cuenta.

      Salu2.

    • Hola María

      Si en tu DNI figura tu dirección actualizada, es esa dirección la que ha quedado registrada en la base de datos de Tráfico. Y automáticamente Tráfico comunicará a ese ayuntamiento en 2018 que tu eres la nueva titular, para que te giren el recibo a esa dirección.

      Así que si tu dirección de DNI es la correcta, no es necesario que acudas para nada a tu ayuntamiento.

      – Si tu dirección de DNI no estuviera actualizada, tendrías que solicitar el certificado de empeadronamiento, y con ello y tu DNI y la documentación del coche acudir a Tráfico para solicitar actualización del permiso de circulación, para que quede anotada tu dirección correcta. Y hecho esto, trafico notificará con el ayuntamiento correcto. No tendrías que acudir al ayuntamiento tampoco.

      Salu2!

  • Branko

    Hola. El 31 de marzo compre un coche y ahora el vendedor me dice que le acaba de llegar el impuesto y que lo tengo que pagar yo. Le he repondido que el impuesto lo paga la persona que figura como titular el 1 de enero de todos los años. Me dice que se quedara sin pagar entonces. Que debo hacer? o que consecuencias puede tener? . Muchas gracias.

    • Buenos días

      Ok, es como tú bien le has comentado.

      Lo normal es incluir ese impuesto en el precio del coche..

      Si no se lo quieres abonar, no tiene forma legal de reclamártelo.

      Si no lo paga no es responsabilidad tuya. Y no te preocupes porque su ayuntamiento se lo reclamará a él y le aplicarán recargos si no lo paga en el plazo.

      El único inconveniente que tendrías es si decidieras vender a corto plazo el coche (si ese impuesto continuara figurando como impagado, para poder vender el coche te tocaría abonarlo a ti en su lugar para que el coche se pudiera transferir)

      Esperamos haberte aclarado, sino cualquier duda por aquí seguimos.

      Salu2

  • GABRIEL

    Mi empresa tiene un coche matriculado en madrid.
    la empresa se ha trasladado a torrejon de ardoz (madrid)
    tiene que hacer algun cambio para el IVTM o no.
    el pago es mas barato en madrid o en torrejon de ardoz

    gracias

    • Buenos días

      Generalmente cuanto más pequeño es el municipio menor es el importe del Impuesto de circulación.

      Aunque en este caso quizás la diferencia no sea muy grande.

      Mientras no se actualice el domicilio en Tráfico, las multas, impuesto de circulación y demás temas relacionados con ese vehículo seguirán llegando al domicilio anterior.

      Lo mejor es acudir a Tráfico a actualizar la dirección, solicitando actualización del Permiso de circulación del coche.

      De momento este año os pasarán el recibo de Madrid. Si actualizáis la dirección en Tráfico, el recibo de Torrejón os llegará a la nueva dirección el año que viene.

      Salu2

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