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20 de abril de 2009

Subsidio de desempleo

¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?

  • Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
  • Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
  • Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.

¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?

La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:

  • Despido.
  • Terminación del contrato temporal.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
  • Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
  • Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
  • Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
  • Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
  • Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
  • Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
  • Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
  • Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
  • Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
  • Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
  • Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
  • Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.

¿Qué significa tener responsabilidades familiares?

Tener responsabilidades familiares significa que:

  • Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
  • No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
  • Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).

¿Debe reunir algún otro requisito?

Si, es necesario:

  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?

Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.

No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.

¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?

En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.

En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.

Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.

¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?

La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:

  • Del tiempo cotizado.
  • Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
  • De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
  • De si tiene cargas familiares o no.

Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.

Duración subsidio desempleo
Edad(años) Cargas familiares Duración de la prestación contributiva agotada Número de meses cotizados Cuantía subsidio Duración máxima (en meses)
Han agotado una prestación contributiva por desempleo
< 45 De 20 a 179 días n.p. 80 18
Al menos 180 días n.p. 80 24
45 o más De 120 a 179 días n.p. 80 24
Al menos 180 días n.p. 80 30
24 meses n.p. (1) 6
No Indiferente n.p. 80 6
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva
Indiferente n.p. 3 80 3
4 80 4
5 80 5
6 80 21
No n.p. 6 80 6

(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.

En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.

La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.

Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.

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3.786 comments to Subsidio de desempleo

  • MAXIMO

    CUANTOS DIAS COBRARE DEL PARO SI ENTREGUE LOS PAPELES EL 13 DE OCTUBRE,CUANTOS DIAS ME ENTRAN DE ESTE MES DE OCTUBRE ASTA EL OTRO QUE VAYA A COBRAR,SE QUE A FINAL DE MES AY UN DIA QUE SE CORTA LA LIQUIDACION ENTONCES SERIA DEL 13 ASTA?..

    • No te preocupes por esas cosas; lo único que afecta es cuándo te pagan la prestación.

      Te van a pagar los días que tengas derecho. Por ejemplo por 1 año de cotizaciones, son 120 días de ayuda.

      Tanto las bases como la cuantía de la prestación se calcula por días.

      Salu2

  • Juan

    Hola he acabado un contrato de media jornada durante 9 meses tengo cargas familiares me han dicho que me dan 21 meses de 213 euros de subsidio por haber trabajado a media jornada ,que para que me den 426 euros tendría que firmar un nuevo contrato de jornada completa por cuenta ajena.Pero de cuánto tiempo sería el contrato ya que no me han dicho nada,me valdría un contrato de 1 día a jornada completa o que tiempo necesitaría como minino para los 426 euros.Muchas gracias.

    • He leído de algún usuario que escribe también en este foro que con que trabajes 1 día valdría.

      Yo creía que era necesario 3 meses.

      No te aseguro… consúltalo en SEPE.

      Eso sí, debes de tomar una decisión, porque si solicitas la ayuda, ya no sirve después trabajar a tiempo completo para solicitar la ayuda completa.

      Y tampoco, si decides no solicitar, y después no encuentras empleo, tendrás que esperar a tener empleo y perderlo para poder solicitarlo.

      Salu2.

  • tania

    Hola ,tengo una pregunta:? si me suspende la ayuda por desempleo ,cuanto tiempo o cuntas meses no cobrare nada?

  • Abel

    Ola quisiera saber cuánto boy a cobrar en la hoja de prestación por desempleo me pone q cobrare una cantidad diaria de 34,48€ diaria durante 120 días quisiera saber si eso es lo q cobrare al mes q serian 1034€

    • Cobrarás eso: 34,48€ durante 120 días.

      Al mes, pues depende de los días que haya en ese mes.

      Por ejemplo, el primer mes cuenta desde el día que te quedaste en desempleo, sumas los días, multiplicas por la cuantía diaria y obtendrías la cuantía.

      Salu2.

  • Tania

    El 22 de octubre del 2015 trabaje durante 4 meses, pero al final del contrato quede embarazada y no se me renovó contrato ya queestaba malita y no pude firmar papeles ni ir al paro, estoy inscrita en garantíajuvenil asta día de hoy, no he vuelto a ir al paro por que con la niña ando muy liada y tengo mucho jaleo para pedir cita previa, por fin el dia 11 tengo hora pero era parair un poco orientada y saber si tengo derecho a pedir subsidiopor esos 4 mesestrabajados aun sin Aver ido al paro desde que se me acabó el contrato ya que ha asado un año, muchas gracias buenas noches

    • Ya te digo que no.

      Para cobrar cualquier ayuda de SEPE tienes que estar dado de alta en la demanda de empleo una vez que pierdas ese empleo.

      Ahora para poder solicitar alguna ayuda por esos 4 meses cotizados, has de encontrar un empleo y perderlo de forma no voluntaria.. aunque sea por sólo 1 día de trabajo, que serviría también como empleada de hogar.

      Salu2.

  • veronica

    Buenos dias
    Yo estuve trabajando 8 meses en una empresa a jornada parcial. Cuando dejé de trabajar, pedi el subsidio por pérdida de empleo, cobré 3 meses y lo paralicé porque encontré trabajo. He trabajado 6 meses a jornada parcial también en el nuevo trabajo y termino en esta semana. Se acumulan los 8 meses anteriores con los 6 de ahora??? Podría pedir la prestación contributiva?
    Gracias y saludos

    • No, al pedir la ayuda, se gasta las cotizaciones.

      Ahora, tienes que reanudar la ayuda que estabas percibiendo, y te guardan lo nuevo cotizado para más adelante.

      Salu2.

  • laura

    Yevo dos años con un contrato de formacion que se me acaba el 12 de Enero.
    Corresponde el paro igualmente al ser un contrato de formacion?
    Se cobraria igual que si es contrato normal?
    mi contrato es «CONTRATO DE TRABAJO PARA LA FORMACION Y EL APRENDIZAJE»
    El grupo profesional es «AYUDANTE».
    y el contrato de 40 horas semanales

  • marlena

    Hola ya cobrado subsidio ahora pedido plan prepara tengo 3 hijos ,pero si encuentro trabajo cuanto tiempo tengo que trabajar par cobrar otra vez subsidio ,pregunto por algunas empresas te contratan para 2 o 3 meses gracias un saludo

  • Alberto

    Buenas, hoy he ido a cobrar el subsidio y me pagaron solo 20€.Creo que ha sido por que me hace falta renovación del subsidio tenía concedidos 520 dias, me gustaría saber si cuando vaya al INEM y lo renueve cobraré lo que me falta de este mes o lo cobro al que viene o ya no lo cobro mi subsidio es de 312€. Muchas gracias

    • El subsidio hay que renovarlo en plazo, en caso de no hacerlo se pierde el tiempo trascurrido.

      La renovación se puede hacer desde el día siguiente al último día con derecho a la ayuda hasta 15 días después de último pago. En tu caso tienes hasta el 25 de este mes.

      Si lo renuevas en plazo, no pierdes nada.

      Salu2.

  • Xavier

    Hola

    Mi pareja en diciembre se le termino la ayuda de 20 meses por no tener derecho al paro, se la dieron porque ella tenia un hijo (no es mio, el niño le pasan una manutención de 150 euros). La verdad que iba a empezar a trabajar en Enero, lo tenía casi hecho. Pero ella se ha quedado embarazada (aunque no lo buscábamos, vino, bien venido sea), ahora no la van a coger embarazada, dudo que la cojan en ningún sitio.

    En febrero nos vamos a casar,¿tiene derecho alguna prestación por desempleo, antes y/o después del embarazo? yo estoy cobrando 2083 euros al mes brutos es decir 1649 netos al mes.

    Saludos

    Xavier

    • No, lo siento.

      Debe de estar trabajando o cobrando una prestación contributiva para poder disfrutar de la baja maternal.

      En cuanto a ayuda, con tus ingresos, nada.

      Salu2.

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