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20 de abril de 2009

Subsidio de desempleo

¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?

  • Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
  • Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
  • Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.

¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?

La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:

  • Despido.
  • Terminación del contrato temporal.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
  • Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
  • Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
  • Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
  • Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
  • Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
  • Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
  • Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
  • Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
  • Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
  • Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
  • Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
  • Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.

¿Qué significa tener responsabilidades familiares?

Tener responsabilidades familiares significa que:

  • Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
  • No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
  • Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).

¿Debe reunir algún otro requisito?

Si, es necesario:

  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?

Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.

No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.

¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?

En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.

En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.

Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.

¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?

La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:

  • Del tiempo cotizado.
  • Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
  • De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
  • De si tiene cargas familiares o no.

Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.

Duración subsidio desempleo
Edad(años) Cargas familiares Duración de la prestación contributiva agotada Número de meses cotizados Cuantía subsidio Duración máxima (en meses)
Han agotado una prestación contributiva por desempleo
< 45 De 20 a 179 días n.p. 80 18
Al menos 180 días n.p. 80 24
45 o más De 120 a 179 días n.p. 80 24
Al menos 180 días n.p. 80 30
24 meses n.p. (1) 6
No Indiferente n.p. 80 6
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva
Indiferente n.p. 3 80 3
4 80 4
5 80 5
6 80 21
No n.p. 6 80 6

(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.

En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.

La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.

Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.

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3.786 comments to Subsidio de desempleo

  • Juan

    Hola he estado trabajando 7 meses y me han pagado la nómina en mano ya que no supera los 1000 euros y he hecho ingresos por cuenta propia en mi cuenta ahora voy a solicitar el subsidio por cargas familiares tendría problemas a la hora de solicitarlo en cuestión de las rentas por haber hecho ingresos de esta manera y no haberlos ingresado el empresario como nomina en mi cuenta.Muchas gracias.

  • adriana maria perez

    buenas tardes
    si ya se me ha terminado el subsidio de desempleo y aun no consigo empleo puede ser prorrogable

    • El subsidio es de duración finita, dependiendo del tipo y el tiempo trabajado.

      Cuando te lo concedieron te tuvieron que indicar la duración. Eso sí, durante el periodo de percepción, es posible que te pidan renovar la ayuda cada x tiempo.

      Asegúrate que no se te ha terminado y simplemente tienes que renovar.

      Eso sí, si se ha terminado, ya no lo puedes prorrogar, debes de solicitar otro tipo de ayuda como la RAI o el Plan Prepara si tienes derecho.

      Salu2.

  • Carlos

    Hola voy a solicitar el subsidio por cargas familiares,anteriormente solicite el pae y antes de solicitarlo tenía trabajado 2 meses.Cuando acabe de cobrar el pae trabaje 5 meses .
    Entonces ahora tengo la duda de si esos 2 meses anteriores al pae los puedo sumar a los 5 meses de ahora y así hacer 7 meses para poder pedir el subsidio ya que así son 21meses.
    Muchas gracias.

    • La PAE no se utiliza tus cotizaciones para darte la ayuda o no, así que no debería de consumir dichas cotizaciones.

      Las cotizaciones se pierde cuando te reconocen una prestación o subsidio de desempleo que requiera cotizaciones.

      Salu2.

  • Alejandro

    Hola, tenía una duda, las personas que estamos cobrando una prestación contributiva,el mes de febrero, puede ser que se cobre algo menos?

  • Carmen

    Tengo 167 dias cotizados,me corresponde 5 meses de subsidio???

  • MANUEL

    Hola, tengo concedido el subsidio con cargas familiares (21 meses), han pasado 6 meses(acaba el 30/03/18) y tengo que prorrogarlo, en abril estoy trabajando el mes completo, y tengo 5 meses cotizados de antes, mi pregunta es: ¿puedo seguir con ese subsidio o tengo q pedir otro nuevo con esos 6 meses q tendre cotizados al final de abril?

  • juan

    hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente tengo cotizados 179 dias para poder cobrar un subsidio por desempleo sin cargas familiares y me falta solamente 1 dia para alcanzar los 180 dias necesarios si encuentro un trabajo a jornada completa de un solo dia tendre derecho al subsidio completo es decir no al 50 por ciento gracias

    • Si alcanzas los 180 días, tendrás derecho a la ayuda.

      En cuanto a la cuantía, depende de la parcialidad de la jornada. Lo que no sé si vale con sólo 1 único día (el último) al jornada completa para tener derecho al subsidio completo.

      Salu2.

  • Cristina

    Hola buenos días, tengo cotizados 330 días, un hijo de 3 años y mi marido es funcionario, tengo derechos a percibir algún tipo de ayuda?

    • Pues depende de lo que cobre su marido.

      El Límite familiar de 3 personas es de 3 veces el 75% SMI, que en 2018 es de: 530€.

      Vamos que no puede ganar más de 1.590€ al mes en bruto y 12 pagas.

      Salu2.

  • roberto

    Hola he tenido un contrato de 12 horas al mes durante 8 meses al ser un contrato parcial lo combine con el subsidio ,dicho subsidio se me acabó dentro de ese contrato de 8 meses de 12 horas ahora he trabajado otros 2 meses a tiempo completo .Mi pregunta es si podria pedir el subsidio ya que creo que aunque sean 12 horas al mes contarian como 8 meses trabajados para el SEPE y por ser el último contrato de 2 meses a tiempo completo cobraria los 430 euros íntegros,tengo cargas familiares.Muchas gracias.

  • roberto

    Hola de nuevo y perdona osea que al ser un contrato de 12 horas al mes en donde he trabajado 3 días al mes se multiplicaría cada día por 1,4 y me saldría el total no seria el mes completo cotizado al SEPE como pensaba ,es que al ser un contrato continuo de 8 meses no se si cuenta como 8 meses ante el SEPE.Muchas gracias.

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