¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 481,05€ (para 2011).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 481,05€ (para 2011).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 483,98€ al mes (para 2013).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 481,05€ (para el 2011) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
| Duración subsidio desempleo | |||||
| Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
| Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
| < 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
| Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
| 45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
| Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
| 24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
| No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
| No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
| Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
| 4 | 80 | 4 | |||
| 5 | 80 | 5 | |||
| 6 | 80 | 21 | |||
| No | n.p. | 6 | 80 | 6 | |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
426€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2013. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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Hola buenos días. Le quería preguntar en enero se termina la prestación por desempleo que estoy cobrando, tengo 30 años y vivo solo, ¿puedo solicitar el subsidio por desempleo? Gracias. Un saludo.
No, si no tienes cargas familiares…
Salu2.
y hay alguna prestación que pueda solicitar??? gracias.
Me temo que ninguna… pero vete a SEPE y consúltalo allí para asegurarte.
Salu2.
Buenas noches. Le quería consultar lo siguiente: tengo 43 años y ahora en agosto se me agota el subsidio de desempleo de 426euros que se me concedió por haber cotizado más de 180 días (el año anterior, había agotado el paro). Mi pregunta es saber si puedo acceder a algún tipo de prórroga con mi edad porque en mi última consulta en el INEM me indicaron que no es posible por no tener más de 45 años y no tener cargas familiares, como es mi caso (soltera, sin hijos y por supuesto, sin ayuda de ningún tipo). ¿Es eso cierto? ¿Dónde puedo dirigirme? Estoy bastante perdida… Espero su respuesta. Muchas gracias. Un saludo.
Lo siento, tendrás que esperar a tener 45 años para poder pedir la RAI:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Eso sí, si no has recibido aún el PLAN PREPARA o el PRODI, podrás pedir el PLAN PREPARA:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Salu2.
Hola.
Mi consulta es la siguiente: yo comencé a percibir una prestación por desempleo a comienzos de 2010. Pasados unos meses logre un trabajo de un mes y se paralizo la prestación durante este tiempo. Una vez cause baja comencé de nuevo a cobrarla. Pasados un tiempo conseguí trabajo durante cinco meses. Y la misma operativa que antes. Deje de cobrar y pasados los cinco meses cobre hasta que agote la prestación. Mi pregunta es ¿Esos seis meses trabajados los tengo acumulados para un futuro o no? Quisiera saberlo porque nuevamente voy a tener un contrato de un mes y pasado este tiempo no se si tendría derecho a cobrar el subsidio.
Muchas gracias.
Victor Santos.
Sí, te servirá para un futuro reconocimiento de prestación.
Cuando termine ese mes de contrato, tendrás acumulado 7 meses de cotizaciones, por lo que podrías pedir el subsidio de desempleo por insuficiencia de cotizaciones.
Salu2.
Fenomenal. Muchas gracias por tu respuesta.
El contrato será a media jornada. ¿Eso influye en algo?
Muchas gracias y un saludo!
Sí, en el tiempo cotizado y en la cuantía de la prestación en el futuro.
Salu2.
Y una ultima cuestión. Yo cobre el PREPARA cuando finalice mi prestación. Entiendo que esto al ser una ayuda del estado no influye para nada en el tiempo que tengo acumulado.
Gracias!
No, no influye.
Salu2.
Hola actualmente tengo un contrato temporal que vence el dia 20 de este mes pero he encontrado un trabajo mejor y he decidido coger el nuevo empleo,perderia el paro que tengo acumulado anteriormente?
Gracias
No, siempre que en el nuevo empleo estés al menos durante 3 meses.
Salu2.
hola mi pregunta es la siguiente, yo estoy cobrando el subsidio por desempleo 426€ , vivimos mi pareja, mi hija de dos años y yo, mi pareja este mes cobrara en bruto 1437€ entre sueldo de un trabajo temporal y parte del paro ya que no trabajo todo el mes, yo sigo teniendo derecho a percibir el subsidio este mes?? muchas gracias
Las rentas medias de la unidad familiar no debe de superar los 481,05 euros brutos mensuales, y por lo que indicas, parece que sí que lo supera.
Salu2.
son 481,05 por cada integrante de la unidad familiar no???? que esa cantidad es 1443,15….y el cobrara 1437….no entiendo muy bien, si me lo pudieses volver a explicar, gracias un saludo
Las rentas totales mensuales brutas no puede superar los 481.05 * nº de miembros.
Hola,
El día 15 acaba mi contrato (fin de obra), llevo acumulados 206 días de trabajo. ¿Me corresponde el subsidio por desempleo? Vivo con mi madre solos los dos y ella es desempleada. Espero su respuesta muy amable, gracias.
Sí, durante 6 meses.
Salu2.
que es eso de “Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada labora”
no lo entiendo lo puedes explicar un poco mejor eso por que yo tengo un trabajo a tiempo parcial (4 horas) y trabajo todos los dias incluio sabados, domingos y festivos
Si trabaja 10 horas a la semana, en lugar de percibir los 426 euros completos, recibirán sólo el 25% de ese dinero.
Salu2.
Hola me quedan 15 meses de subsidio por desempleo prorrogables cada seis meses por tener cargas familiares es cierto que lo van a eliminar ahora?
Un saludo
No, no es cierto.