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20 de abril de 2009

Subsidio de desempleo

¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?

  • Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
  • Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
  • Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.

¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?

La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:

  • Despido.
  • Terminación del contrato temporal.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
  • Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
  • Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
  • Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
  • Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
  • Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
  • Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
  • Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
  • Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
  • Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
  • Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
  • Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
  • Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.

¿Qué significa tener responsabilidades familiares?

Tener responsabilidades familiares significa que:

  • Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 481,05€ (para 2011).
  • No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
  • Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 481,05€ (para 2011).

¿Debe reunir algún otro requisito?

Si, es necesario:

  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?

Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.

No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.

¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?

En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.

En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.

Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 481,05€ (para el 2011) al mes.

¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?

La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:

  • Del tiempo cotizado.
  • Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
  • De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
  • De si tiene cargas familiares o no.

Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.

Duración subsidio desempleo
Edad(años) Cargas familiares Duración de la prestación contributiva agotada Número de meses cotizados Cuantía subsidio Duración máxima (en meses)
Han agotado una prestación contributiva por desempleo
< 45 De 20 a 179 días n.p. 80 18
Al menos 180 días n.p. 80 24
45 o más De 120 a 179 días n.p. 80 24
Al menos 180 días n.p. 80 30
24 meses n.p. (1) 6
No Indiferente n.p. 80 6
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva
Indiferente n.p. 3 80 3
4 80 4
5 80 5
6 80 21
No n.p. 6 80 6

(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.

En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.

La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

426€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2013. Éste índice se actualiza anualmente.

Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.


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2.667 comments to Subsidio de desempleo

  • rosa

    Perdón soy la persona de antes es decir lo vuelvo a explicar pues una amiga mía dice que las cantidades no son esas las que tengo que dar para saber si me concederan el subsidio estoy trabajando 6 meses a media jornada de lunes a viernes se me acaba el contrato el dia 20 de agosto no se si el subsidio por cargas familiares ha entrado en los recortes del gobierno tengo una hija de 13 años tengo cotizado unos 184 dias para el dia 20 de agosto, mi marido cobra en la nomina 1122.49 en bruto y su prorrata de pagas extras es 181.68 que dice mi amiga que es la cantidad que le pidieron a ella en el sexpe y es la que interesa el sueldo bruto no neto que es 955 y somos tres en casa no se si me concederán la ayuda por favor conteste cuanto antes gracias pues pagan a mi marido cuando le parece aunque este trabajando y siento no haberme explicado bien antes gracias

  • antonio

    Hola he trabajado 5 meses a tiempo parcial a media jornada 5 dias a la semana y luego tengo un contrato de 40 dias a tiempo completo, estoy casado y tengo 3 hijos sin ingresos, creo que me pertenecen 21 meses de subsidio por cumplir los requisitos. Mi pregunta es, que cantidad me corresponde con la nueva ley. gracias.

  • antonio

    Es que me comentan en otro sitio que si me corresponde el 100% por tener el ultimo contrato a tiempo completo, me lo puedes confirmar, gracias

  • ingrid

    Hola, a mi se me termina el subsidio el trece de agosto , me dijeron que tengo derecho a la prorroga , eh pedido hora por internet para el 16 de agosto, no habra problema. De que hallan pasado 3 dias despues que se me acabara el subsidio. Porfavor necesito que me den respuestas tengo un ingreso de muy inferior a los pedidos y una niña de 4años

    • El subsidio de desempleo se concede por un tiempo y hay que renovarlo o prorrogarlo cada 6 meses según como te indiquen en el SEPE.

      Por otro lado, si se te termina una ayuda, y quieres pedir, por ejemplo el PLAN PREPARA (que se ha prorrogado varias veces), dispones de 60 días para hacerlo.

      Salu2.

  • PALOMA

    HOLA, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: COBRO DESD HACE UN AÑO EL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS , LO TENGO CONCEDIDO HASTA QUE ME JUBILE, CON REVISION ANUAL, QUISIERAN QUE ME ACLARARAN .SI YO TENGO INGRESOS POR ALQUILAR UN PISO SUPERIOR A LOS 481 €,PERO TENGO UN CONVENIO ESPECIAL CON LA S.S. SI AL IMPORTE DEL INGRESO TENGO QUE DESCONTAR LA CUOTA QUE PAGO A LA S.S. Muchas Gracias

  • Jose Perez

    Buenas tardes,
    A) Acabo de darme de baja como autonomo y tengo a mi cargo a mi hijo de 7 años y a mi madre de 87. Ellos viven conmigo en mi domicilio. La madre de mi niño vive en un domicilio aparte, ella trabaja y paga sus gastos y manutencion.

    Pregunta 1: a que ayuda tengo derecho?.
    Pregunta 2: como les demuestro a los del INEM que la madre de mi hijo no forma parte de mi grupo familiar ya que sus ingresos no repercuten en mi casa. Ella solo, por motu propio, paga la escolaridad del niño y los gastos asociados a dicha escolaridad.
    - – - – - – - – - – - – - – - – -
    B) Mi madre, española de origen y emigrante retornada hace 2 años no cobra ningun tipo de subsidio ni ayuda y solo vive y se mantiene con mis ingresos.
    Pregunta 3: que tipo de ayuda, subsidio o pension le corresponde?

    Hasta ahora con mi trabajo no habia tenido problemas pero en mi actual situacion se me esta haciendo muy dificil.

    Muchas gracias

  • ivo

    Soy fijo discontinuo, vacaciones 15 días y 6 meses de trabajo,jornada completa, en el año 2010 termine de cobrar 3.5 meses de 8 meses concedidos, en 2011 después de terminar la temporada, me concedieron 6 meses de subsidio, tengo 45 cumplidos en abril, soltero, empadronado en vivienda propia desde febrero 2012, en septiembre y después del periodo de vacaciones de 15 días, el 16 sera el día para solicitar el subsidio con la nueva normativa aprobada tengo derecho a subsidio y por cuanto tiempo, que norma me ampara, gracias

  • jose luis

    tengo derecho a cobrar el paro si solo he cotizado 180 dias,no tengo cargas familiares,soy menor de 45 años.

  • Manuel

    Hola mi consulta es la siguiente: trabajé durante 6 meses con un contrato a tiempo parcial de 2 horas durante 5 dias a la semana y trás ello me salió un empleo de jornada completa pero sólo de 1 mes de duración, este ultimo trabajo se me termina a primeros de septiembre, mi duda es la siguiente : si solicito el subsidio por no tener cotizados los 12 meses,¿ cual es el importe que recibiria?. Pd: tengo esposa y 2 hijos menores y cumplo los requisitos de carecer de rentas.

  • EVA

    he trabajado seis meses a media jornada en dos sitios diferentes contratos de 3 meses cada uno tengo una hija pequeña y mi marido no supera la cantidad me han dicho en la oficina de empleo he pedido la vida laboral pero dice que solo tengo cotizado 91 dias no entiendo o es que en la vida laboral refejlan los dias completos ? tendre derecho a los 21 meses o menos gracias

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