Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
30 de abril de 2009

Separación de bienes

El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.

Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

¿Qué artículo del Código Civil lo regula?

Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.

¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?

  • Cuando así se hubiese pactado.
  • Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
  • Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.

¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?

Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.

¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?

Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.

Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.

En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.

Artículos relacionados:

    1.240 comments to Separación de bienes

    • Elena

      Si mi marido y yo estamos en Separación de bienes, compramos un terreno y nos hacemos una casa entre los dos, en el mismo régimen, en caso de uno de los dos falleciese, su parte a quién quedaria, a sus hijos o también podrían intentar los hermanos o padres de cada cual heredar la parte de su familiar…???

      • Al tener hijos, los bienes automáticamente los heredarían éstos. Sin embargo, os recomendaría que hicieras un testamento ante notario en el que se pueden pormenorizar todos los conceptos.

        Salu2

    • Elena

      muchas gracias
      un saludo

    • kinn

      Una pregunta:
      Me voy a comprar la vivienda de mi vida al 100% mia, estoy casado en separacion de bienes, tengo dos hijos, ¿como hacer para que en caso de separacion el disfrute de la vivienda sea mio?.
      Me han comentado que comprandolo a nombre de una sociedad y despues alquilandola a nosotros mismos al 50%, tendria mas posibilidades de disfrutar yo de esa vivienda, ¿es esto verdad?.
      mil gracias y un saludo

      • No entendemos bien la pregunta, si la vivienda es 100% tuya y con separación de bienes, la propiedad es tuya aún en caso de separación y lo podrás disfrutar siempre de ella, salvo que un juez establezca lo contrario en el proceso de divorcio al igual que pueda establecer una pensión a favor de su cónyuge y la custodia de los hijos.

        Salu2.

    • scc

      Si yo me caso sin separación de bienes, tengo entendido que lo que herede despues del matrimonio será sólo mio de igual forma, es así?

      • Si se casa en bienes gananciales, todo lo ganado y adquirido durante el matrimonio es al 50% de propiedad, salvo algunas excepciones, como por ejemplo las herencias, que se consideran bienes privativos y serían únicamente de su propiedad.

        Salu2.

    • Gemma

      si me caso en régimen de separación de bienes, las deudas que yo tuviera antes de la boda, le pueden afectar?
      y, el piso en el que vivimos que está a su nombre, puede verse involucrado en el problema de mis deudas?
      gracias

      • En régimen de separación de bienes, tanto las deudas contraídas por uno de los miembres tanto antes como después del matrimonio es responsabilidad exclusiva de esta persona sin afectar en absoluto al otro miembro.

        Salu2.

    • R

      -si te casas en separacion de bienes, pero tienes un piso propio con hipoteca q seguirás pagando durante el matrimonio, el cónyugue puede reclamar parte de ese piso por haber vivido en él, compartido gastos, etc?
      -Si el conyugue muere y no hay hijos, para quien queda ese 50% al no haber testamento?

      • Si te casas en separación de bienes como en gananciales, el piso que se adquirió antes del matrimonio sigue siendo de las partes.

        En caso de fallecimiento, la vivienda pasará a los herederos de éste y según marca el orden de herencia según consaguinidad.

        Salu2.

    • manuel

      Hola, por favor necesito que alguien me ayude, ya que me quita el sueño. Mira me case hace dos años, tengo una casa hipotecada mia hace 7 años esta a mi nombre y siempre lo he estado pagando yo incluso ahora sigo pagando yo la hipoteca a mi nombre nada a cambiado.

      Bien ahora voy a tener un hijo, nuestro matrimonio nunca a ido muy bien del todo, por lo que no descarto que algún día nos separemos, ahora la pregunta es qué me afectaria a mi todo esto. Me quedaría sin casa hasta q el niño sea mayor de edad o con ingresos economicos propios? ¿seguire yo pagando la hipoteca a mi nombre como asta ahora?

      Muchas gracias a quien me pueda ayudar.

      • Lo sentimos pero no podemos confirmarte que ocurriría en ese caso.

        Cuando ya hay hijos en la pareja, la situación y las resoluciones cambian totalmente y en muchos casos sería el juez quien decidiera finalmente cómo hacer si no hubiera un acuerdo previo entre ambos.
        La propiedad de la casa seguiría siendo suya, pero el uso de la misma al ser la vivienda familiar y habiendo un hijo si que podría cambiar.

        Lo mejor sería que hicieras la consulta a un abogado experto en estos temas para quedarte más tranquilo.
        Ya nos informarás a ver qué te comenta, ya que seguro le será de ayuda a más usuarios que estén en tu caso.

        Salu2

    • Laura

      Me case hace tres años y como lo hice en Cataluña se que estoy bajo el regimen de separación de bienes.
      tengo un piso que está a mi nombre y me gustaría que mi pareja tuviera en caso de divorcio el 50% del piso a su nombre ya que ha invertido en las obras del mismo.
      Como puedo hacer para poner la mitad del piso a su nombre y que coste tendría esto?.
      Muchas gracias

      • Debe de venderle el 50% de la vivienda y para ello cambiar las escrituras de la vivienda que conlleva gastos de notario e impuestos de Transmisión de patrimonio, generalmente es el 10% de la operación aproximadamente (50% del valor de la vivienda). Otro tema es las cuantías que él le debe de entregar por dicha venta, aunque eso lo podéis arreglar entre vosotros…

        Salu2.

    • Marta

      Estoy casada por segunda vez y en régimen de bienes gananciales. Mi marido tiene dos hijos y yo tengo un hijo.

      Mi marido y yo nos hemos comprado un piso y pagamos una hipoteca, pero yo tengo otro piso de cuando estaba soltera en el que se ha quedado mi hijo a vivir y pago también esa hipoteca.

      Me han comentado que al tener bienes gananciales se considera que mi marido también está pagando la hipoteca de mi piso privativo y por tanto, cuando muramos, los hijos de él pueden pedirle a mi hijo la mitad de todo el dinero que mi marido ha aportado en esa hipoteca por tener los bienes gananciales. ¿Podría mi hijo entonces quedarse sin la mitad del piso que ahora mismo estoy pagando con mi marido? Por último, en caso de divorcio ¿mi marido podría también pedirme cuentas por haber pagado parte del piso que es mío?
      Gracias

      • Los bienes adquiridos antes del matrimonio sigue siendo propiedad exclusiva de cada miembro del matrimonio, el problema reside en que durante el matrimonio se sigue pagando dicho bien a través de la hipoteca, y como es lógico, ese dinero es de los dos. Por lo tanto su pareja le puede exigir por ley al menos la parte proporcional de lo que se ha pagado durante el matrimonio y en bienes gananciales.

        Si quiere consertar el 100% de la vivienda, lo que puede hacer es donarselo a su hijo.

        Salu2.

    • ana

      hola:
      mi marido y yo no tenemos hecha la separación de bienes, la casa está a su nombre , el pidió una hipoteca avalada con la casa y yo un préstamo personal para pagar la reforma y todo lo demás se ha ido comprando con los ingresos de los dos.
      en caso de separación que pasaría con la casa ? que me correpondería a mi.
      un saludo y gracias

      • Si el regimen que tienen es el de bienes gananciales, en ese caso, los bienes que ambos tengan antes de la celebración del matrimonio, le pertenecerían a cada uno. Por lo que si la casa estuviera a nombre de su marido antes del matrimonio, le pertenecería a él.

        Por otro lado, los bienes que se adquieran mediante prestación económica o pagando un precio, durante la vigencia del matrimonio, serán de ambos de manera indistinta.

        En el caso de que hubiera hijos de por medio, el tema de uso de la vivienda habitual, si no hubiera acuerdo entre ambos, iría a través de la decisión del juez.

        Salu2.

    Leave a Reply to manuel

    Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

     

     

    Puedes utilizar estas etiquetas HTML

    <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>