
El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.
Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.
¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?
Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.
¿Qué artículo del Código Civil lo regula?
Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.
¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?
- Cuando así se hubiese pactado.
- Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
- Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.
¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?
Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.
¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?
Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.
Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.
En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.
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Buenas tardes,
Mi situacion es la siguente: tengo un piso a mi nombre (aun estoy pagando hipoteca) y quiero casarme con mi novio. Aunque nos casemos yo pagare mi piso con mi sueldo (tengo mi propio negocio). El ha tenido su piso embargado se lo han quitado. Ahora tiene todas sus cuentas bloqueadas, no puede tener ni una cuenta a su nombre… Mi gran miedo es no tener que cargar con sus deudas al casarnos. En nuestro caso nos podriamos casar con separacion de bienes? Aun asi me da miedo, como la ley tiene muchas formas para interpretarla no tener despues sorpresas…Algun consejo, algo muy importante que debo tener en cuenta antes de casarme?
Muchas gracias
Casaros en separación de bienes y no tendrás ningún problema de los que has descrito.
Salu2.
Mi pregunta es… Si después de convivir 25 años con mi pareja sin ningún contrato matrimonial ni de pareja de hecho y en ese tiempo se compro vivienda habitual al 50%. Ella se compro un local y monto un negocio, también tenemos dos hijos ¿que ocurre al separarnos?
Hay que repartir todo el 50% al estar casados en bienes gananciales.
Salu2.
Hola, estoy casada en bienes gananciales y con dos hijos, quiero comprar una vivienda yo sola, porque herede dinero, pero quiero que sea mia sola, porque mi marido no aporta nada economicamente y yo mas del 70% de la vivienda, el resto seria una hipoteca. Mis preguntas son, seria conveniente hacer separacion de bienes??? Hay otra mamera??? En caso de divorcio como quedaria la herencia de la vivienda, todo para mis hijos y disfrute de mi marido??? En caso de fallecimiento????? Muchas gracias.
Si compras la vivienda con dinero heredado, será tuyo al 100%.
Pero si sólo lo pagas el 70% con el dinero de la herencia y el 30% restante con hipoteca tu pareja tendrá derecho sobre ese 30%.
En caso de fallecimiento, tus bienes (lo que sea tuyo de la pareja) será heredado por tus hijos. Tu pareja tendrá derecho al usufructo de 1/3 de tus bienes.
Lo mejor que podéis hacer es realizar una separación de bienes para evitar posibles problemas en el futuro, ya que tendrás que andar demostrando que el 70% fue comprado con dinero de la herencia…
Salu2.
que ocurre despues del matrimonio, con los importes de las cuentas corrientes en bancos que estan a mi nombre antes del matrimonio?
Se supone que los bienes antes del matrimonio es privativo, lo malo es que es complicado de mantenerlo separado.
Salu2.
hola, en 4 meses me caso por la iglesia y se nos plantea el regimen economico en el que casarnos.
la situacion es la siguiente.
yo tengo un piso escriturado e hipotecado a mi nombre desde hace 6 años. vivimos juntos en este piso desde hace un año y desde ese momento en la cuenta donde cobran dicha hipoteca y los gastos generales de la casa se ha puesto mi futuro marido como titular conmigo por decision de ambos, y los dos aportamos cantidades mensuales para asi pagar todos los gastos incluyendo la hipoteca. a parte cada uno tiene su cuenta bancaria propia.
por otro lado mi futuro marido es autonomo desde hace varios años aunque en un futuro sus intenciones son de buscar trabajo como asalariado.
yo prefiero casarnos en separacion de bienes, sobretodo por el tema de las deudas, ya que tal y como esta la vida ahora pueden surgir impagos que no quiero que afecten los de uno en el otro.
por otro lado si en un futuro sin tener hijos salen mal las cosas y nos separamos o uno de los dos fallece que pasaria con el piso ?
muchas gracias
Ese es el problema… veo que estáis pagando los 2 la vivienda y si os casáis en separación de bienes, la vivienda será sólo del titular.
Lo que podéis hacer es reescriturar la vivienda a nombre de los 2 o casaros en bienes gananciales… pero claro, tiene el otro problema que comentas si os casáis en éste régimen o también podéis incluir en las capitulaciones que la vivienda es de lo 2 y que lo váis a pagar entre los 2.
Consulta esto (lo último) en la notaría.
Salu2
Necesito que me ayude urgente con mi respuesta por favor.
Estoy casada hace dos añoscon separacion de bienes. Mi marido tiene una hija de 15 años (nunca se casó con la mama de la hija; pero ella es muy astuta. Mi pregunta en caso si marido muriera que pasaria conmigo?? todo seria para la hija??; me corresponderia algo???
Si falle tu marido, los bienes de él lo hereda como es lógico su hija.
Tú tendrías derecho al usufructo de 1/3 de los bienes, salvo que tu marido haga un testamento y cambie esta situación.
Salu2.
Hola, estoy casada en régimen de separación de bienes. El piso en el que vivimos está a nombre de mi marido ya que se lo compró antes de casarnos y el paga íntegramente la hipoteca. Yo pago los gastos generales del piso (luz, agua, gas), los honorarios de la chica que viene a limpiar y la comida para ambos. Tenemos todas las cuentas bancarias por separado y no tenemos hijos.
Tengo 2 preguntas:
1)En caso de separación, ¿tendría derecho a algo?
2)Si decidiera “meterme” en la hipoteca con él, evidentemente no al mismo porcentaje ya que lleva pagados 3 años de hipoteca, ¿cómo quedaría eso con la separación de bienes? Si nos la embargaran, ¿cada uno respondería por su parte?
Muchas gracias por la respuesta. Un saludo.
1. No, tendrías derecho a tus bienes, que por eso estás en separación de bienes.
2. No tiene sentido, ya que la vivienda es de tu marido, salvo que cambieis la escritura de la vivienda.
Salu2.
con respecto a la pregunta que formule el pasado dia 21 y segun la respuesta, se me plantea una duda.
el piso lo estaba pagando yo sola durante los 6 años ( hipoteca ) y otros dos durante su construccion mediante entregas a la constructora, asi como absolutamente todo el mobiliario que en estos momentos tiene, por lo cual no veo justo escriturar ahora el piso a nombre de los dos y encima supondria un cuantioso gasto en papeleos, sin embargo puesto que desde este momento la hipoteca la estamos pagando a medias, si nos casamos en regimen de separacion de bienes y en un futuro nos separamos yo deberia entregarle todo el importe que el ha pagado durante ese tiempo ?
no se si esto es asi o son conjeturas mias.
gracias
Podéis hacer lo que queráis, pero la cosa es así:
– separación de bienes: cada uno es dueño de sus bienes.
– bienes gananciales: los bienes adquiridos o pagados (entero o por partes) es de los 2 al 50%.
Salu2.
estoy casada en separacion de bienes sin saberlo al casarme pues es el regimen en que se casan desde hace algun tiempo en la com. valenciana,mi pregunta es mi marido tiene a su nombre desde hace un año una fruteria,y luego se quedo otra a su nombre tambien,yo he trabajado con el en la fruteria desde que la abrio,sin cobrar ningun sueldo. En caso de divorcio tendria derecho a algo?
No, deberías de regularizar la situación.
Salu2.
Hola,
Mi situación es la siguiente y quisiera tener consejo:
Mi mujer y yo estamos con un regimen de separación de bienes. En su día yo pagué una mayor cantidad que ella para la compra de nuestra vivienda. Firmamos un documento extraoficial en el que se reflejaba este hecho. Ahora tenemos un hijo de 2 años y estamos hablando de separación. Me gustaría saber en qué situación me encontraría yo frente al tema de la vivienda y qué impacta el hecho de tener un hijo en común y que éste se quedé con ella. Muchas gracias por ayudar.
Lo normal es que si os pogáis de acuerdo y se haga la separación de forma correcta y negociada: a cada uno lo que le corresponda.
En cuanto al hijo afectará sobre quién se quedará a vivir en la vivienda. Generalmente si se va a juicio, el juez no emancipará al menor de la vivienda familiar, y por lo tanto el padre que se quede con la custodia seguirá viviendo allí.
Salu2.