
El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.
Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.
¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?
Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.
¿Qué artículo del Código Civil lo regula?
Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.
¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?
- Cuando así se hubiese pactado.
- Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
- Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.
¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?
Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.
¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?
Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.
Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.
En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.
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setoy divorciada,ahora estamos en la fase de separacion de vienes en el juzgado por la imposibilidad de llegar a un acuerdo amistoso,el primer juicio sera para ver el artivo y pasivo de la sociedad de gananciales,por no haber acuerdo en el mes de julio mi pregunta cuanto puede tardar el juzgado en liquidar,y cuanto puede constar,hay cuatro inmuebles y dos terrenos y tambien quisiera saber con que griterio suelen los jueces repartir los vienes gracias…………
Lo siento, pero en eso no te podemos ayudar.
Salu2.
Buenas, tengo un piso y ya me ha quedado claro que si me caso y no lo hago en regimen de separacion de bienes , lo que aporte cada uno durante el matrimonio sera al 50%, pero mi duda es, si se hace en separacion de bienes y despues percibimos las herencias correspondientes llegados el caso, la herencia que perciba cada uno de su respectiva familia pasa a ser de los dos o cada uno lo suyo,si es q mas adelante desembocaramos en separacion???, GRacias.
Las herencias siempre son del cónyuge que lo hereda independientemente del régimen matrimonial.
Salu2.
Estoy soltera. Tengo un piso en propiedad -piso 1- y voy comprarme otro piso al 50% con mi pareja -piso 2-. Estoy pensando en vender el piso 1 cambiarlo por otro -piso 3-, de manera que este piso 3 se compraría únicamente con mis bienes y no participaría mi pareja (estaría puesto sólo a mi nombre).
Como me voy a casar con mi pareja ¿el régimen de gananciales me garantiza la posesión al 100% del piso 1 o la reinversión que se ha hecho de él (Compra del piso 3 u otra inversión) independientemente de la fecha de la reinversión? Es decir, si esta inversión se hace después del matrimonio, ¿mi pareja tendría derecho a parte de esta inversión en caso de separación?
Gracias
Si compras un bien con el dinero privativo, dicho bien es privativo.
Salu2.
me case e hicimos separacion de bienes,me hecho de casa por problemas economicos,a los dos meses me toco una primitiva, volvi con ella y le di la mitad del premio.Ahora estamos divorciados,puedo reclamar esa mitad que le di.
Sí, podrías… aunque si se lo diste voluntariamente y no fue un préstamo.
Me gustaría saber si además de los regímenes matrimoniales de gananciales o separación de bienes, se pueden configurar unas capitulaciones matrimoniales ‘a medida’.
Mi caso es el siguiente: Mi pareja y yo tenemos una serie de bienes de forma individual. Ahora queremos casarnos y comprar una vivienda de forma conjunta. Queremos compartir todo a partir de ahora pero nos gustaría gestionar de manera independiente nuestros bienes anteriores. Nosotros somos trabajadores por cuenta ajena y queremos:
- dedicar un % de nuestro sueldo para gestionar/mantener nuestros bienes particulares.
- dedicar el resto del dinero a la vida en común.
¿Se podrían diseñar unas capitulaciones especificas en las que detallar, que en caso de separación, lo que esté a nombre individual sea sólo para esa persona, y que lo que esté a nombre de los dos sea a repartir, independientemente de la fecha de compra (antes o después del matrimonio) o revaloración de los bienes (durante el matrimonio)?
Salu2,
Sí, claro. El régimen de separación de bienes se realiza una escritura ante el notaria donde se establece todos los términos de la separación.
Aunque se está en separación de bienes, podéis crear una comunidad de bienes gananciales, en el que cada uno es dueño del 50% .
Salu2.
HOLA MI CASO ES QUE MI PADRE FALLECIO Y TODO APARENTEMENTE LO HA DEJADO COMO SEPARACION DE BIENES A LA SEGUNDA ESPOSA…………CON MI MADRE SE DIVORCIO Y NO LE DIO NADA COMO SE PUEDE HACER PARA VER SI HAY ALGO DE HERENCIA………YA QUE MI SITUACION ES CAOTICA YO TENGO UNA HERMANA Y 2 HERMANAS POR PARTE DE PADRE……………
PERO A NOSOSTROS LOS PRIMEROS HIJOS APARENTEMENTE NO NOS HA DEJADO NADA…………..
¿? Si tu madre está divorciado de tu padre, no tiene derecho a absolutamente nada, salvo una pensión de viudedad.
Vosotros como hijos tenéis derecho a la herencia al menos de la legítima.
Salu2.
estoy casada en bienes gananciales con el piso que es lo que tenemos, pero soy infiel en el matrimonio, cuando nos separemos seguira aún asi siendo para cada uno el 50%?
Sí, el 50% para cada uno. Otra cosa es quién tendrá derecho al usufructo de dicho bien.
Salu2.
Hola, estoy casada recientemente, en bienes gananciales, mi marido es el administrador de una SAT, y yo trabajo por cuenta propia como persona fisica. Si no hacemos separación de bienes, y el tuviera un impago…¿afectaría a mi negocio o la SAT solo responde con sus propios bienes?
Un saludo.ANA
Te puede afectar también a ti ya que pueden reclamar el 50% de todos vuestros bienes.
Salu2.
GRACIAS POR CONTESTARME………….PERO COMO PODRIA RECLAMAR LO QUE MI PADREE DEJO SI APARENTEMENTE A HECHO SEPARACION DE BIENES……………….
Contrata a un abogado.
Salu2.
me divorcie hace mas de 15 años pero no hicimos reparticion de bienes. me volvi a casar con otra persona. adquiri una casa y un vehiculo ademas de los bienes muebles. puede mi ex reclamar lo que se adquirio posterior a la separacion.de la primera relacion existe un hijo mayor de edad. y que le estoy aportando la cuota alimentaria fijada por un juzgado aunque el no se encuentre estudiando y con trabajos ocasionales
No, no lo creo.
Salu2.