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30 de abril de 2009

Separación de bienes

El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.

Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

¿Qué artículo del Código Civil lo regula?

Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.

¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?

  • Cuando así se hubiese pactado.
  • Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
  • Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.

¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?

Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.

¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?

Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.

Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.

En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.

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    1.240 comments to Separación de bienes

    • monica

      Muchas gracias por informar haces una labor increíble,perdona que te moleste otra vez si fallezco y los nudos propietarios no pagan la hipoteca pierden la herencia como me has contestado anteriormente pero el banco puede hechar al usufructuario o tiene que esperar a que fallecezca para derogar su derecho.

    • Antonio

      Me he casado en la comunidad valenciana, esto es en separacion de vienes.
      El problema es que mi mujer compro un piso a su nombre antes de casarnos, las cuotas mensuales de la hipoteca son de unos 500 euros mensuales mas agua, luz,escalera etc.
      Mi mujer ahora esta sin trabajo y sin cobrar PRESTACION ni subsidio, pues ya lo agotó.
      Yo sigo trabajando y gano unos 1000 euros.
      Como debo afrontar los pagos puesto que estamos en separacion de vienes?
      Los pagos que yo haga de la hipoteca sirven para algo, o solo para pagarle a ella la hipoteca.
      Me interesaría que me explicara como debemos repartir los pagos.
      Un saludo

    • Paloma

      Buenas tarde,

      mi consulta va referente a una amiga. Esta amiga se ha casado en régimen de separación de bienes pero que ha solicitado el marido, ya que al casarse el piso y la hipoteca del mismo esta a nombre de él. Ella solo ha firmado esta separación de bienes.
      La mayoría de los muebles del piso son comprados por ella, él solo ha aportado una vez casado el dormitorio matrimonial, a fecha de hoy tiene una hija. Mi pregunta es ¿si se separan que le corresponde a mi amiga? ¿Al tener una hija ella si se separan debería el abandonar la casa conyugal aunque este a su nombre de él? y por último, si se separan y como mi amiga esta en paro sin cobrar subsidio ni ayuda, el puede solicitar la patria potestad de la niña ya que él es el único que trabaja y tiene un piso a su nombre.

      Muchas gracias,

      Un saludo,

      • 1. Las cosas son de quien los ha comprado, por lo que si se separa, cada uno se llevará sus bienes.

        2. Nunca se emancipa la vivienda familiar de los menores (salvo la existencia de otra opción y que ambos padres estén de acuerdo).

        Por lo tanto, el padre que se quede con la custodia de los mejores, tendrá el derecho al uso y disfrute de dicha vivienda familiar (independientemente de quién tenga la propiedad.

        3. Eso ya depende del juez. Pero porqué no lo puede cuidar ella con una pensión compensatoria y una pensión de alimenticia para los hijos?

        Además, si él trabaja, es difícil que se haga cargo de los hijos.

        Salu2.

    • marino

      Estoy casado en saparacion de vienes y tengo dos hijo de 13 y 17años, estoy en tramites de divorcio la vivienda es de alquiler a mi nombre estoy jubilado y estoy pagando un embargo y tengo tres mas judicialmente ¿que dinero tendrá para los chicos y tiene derecho a una pensión compensatoria? ¿y en caso de abandonar la vivienda tengo que sigar pagándola si ella se queda?

      • La pensión compensatoria es para el cónyuge si por ejemplo hay una desigualdad de ingresos o uno de los 2 se ha quedado cuidado a los menores mientras que el otro trabajaba.

        Los hijos se quedará con uno de los padres y es posible que el otro padre tenga que pasar una pensión alimenticia.

        Todo esto lo podéis acordar entre vosotros o que decida un juez.

        La vivienda familiar se lo quedará en usufructo los hijos. Lógicamente si no es de propiedad, el que se quede tendrá que pagar los gastos (pudiendo exigir al otro padre el pago de una parte ya que va a vivir sus hijos allí).

        Salu2.

    • pepi caro

      Mi marido tiene una deuda porque fue fiador de mi hijo de un coche ahora le viene un enbargo del banco cetelem puede tener dos deuda que se la qitan de la pensión las deuda son sullas no mia a mi me pueden quitar algo de mi sueldo yo tengo media jornada soy limpiadora gracias

    • Egis

      Buenas,
      Mi pregunta seria la siguiente:
      estoy casado en Lituania y tenemos una propiedad en este pais, tambien tenemos una hipoteca de una vivienda aqui en España., y desde hace 7 años tenemos acciones en una empresa. Ahora quieremos hacer separacion de bienes, que para mi mujer quede las acciones y para mi la propiedad en Lituania y la hipoteca aqui. Que pasos tengo que seguir y si es posible hacer todo lo que quieremos.
      Gracias y un saludos
      Egis

    • Arelis

      Tengo 10 años de casada y tengo dos hijos 7 y 11. Mi marido quiere hacer la separacion de bienes. Quiero saber si es Bueno para mi aceptar eso o si es negativo y que consecuencia me traeria al futuro.
      Mil gracias
      Arelis

    • jorge

      buenas tardes
      mi duda es la siguiente,el año 2011 me casé con bienes separados,ese mismo año,después de casarme, juntamos dinero para un subsidio habitacional y abrimos una libreta para el ahorro de la vivienda que está al nombre de mi ex y nos resultó,todo iba bien hasta que el año 2013 se terminó la relación de pareja y me fui de la casa, hicimos el trámite de CESE DE CONVIVENCIA a principio de este año,pero seguí pendiente de lo que pasaba con el subsidio y la constructora encargada dice que a fin de 2016 entregarán la casa.
      ahora mi pregunta es,TENGO ALGUNA POSIBILIDAD DE RECLAMAR LA MITAD DE LA PROPIEDAD TENIENDO EN CUENTA QUE ESTAMOS CASADOS CON BIENES SEPARADOS?

    • Amparo

      Buenas noches.
      Estoy casada por separación de bienes, no tenemos hijos en común, yo tengo un hijo de una relación anterior, los padres de mi marido viven y mi marido no tiene hecho testamento. Pero si un par de seguros de vida a mi nombre (uno de la empresa y otro particular).
      El piso lo compró y está a su nombre antes de casarnos.
      En caso de que mi marido falleciera, que pasaría?
      Y con las deudas que están a su nombre? (Hipoteca, tarjetas de compra, coche, prestamo personal) Me tendría que hacer yo cargo?
      Si

    • Luis Serra D.

      Tengo un hijo adoptivo que ya tiene 45 años que adopte en su día, pero que no se nada de el hace ya 20 años, estoy casado en régimen de Separación de bienes, y tengo un hijo fruto de matrimonio, si reclamara el hijo adoptivo, que le correspondería

      • Lo que tenéis que hacer es desheredarlo.

        Acude a una notaría y escribe un testamento motivado de que ese hijo ha desaparecido.

        Si no hacéis así, podría reclamar al menos la mitad de 1/3 de la parte legítima de la herencia que le corresponde por ley.

        Salu2.

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