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30 de abril de 2009

Separación de bienes

El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.

Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

¿Qué artículo del Código Civil lo regula?

Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.

¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?

  • Cuando así se hubiese pactado.
  • Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
  • Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.

¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?

Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.

¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?

Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.

Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.

En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.

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    1.240 comments to Separación de bienes

    • Eli

      Hola buenos tardes mi pregunta es su madre tiene dinero casas y el su único hijo nos vamos a casar yo se q son sus cosas y es normal q quiera proteger sus cosas q son d ella q algún momento será para el si ago separación d bienes en q me perjudica a mi luego cuando me case con el estoy muy confusa gracias

      • Lo único es que cada uno tendrán sus bienes, nada más.

        De todas formas, los bienes de su madre que pasará a él serán privativo, es decir, da igual el régimen matrimonial que seguirá siendo de él al 100%.

        Salu2

    • selene

      Hola x favor entonces si se divorsia uno al divorciarse a ella no le toca nada,y si hay 3 hijos?

      • ¿?…

        Si se divorcia, se reparte los bienes si hay una comunidad de bienes.

        Si hay 3 hijos, estos se quedarán en la vivienda familiar, y el progenitor con la custodia también, independientemente de quién sea la vivienda.

        Salu2.

    • nacho

      Mi novia tiene un piso donde vive su madre y su hermano.
      En caso de que fallezca su madre y su hermano no pague facturas de luz,basura ,contribucion, la multa por demora por los gastos la deberia pagar mi novia???, al estar el piso a su nombre???, lo mejor seria venderlo, es asi??.

    • Ana

      Si disponemos de bienes de antes de realizar la separación de bienes.
      Como se reparte, quien asume los gastos…..

      • Si era ya un bien privativo, no hay que hacer nada.

        Con los bienes gananciales (si es que hay) hay que repartirlo.

        Lo normal es que en el momento de casarse se firman las capitulaciones y cada uno ya es dueño de sus bienes desde el primer momento.

        Salu2.

    • Jokin

      Con capitulaciones en régimen de separación de bienes, caso de separación; El cónyuge que hubiera dejado dinero de su patrimonio (herencia) al otro cónyuge para: cancelar deuda auto dedicado exclusivamente a su trabajo, y para el amueblamiento de su casa en propiedad, tiene derecho a que le sea devuelto?

    • Yolanda

      Yo estoy casada desde hace 11 años tengo dos hijos de 11 y 5 años y mi marido quiere ser ahora separaciones de bienes ha raíz de querer conprarlo un negocio y dise no querer meterme en medio pero mi pregunta es si el tubería un niño fuera del matrimonio le correspondería al niño la parte suya aunque estuviéramos casado gracias

      • Los bienes de él se pasaría a partes proporcionales a todos sus hijos, salvo que en testamento mejore la herencia de algún hijo en detrimento de otros.

        Al hacer separación de bienes, quedará bien delimitado cuáles serán tus bienes y de tu marido y en caso de fallecimiento, los bienes del fallecido pasará a los hijos o lo que establezca en el testamento.

        El viud@ tiene derecho a 1/3 de todos los bienes del fallecido en usufructo salvo mejora en el testamento.

        El régimen matrimonial no afecta sobre la pensión de viudedad.

        Salu2.

    • Maria

      Estoy casada en gananciales si hago separacion de bienes. Las rentas de el son consideradas gananciales o privativas.

    • ana

      hola,me voy a casar en unas semanas,mi pareja esta divorciada y con un hijo,yo soltera y sin hijos,en caso de fallecimiento de alguna de las dos partes,quien heredaría??gracias

      • Si fallece tu pareja, hereda su hijo. Tu tendría derecho al usufructo de 1/3 de sus bienes, salvo mejora en testamento.

        Si falleces, al no tener hijos, tus herederos serán: tus padres, abuelos.

        Si no hay padres ni abuelos, los colaterales: marido, hermanos.

        Tu marido en cualquiera de los casos tendrías también derecho al usufructo de 1/3 de tus bienes salvo mejora en testamento.

        Salu2.

    • ana

      una ultima pregunta,tengo uan herencia de mis padres ,una vivienda que aun no esta ami nombre,en este caso seria de tdos los hermanos,si yo me caso,ala hora de arreglar papeles para ponerla ha mi nombre si mis hermanos la rechazan,mi marido tendría algo que ver con ese inmueble??ya que tiene un hijo con otra pareja anterior,gracias

      • Las herencias son bienes privativos, siempre será de tu propiedad independientemente de cómo os caséis. Eso sí, en bienes gananciales, las rentas que se obtenga durante el matrimonio de dicho bien privativo son gananciales.

        Salu2.

    • Loly

      Mi marido tiene una empresa. Llevamos varios años casados. No estamos pasando un buen momento y estamos viviendo por separado. Mi marido está haciendo algunas locuras y no quiero que me repercutan ni a mí ni a mi hijo. Como puedo hacer para la separación de bienes? Sería conveniente participar yo en la empresa (de la que no quiero nada) si al final nos separamos? Más que nada por si le pasa cualquier cosa que no la pierda. O por el contrario tendría que oponerme a nada que tenga que ver con la empresa. Gracias

      • Debes de acudir a una notaría, allí te indicarán de todo lo que debéis de hacer para proteger tus intereses. Lógicamente, tu marido ha de estar conforme.

        Salu2.

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