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30 de abril de 2009

Separación de bienes

El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.

Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

¿Qué artículo del Código Civil lo regula?

Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.

¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?

  • Cuando así se hubiese pactado.
  • Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
  • Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.

¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?

Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.

¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?

Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.

Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.

En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.


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    408 comments to Separación de bienes

    • angustiada

      hola, estoy un poco nerviosa por que mi marido se acaba de marchar de casa, estoy desconcertada por que no se como vamos a vivir, tengo un hijo de 18 años que está estudiando, y una niña de 14 que tambien esta estudiando, yo tengo 40 años no trabajo y llevaba 20 años casada tenemos una hipoteca y mi marido es funcionario, quele corresponde pasarme? graciasss porfa haber si me podeis responder prontito estoy angustiada.

      • Si estás en bienes gananciales, le corresponde el 50% de los bienes que tengáis, y además, si os divorciais, el juez establecerá seguramente una pensión de compensación o similar.

        Ponte en manos de un abogado.

        Salu2.

    • DIANA

      Hola, estoy pensando seriamente en separarme de mi esposo, somos casados hace 21 años por lo catolico, quiero saber como es el proceso si debo solicitar inicialmente la separacion de bienes

      • No hace falta, durante el proceso de separación y sólo en el caso de que no sea amistoso (acuerdo entre las partes para repartir los bienes) un juez dictaminará qué bienes se adjudica a cada cónyuge.

        Salu2.

    • Chiara

      Soy italiana y me case por civil en españa con un argentino. no hicimos separacion de bienes.Podriamos optar por la separacion ahora.Ahora vivimos in Argentina pero todavia no homologamos el titulo matrimonial. Si se puede donde se tiene que presentar la solicitud?
      Desde ya muchas gracias,
      AC

      • Cuando se quiera un matrimonio puede decidir realizar la separación de bienes.

        Tan sólo debéis de acudir al Notario con un listado de bienes de cada uno de los cónyuges.

        Salu2.

    • Sandra GMD

      hola, estoy casada en regimen de separacion de bienes, dejé mi casa porque no aguantaba la situacion que estaba viviendo por su adicción. Ahora tras casi un año, le he enviado un convenio regulador para divorciarnos por mutuo acuerdo, pero no acepta nada de lo que le pido, pues dice qu elos muebles son suyos, cuando hay un sofa que está a mi nombre y que está pendiente de pago,y que yo ya me llevé mis cosas, y tambien hay una hipoteca a nombre de los dos que avala mi madre con su casa y que no está pagando. Yo estoy desempleada y bastante deprimida la verdad y no sé que hacer ya,..Gracias por su atención

      • La única solución si no llegáis a un acuerdo es a través de vía judicial.

        En este caso, el juez dictaminará qué corresponde a quién.

        Necesitarás un abogado.

        Suerte!!

      • Sandra GMD

        Entonces, es el único camino?,..que costes puede tener éste proceso,..el es abogado y se sabe muchas artimañas!!, he oido tambien que en mi régimen hay derecho a pensión compensatoria, es posible?, si él está declarado insolvente o en quiebra,..como puedo cobrar?
        No quiero complicarme, pero creo que el tema impago de la hipotega es lo más grave que está cometiendo,..
        Gracias

      • En ese caso lo vas a tener muy complicado. Contrata a un abogado ya. Su coste depende del profesional que contrates. Consulta tarifas.

        El tema de la hipoteca es muy importante, ya que puede embargar la vivienda de tu madre.

        Suerte!!

    • Sandra GMD

      GRACIAS POR ESTAR AHI, SEGUIRE TUS INDICACIONES.
      UN CORDIAL SALUDO,

    • Violeta

      Hola:
      mi marido (cubano)y yo, nos casamos en la Embajada de España en su país. No hicimos separación de bienes. Desde hace dos meses contratamos unaa hipoteca (nos la concedieron por mi nómina y situación laboral- indefinida- y aporté el 20% del importe). Ahora, estoy pensando en hacer separación de bienes, pero estoy muy despistada y no sé cómo llevar a cabo el proceso, qué tengo que llevar al notario y qué coste económico implicará. Se están dando problemas a partir de la adquisición de la hipoteca y no quisiera que, sin haber aportado nada a ella, al final se pudiera beneficiar de la casa y su valor.
      Muchas gracias por atenderme.

      • Lo malo es que al haber comprado la vivienda durante el matrimonio, independientemente de quién aportó más dinero, el bien es de los 2 cónyuges por igual.

        Sólo es privativo la parte del capital y bienes que cada cónyuge tuviera antes del matrimonio.

        Si ahora hacéis la separación de bienes, podéis delimitar de quién es qué, y eso lo tenéis que hacer ante un notario, al quien tenéis que llevar una relación de bienes con su correspondiente titular.

        El coste del notario varía en función del número de folios del acta notarial, pero creemos que te costarán aproximadamente unos pocos cietos de euros.

        Acude a uno y solicita información tanto sobre la separación de bienes como de su coste.

        Salu2.

    • Lidia

      Hola:

      Si se ha hecho una separacion de biens delimitando de quien es casa propiedad ante un notario, se puede retroceder y volver a tener los bienes como gananciales??

      DESPUES DE UNA SEPARACION DE BIENES, SE PUEDE VOLVER ATARS Y QUE LOS BIENES SEAN DE LOS DOS (GANACIALES)??
      QUE GASTOS PODRIA TENER EN EL CASO DE QUE SE PUDIESE??

      • Puedes cambiar de régimen matrimonial siempre que quieras y acudiendo a un notario.

        El coste puede varia entre un notario y otro.

        Consúlta tarifas y ya nos contarás…

        Salu2.

    • Xanani

      Bueno esta página sirve de mucha ayuda, yo estoy en plena separación de bienes, ya tengo las capitulaciones pero todavía tengo que presentarlas en el registro, y por medio estamos comprando un coche, que queremos que este al 50%, pero parece ser que ahora un coche solo puede tener un propietario, así que no sabemos lo que hacer si ponerlo a nombre de uno solo y figurar los 2 en la financiación, o a nombre de uno solo y solo figurar uno en la financiación, si me podeis ayudar os lo agradecería.

      Un cordial saludo

      • En estos momentos (desde la entrada en vigor de la Nueva Ley de Tráfico el pasado 25 de mayo), en Tráfico sólo puede aparecer un titular del vehículo.

        Por lo que para que figure y quede constancia de que sois los dos propietarios al 50% del ese vehículo, debereis incribirlo en el Registro de Bienes Muebles.

        Ese registro será quién determinará la propiedad del vehículo, independientemente de los datos que figuren ahora en la base de datos de la DGT, o en la financiación en la cual podeis aparecer los dos sin incluir en ese punto.

        ESperamos que os sea de ayuda.

        Salu2!

        – Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

    • Raul

      Hola, estoy pensando en casarme con bienes gananciales, resulta que estoy pagando un piso que compre hace 6 años y aun me quedan por pagar intereses y capital. ¿Si algun dia nos separamos que pasaría?

      Gracias

    • Carla

      Hola,estoy en proceso de divorcio (presentada demanda por mí)La casa donde vivimos va a mi nombre y tenemos separación de bienes desde que nos casamos, tengo una hija de 16 años que de momento está conmigo puesto que no ha salido el juicio todavía, el padre quiere la custodia compartida (algo en lo que yo estaría de acuerdo, puesto que siempre he sido de la idea que los progenitores tienen igual derecho a disfrutar de los hijos), pero hay un problema, el padre pretende que mi hija se quede en el domicilio familiar y que seamos él y yo los que salgamos semanalmente. Mi pregunta es: Si la casa va a mi nombre y ha sido el domicilio familiar…podría darse el caso de que yo tenga que abandonar mi casa en semanas alteranas cuando yo no tengo otra vivienda y mi marido ya tiene otra casa en la cual vive un año? Muchas gracias.

      • Estándo en separación de bienes, la vivienda es suya sin ninguna discusión.

        El tema está en que al ser la vivienda familiar, independientemente de quién sea la vivienda, los menores se quedarán a vivir en dicha vivienda y por lo tanto también el padre que tenga la custodia, salvo que haya acuerdo o alternativa.

        Le recomendaría que pusiera el asunto en manos de un abogado para que le aconseje y ayude a realizar este trámite.

        Salu2.

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