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7 de mayo de 2009

Resuelve tus dudas sobre la declaración

La Agencia Tributaria es la primera en suministrar información tributaria y en ofrecer un servicio gratuito para hacer la declaración de quienes no quieren o no saben hacerla por su cuenta. Además, elaborar un borrador de la declaración para quienes lo piden y cumplen ciertos criterios, además de un servicio de petición de datos fiscales que le permite comprobar lo que hacienda sabe de él.


Los puntos de información son:

  • A través del Teléfono:
    • Para solicitar Información tributaria básica: 901 335 533.
    • Para solicitar cita previa: 901 223 344.
    • Para pedir los datos fiscales y solicitar el borrador: 901 121 224 y 901 200 345.

Algunas comunidades también ofrecen servicios gratuitos para hacer la declaración, al igual que algunas empresas grandes, algunos bancos y cajas de ahorro que ayudan a sus trabajadores y clientes.

El programa PADRE, que se puede obtener de forma gratuito ya sea en CD o descargando de la página web de la Agencia Tributaria, es una buena ayuda a la hora de elaborar la declaración. Una vez introducido los datos en este programa, sólo se ha de imprimir el resultado en papel y listo para presentarlo en el banco.

Los impresos de la declaración, de venta en estancos, delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria se acompaña de una Guía de la declaración. El Manual Práctico de la Agencia Tributaria, más amplio y con ejemplos, se vende por separado.

Acudir a un asesor fiscal profesional (una declaración sencilla su coste ronda los 30€).

166 comments to Resuelve tus dudas sobre la declaración

  • Emilio Jose

    Compré piso en el 2010 por valor de 168000.De los cuales 100000 solicité al banco mediante crédito.Este año he tenido el máximo de desgravación al exceder de 9000.¿Quería saber si los 68000 se podrían deducir durante dos ejercicios fiscales y obtener el año que viene el máximo de desgravación?

  • víctor málaga

    Buenos días, ante todo agradezco el tiempo empleado por vosotros para resolver todo este tipo de cuestiones y dudas.
    Os expongo el caso:
    Compra de vivienda el 17/01/2006 por 94060 euros.
    Venta de la misma el 7/12/2010 por 153140,26 euros.
    Aún no sabe si reinvirte o no, hay alguna casilla del programa padre en el que haya que reflejar el compromiso de reinvertir o no hay que anotar nada?.
    Cuales son los gastos de transmisión y cuales de adquisición?. (supongo que si en su día se dedujo los gastos de registro, notaría y demás no habrán de incluirlos no?).
    Hay que reflejar los datos de la ganancia patrimonial aunque no se reinvierta aún?, o se deja en blanco y se hace una complementaria en diciembre de 2012?.
    Gracias por todo.

    • Creo recordar que sí que hay que reflejarlo, y no tienes que rellenar nada de las ganancias obtenidas.

      En cuanto a los gastos… son todos los que tuviste que pagar para la adquisición o los que pagues por la venta.

      Salu2.

  • pedro

    buenas tardes, quería realizar una pregunta sobre un caso particular, en la hoja de retenciones del 2010 me aparecen 2 retenciones, por un lado las cantidades pertenecinetes al 2010 y por otro una del año 2009 por la cantidad de 380€ cobrados en el 2010 pero pertenecientes al 2009, y aparece una retención realizada en el ejecicio 2009 por una cantidad de 57,13€, esto que quiere decir, que me aplicaron La mencionada retención por esa cantidad en el año 2010, es decir, que esta incluida en este año, o por el contrario es a titulo informativo y tengo que hacer la complementaria por esa cantidad?, esta cantidad justifica la realización d una complementaria?
    muchas gracias por su ayuda.

    saludos

    • ¿Cobraste algún salario en 2010 que correspondía al año 2009?

      En tal caso, tienes que presentar la complementaria del 2009.

      De cualquier forma, te recomiendo que hables con la administración de la entidad que te haya hecho estas retenciones e incluso también en la Agencia Tributaria.

      Salu2.

  • Jorge

    Hola buenas,

    En mi declaración me deduzco alquiler de la vivienda habitual que es mi domicilio fiscal. Sin embargo en el padrón muncipal aparezco yo con mi hijo que nació a finales de 2010 en otro domicilio.
    Hacienda me requiere demostrar la convivencia con mi hijo ¿Si entrego el padrón donde aparecemos los dos y aclaro alguna razón por la que estamos en dos domicilios, me mantendrian la desgravacion por hijo y alquiler o me quitarian una de las dos?
    ¿ Por otro lado le valdría a hacienda una declaracion jurada mia y de testigos de que el niño ha vivido conmigo en mi domicilio fiscal, ya que de esa manera mantendria las dos deducciones?
    Muchas gracias por la ayuda y un saludo.

    • Presenta justificante de consumo de suministros de hogar a tu nombre y del domicilio de alquiler.

      Igualmente presenta las declaraciones juradas.

      Por último, hay que estar siempre empadronado en el lugar de residencia habitual, así que nunca es tarde cambiarlo.

      Salu2.

  • rosario gil

    Hola en 2006 me divorcie (la sentencia ratificada es de Enero de 2007)mi marido se quedo con la casa y a mi me dio un dinero en metalico, ahora hacienda me reclama el no haberlo incluido en la renta de ese año ya que consideran que he sufrido un aumento de patrimonio.En su momento no lo inclui porque en la propia agencia tributaria me dijeron que se consideraba liquidacion de gananciales y que eso no tributa.¿que puedo hacer?

  • rosario gil

    Muchas gracias, estoy en ello.

    Parece que con hacienda siempre pagamos los mismos!!

  • maria

    si te manda una carta certificada , y te la devuelven te manda otra ?? y ke te pases por la agencia tributaria por no a ver recibido la otra??

  • rosa

    He alquilado un piso a una empresa, y lo voy a declarar, mi duda es que antes no lo he declarado, pueden revisarme años atras si ahora lo declaro?., yo vivo en una ciudad y el piso lo tengo en otra?
    gracias

  • Fernando

    Buenas tardes: al fallecer mi padre heredé una parte de un piso que el notario, en la aceptación de herencia, valóro en 126.000€. Ahora, con mis hermanos, queremos vender ese piso, pero el precio de venta va a ser de 100.000€. Esto es una pérdida patrimonial a la hora de hacer la declaración de la renta?
    Gracias

  • mari carmen

    tengo un piso de alquiler y e realizado unas obras puedo meter eso como gasto de casa

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