A la hora de adquirir una vivienda, además del precio de la misma, hemos tener en cuenta los gastos e impuestos derivados de la compra, con el fin de disponer de suficiente dinero para afrontar todos estos gastos y tenerlo en consideración para saber qué cantidad de dinero se ha de solicitar de hipoteca.
Como norma general, los gastos e impuestos de la compra de una vivienda significan el 10% del valor del coste de la vivienda. Si tenemos también en cuenta que las entidades financieras generalmente conceden como máximo 80% del valor de piso, cuando elijamos nuestra vivienda ideal, debemos de disponer de suficiente dinero para afrontar el pago del 30% del valor de piso en el momento de la escritura.
Ese 10% de los gastos podría reducirse si reunimos ciertas condiciones y beneficiarnos de algunas ventajas fiscales. Vamos a detallar cada uno de estos impuestos que hemos de pagar a la hora de realizar la compra.
- IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Se paga únicamente en la compra de una vivienda nueva (primera transmisión). El tipo aplicado para las viviendas libres es el 7% y para las VPO (Vivienda de Protección Oficial) es el 4%.
- ITP (Impuesto sobre Transmisión Patrimoniales): Este impuesto se aplica sobre las viviendas de segunda mano y su tipo se sitúa entre el 6% y el 7% en función de las Comunidades Autónomas.
- AJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): Grava los documentos notariales, en este caso será la escritura pública de la compraventa y el tipo que se aplica es el 0,5%.
Además de estos impuestos, se generan unos gastos que completará ese 10% y que son fundamentalmente:
- Gastos Notariales para la escritura pública de la vivienda.
- Gastos de gestoría en la compra de la vivienda
- Gastos de Registro de la propiedad.
- Gastos de tasación de la vivienda
También hemos de saber que si la vivienda que se adquiere es una vivienda habitual, dispondremos de unos beneficios fiscales y unas deducciones:
- Antes de la compra podemos deducirnos el 15% de hasta 9.015€ que aportemos a una cuenta vivienda y/o al promotor antes de la entrega.
- En el año de la compra, nos podremos deducir los gastos, impuestos y dinero pagado para la adquisición de la vivienda.
- Si hemos solicitado una hipoteca, también se puede deducir el 15% de las cuotas pagadas (Capital + Intereses) y hasta un máximo de 9.015€.
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Buenas noches.
Mi pregunta es por los gastos que me va a generar la venta de mi piso.
La compré hace 6 años por 145600 Euros, y ahora la quiero vender por 150000 Euros.
Tengo las facturas de los gastos de escrituras, y de varios arreglos en la vivienda.
Que gastos me genera la venta??
Tendría que pagar plusvalía??
La casa que me quiero comprar también tendría un valor de 150000 Euros.
El beneficio que obtengo de la venta, es simplemente las cantidades amortizadas por mi en la hipoteca, que serían de unos 23000 Euros.
Muchas gracias.
Los gastos que tienen que afrontar el vendedor es básicamente la plusvalía que se haya generado con la venta.
Los demás gastos, generalmente lo pagan el comprador, aunque se puede acordar de diferente forma.
Según los datos que nos aportas, no has obtenido nada de plusvalía, ya que si la vivienda te costó 145.600€, tuviste que pagar los gastos e impuestos de dicha compra que supera el precio de venta.
Salu2.
hola,
dices en tu artículo:
“En el año de la compra, nos podremos deducir los gastos, impuestos y dinero pagado para la adquisición de la vivienda.”
yo compré un piso el el 2010 y tengo varios gastos e impuestos de la compra facturados con fecha del 2011, crees que puedo deducirlos en el año 2011?
Saludos.
Sí, sin problemas.
Salu2.
Buenas
Este año (2011) he adquirido una vivienda, de que ventajas fiscales se pueden aprovechar?
Gracias.
Pues la de deducciones de la vivienda habitual, si tienes ingresos inferiores a los 24.000 euros.
Salu2.
Gracias.
He vendido una vivienda. Ahora en diciembre de 2011 me dan la paga y señal y el resto en enero de 2012. A la hora de pagar los impuestos preceptivos a hacienda, al recibir el valor de la venta en dos años fiscales distintos, ¿Puedo pagar los impuestos cuando haga la declaracion de la renta de 2012 o estoy obligado a declarar la paga y señal en la renta de 2011?
Lo tienes que declarar en el año de la escritura de la venta.
Salu2.