En muchas ocasiones los clientes entregan su coche o vehículo al concesionario, ya sea para que éste se encargue de su venta, como parte del pago al adquirir el nuevo, o para darlo de baja y acogerse al PLAN 2000E. En este artículo indicaremos los trámites que se deben efectuar para cada uno de los casos:
Entrega de vehículos para desguace:
Si el cliente que va a adquirir un vehículo dispone de otro para dar de baja, en ocasiones se encarga de tramitar la misma el propio concesionario.
En este caso, el cliente titular del vehículo deberá firmar la solicitud de baja y ya con ello el concesionario podrá llevar el vehículo a un Centro de desguace autorizado denominados CAT, donde le entregarán el Certificado de destrucción y procederán a dar de baja definitiva el coche en Tráfico de forma telemática.
En este caso el concesionario debería entregar al cliente una copia de la baja definitiva del vehículo para que éste tenga la certeza de lo que ha ocurrido con su vehículo. Si no se la entregaran podría acudir a Tráfico y solicitar el historial del vehículo con sólo abonar una tasa de unos 10€. Ahí aparecerá si se ha dado de baja o no, la fecha y todos los datos.
En cualquier caso conviene que los trámites de baja de su vehículo los realice uno mismo y así se asegurará más fácilmente del destino final del vehículo. Para ello sólo hay que llamar a un desguace autorizado que le recogerá el vehículo en grúa de forma gratuita (conviene confirmar este punto con el desguace antes de nada) y le entregará el Certificado de destrucción y la baja al momento.
En el caso de que le quisieran cobrar por el servicio de grúa, llame a otro desguace. No circule nunca con el vehículo sin asegurar hasta el desguace porque no merecen la pena los problemas que esto le podría ocasionar si tuviera algún percance o le pararan los agentes de tráfico.
Entrega de vehículos como parte del pago del nuevo coche adquirido:
Este caso es en realidad es una compra por parte del concesionario del antiguo vehículo del cliente . Y se pueden dar dos casos:
- Si el cliente es profesional o autónomo o su coche está a nombre de empresa y vende su vehículo antiguo, emitirá una factura con IVA.
- Si el cliente que entrega su coche como parte de pago es un particular, el concesionario o compraventa que lo adquiera emitirá una factura de compra. Esta será firmada por el transmitente y que no llevaría impuesto alguno puesto que en esta operación no habría IVA. Sin embargo, el comprador y vendedor deberán acordar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que es el 4% del valor por tablas de Hacienda del vehículo, teniendo en cuenta su antigüedad.
El cliente que entregue su coche debe saber que los vendedores profesionales del sector automoción están exentos de liquidar dicho impuesto si revenden el vehículo en el plazo de 1 año.
Para ello, en el momento de la compra presentarán el modelo 620 en Hacienda acogiéndose a esta exención, y una vez que hagan su venta deberán comunicarlo a la Delegación de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma ya que sino una vez cumplido ese año de margen, tendrían que liquidar dicho Impuesto.
Entrega del vehículo al concesionario para que se encarguen de su venta.
En ocasiones el cliente deja su vehículo en las instalaciones para que éste se encargue de su venta, pero manteniéndose su titularidad, es decir, sin efectuar ninguna transferencia del mismo.
En este caso deberá ambas partes, cliente y compraventa deberán firmar un Contrato de depósito y comisión de venta, y una vez que haya un comprador interesado y se efectúe la venta, deberá firmarse un nuevo contrato de compraventa entre el antiguo propietario y el nuevo comprador.
El compraventa o concesionario para poder realizar este tipo de operaciones deberá estar dado de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores en el Epígrafe 631. Intermediarios del Comercio, del IAE.
Si en el caso de realizar la venta el concesionario obtuviera algún tipo de comisión por parte del cliente que dejó su coche para su venta, habrá que liquidar el IVA (16%) de la misma como intermediario.
Y será necesario que se informe al nuevo comprador de que el concesionario o compraventa sólo está actuando como mero intermediario, y por tanto, cualquier reclamación o la responsabilidad de la garantía del vehículo correrá a cargo del antiguo propietario, quedando eximido el concesionario de la misma.
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Me gustaria saber cómo podria deshacerme de mi coche por motivo de que no puedo mantenerlo. gracias
Hola Jaime.
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Salu2
hola, jaime que coche tienes ?
Hola fuad.
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Salu2
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hola, os cuento mi caso, en un concesionario me han ofrecido una oferta, de 2200€ de descuento, es sobre un coche nuevo, dicen q no es km 0, es nuevo, me han mandado x correo electronico el presupuesto,,, el descuento conciste en: el coche nuevo lo matriculan a nombre del concesionario (como autonomo) y luego lo ponen a mi nombre….en el precio final tb esta incluido el cambio de nombre… total 2200€ mas barato q en otros concesionarios… que os parece eso?espero buestras opinion gracias…
Hola Juan Diego
Es una práctica más ahbitual de lo que parece. Automatriculando a nombre del concesionario se puede vender a un precio inferior, pero ten en cuenta que a cambio el coche tendrá que estar un tiempo a nombre de ese concesionario.
Pasado ese tiempo establecido por la marca, te lo podrán transferir a tu nombre.
Aclara con ellos:
- cuanto tiempo tendrá que estar a su nombre
- quién corre con los gastos de la transferencia e Impuesto municipal de Circulación
- que te muestren o den una copia del contrato de compraventa que firmaríais que te asegure que pasado ese tiempo se va a transferir a tu nombre.
- guarda los justificantes de los pagos que le hagas e indica tu nombre y apellidos y el número de bastidor del coche en los mismos.
- aclara con tu seguro en caso de siniestro a quién indemnizarían (al ser ellos los titulares no está claro)
Y pide la factura del coche a tu nombre.
Por lo demás, si el dinero te compensa, no habría inconveniente.
Salu2 y ya nos contarás qué decides.
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hola!!
pues queria saber si alguien sabe si mi coche lo entrego al concesionario y no me quiero comprar ninguno,solo lo quiero vender para tener dinero nada mas….
eso esta permitido o como va??
Hola Patri.
En ese caso hay dos opciones:
- o que el concesionario te lo compre: se transfiriría por tanto a su nombre. Sería una venta normal y te despreocuparías ya de tu coche. Tendrías que seguir lo strámites de compraventa indicados en:
Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares/
- o sino podrías entregárselo al concesionario para que se encargue de su venta: se transferiría al comprador que te encontraran y mientras tanto quedaría en sus instalaciones.
En este caso echa un vistazo y sigue las indicaciones explicadas en el artículo en el punto “Entrega del vehículo al concesionario para que se encarguen de su venta” para que no tengas problemas..
Salu2 y si te podemos ayudar en algo más, por aquí seguimos
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