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12 de Agosto de 2009

Descuento por minusvalía en la compra de coche: reducción del IVA al 4%

Las personas minusválidas tienen derecho en la compra de coche a la aplicación del tipo reducido de IVA al 4%, conocido como descuento por minusvalía. Para ello deberán cumplir los requisitos exigidos y no podrán vender o transferir el coche o adquirir uno nuevo, mientras no haya pasado un tiempo determinado. Indicamos a continuación toda la información al respecto.

¿En qué casos se aplicará el IVA reducido al 4% en la compra de coche para las personas minusválidas?

Se aplicará el IVA reducido o llamado descuento por minusvalía en los siguientes casos:

  • Venta y reparación de vehículos cuya tara no sea superior a 350 kg. y que, por construcción, no puedan alcanzar en llano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido especialmente, y no meramente adaptado, para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física.
  • Venta de vehículos a motor que, previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor de los mismos. Ha de tratarse de vehículos con capacidad suficiente para trasladar al minusválido en su silla de ruedas, o que sean aptos para el transporte de personas con movilidad reducida.
  • Venta de vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con minusvalía en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación.

¿Qué se entiende por personas con movilidad reducida o con minusvalía en silla de ruedas?

  • Personas con movilidad reducida:

Son aquellas cuya movilidad se encuentra disminuida debido a causas físicas (sensoriales o motrices), edad, deficiencias intelectuales o cualquier otra causa de discapacidad manifiesta para utilizar un medio de transporte, y cuya situación requiera atención o adaptación especial.

También serán consideradas como tales:

- Las personas ciegas o con deficiencia visual afiliadas a la ONCE, que acrediten su pertenencia a dicha organización mediante certificado expedido por la misma.

- Las personas que tengan derecho a la utilización de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, expedida por las Corporaciones Locales, ajustada al modelo europeo y válida en todo el territorio nacional.

  • Personas con minusvalía en silla de ruedas:

Son aquellas cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33% y se desplacen en silla de ruedas.

Se consideran también afectados por una minusvalía igual o superior al 33% las siguientes personas:

- La persona cuya incapacidad sea declarada judicialmente. En este caso, la minusvalía acreditada será del 65%, aunque no alcance dicho grado.

- Los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

- Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez.

Si vendiera posteriormente el coche o comprara uno nuevo, ¿qué condiciones habría que cumplir para mantener el derecho al 4 % de IVA?

En el caso de que decidiera vender posteriormente el vehículo adquirido con este beneficio o de adquirir uno nuevo, para mantener el derecho de la reducción del IVA al 4% y no tener que abonar nada a mayores, habría que cumplir los siguientes requisitos:

  • En el caso de una nueva compra, tendrían que haber transcurrido al menos cuatro años desde la adquisición de otro vehículo en análogas condiciones. Excepto si hubiera habido un siniestro total en el vehículo que se intenta sustituir con la compra de uno nuevo.
  • En el caso de que se vendiera, la transferencia tendría que ser posterior al plazo de 4 años desde la fecha de compra del mismo.

Y si no se cumplieran las dos condiciones anteriores, ¿qué ocurriría?

En el caso de incumplimiento de esos dos requisitos, el beneficiario tendría obligatoriamente que abonar en la Hacienda Pública la diferencia entre la cuota que hubiese debido soportar por la aplicación del tipo impositivo incrementado, y la efectivamente soportada cuando efectuó la adquisición del vehículo.


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48 comentarios: Descuento por minusvalía en la compra de coche: reducción del IVA al 4%

  • francisco

    quiero comprarme la ford s max que tiene los siguientes caballos fiscales 13,63 CW, (estoy dando estos datos por si son de utilidad), y ademas tengo 35% de minusvalia y tambien tengo la siguiente consideracion “Los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad” este seria mi caso.
    Mi Pregunta es la siguiente tengo derecho a la reduccion del IVA al 4%, no debo de pagar el Impuesto de Matriculacion, tengo algun beneficio mas, gracias por su ayuda y hasta pronto

  • santiago

    tengo encargado un vw passat y tengo una minusvalia del 93%, ademas de haberme reconocido la gran invalidez, en el concesionario me han dicho que les entregue todos los papeles que ellos me lo tramitan ¿ que posibilidades tengo de tener el descuento del iva?, porque al parecer tienes que tener un 65% de movilidad reducida y eso ¿como se tramita o se encarga el concesionario?

    • Para tener derecho a la reducción del Iva al 4% en el Certificado de minusvalía debería aparecer que además de ese porcentaje de minusvalía que tienes movilidad reducida o necesites desplazarte en silla de ruedas.

      Se encargaría de todo el concesionario pero no confíes todos los trámites a ellos.

      Infórmate tú en Hacienda directamente (AEAT – Agencia Tributaria # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345 ) de si tu Certificado de minusvalía servirá para esta reducción y una vez que llegue el coche estate pendiente de que el concesionario te aplica la exención del Impuesto de matriculación y demás.

      Si te lo gestionaran mal en el momento de la matriculación ya no habría remedio.

      Ya nos comentarás a ver qué te dicen en Hacienda si llamas.

      Salu2

      – Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • santiago

    gracias por la respuesta queria preguntar como consigo que en mi historial figure que tengo movilidad reducida, no creo que tenga problema porque hace cosa de una semana me han reconocido la gran invalidez y eso significa que tengo que usar entre otras cosas silla de ruedas, tambien tengo tarjeta de estacionamiento para minusvalidos

    • Hola de nuevo Santiago.

      Con los nuevos datos que nos has aportado y tal como indicamos en el artículo en el punto ¿”Qué se entiende por personas con movilidad reducida o con minusvalía en silla de ruedas?”, en tu caso al ser titular de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad emitida por la corporación local o CC.AA ya se considera persona con movilidad reducida y tendrías que tener por tanto derecho a la reducción del Iva en la compra del coche.

      Por si te hace falta:

      Real Decreto 1466/2007 – art 2º, pto 2

      Esperamos que te sea de ayuda.

      Salu2

      – Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • teresa

    Tengo reconocida una incapacidad permanente total desde el año 2007. Actualmente me he interesado por la compra de un vehiculo nuevo “passat” de 110 CV. En el concesionario me han indicado que el único beneficio por mi incapacidad es el descuento en el impuesto de matriculación. ¿tengo derecho al descuento del 4% del iva? Graciñas.

  • Juan

    Hola buenas tardes, estamos interesados en la compra de un vehiculo para un familiar que tiene reconicida la incapacidad total permanente. En un informe médico consta que está postrada en silla de ruedas y también tiene la aprovacion de dependencia del nivel mas alto. Para conseguir el certificado de minusvalia nos han dicho dessde el centro de evaluacion de discapacidad de Valencia que el tramite puedo prolongarse de 1 a 2 años.
    Con la documentacion que disponemos ¿es viable que nos apliquen el descuento del IVA reducido y exencion del impuesto de matriculación?
    Gracias.

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