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13 de agosto de 2009

Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

Las personas con minusvalía o movilidad reducida cuentan con varias ayudas en la compra de coches nuevos, conocidas como descuentos por minusvalía, como es la reducción en el pago del IVA y la exención del Impuesto de matriculación, que se aplicarán siempre que se cumplan las condiciones requeridas.

¿Qué porcentaje de minusvalía hay que tener para no tener que pagar Impuesto de Matriculación?

Para estar exento del pago del Impuesto de Matriculación en la compra de coche nuevo matriculado a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, y beneficiarse así del descuento por minusvalía, se tendrá en cuenta lo siguiente:

  • Deberá acreditarse una minusvalía del 33% o superior, mediante certificado o resolución del IMSERSO u órgano competente de la Comunidad autónoma correspondiente.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

Además de acreditarse la minusvalía anteriormente indicada, deben cumplirse todos los siguientes requisitos:

  • Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. Como excepción, este requisito no se exigirá en los supuestos de siniestro total de los vehículos, siempre que estén debidamente acreditado.
  • Que el vehículo comprado con estos beneficios no sea objeto de una transmisión posterior durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.

¿Qué ocurriría si se vende o transfiere posteriormente el vehículo comprado con el descuento por minusvalía?

Si antes de que transcurran 4 años desde la primera matriculación, se matriculara otro vehículo en las mismas condiciones, o se transfiriera el coche que se compró con este descuento por minusvalía, estaría obligado a liquidar el impuesto del que se benefició en el momento de la compra.

Habría que diferenciar entre dos casos posibles, en función de que se adquiera o no un nuevo vehículo:

  • Si lo que se desea es comprar un segundo vehículo y matricularlo a nombre de la misma persona con minusvalía, el devengo se retrotrae al momento de la matriculación del primer vehículo y tanto la base imponible como el tipo impositivo deben hacer referencia a dicho momento.
  • Si no se matricula un segundo vehículo, el devengo se produce en el momento de modificación de las circunstancias, por tanto la base imponible y el tipo impositivo serán los vigentes en ese momento.  Habría que tener en cuenta el cambio en los Impuestos de Matriculación que se llevaron a cabo a partir del 1 de enero de 2008.

Si el titular con minusvalía falleciera antes de los 4 años, ¿habría que liquidar este Impuesto?

Para beneficiarse de la exención del Impuesto matriculación, una de las condiciones que se exige cumplir es que el vehículo no se transfiera dentro de los 4 años siguientes a la matriculación, sin embargo, al tratarse de transmision mortis, se considera un caso excepcional y no habría que proceder a liquidar ese impuesto, tal como indica la AEAT:

De la interpretacion conjunta de los articulos 66.1.d) y 65.3 de la ley 38/1992, cabe deducir que cuando un vehiculo matriculado con exencion a nombre de un minusvalido sea objeto de transmision mortis causa antes del plazo de 4 años desde la matriculacion del vehiculo al amparo de dicha exencion, esto no supone una modificacion de los requisitos determinantes del supuesto de exencion, por lo que dicha transmision no da lugar a la autoliquidacion e ingreso del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.


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397 comments to Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

  • julia

    Tengo una discapacidad del 65% no tengo carnet mi marido y yo queremos comprar un coche.¿podemos aplicar descuentos por minusvalía?.
    ¿puedo sacarme la tarjeta para benficiarme del aparcamiento? No se muy bien como funciona eso.

  • Miguel A

    Que sanción pone la agencia tributaria, si cree que estas utilizando un coche que tiene una deducción por minusvalia en el impuesto de matriculacion y tu no eres el dueño del vehículo?

  • Miguel A

    Al final ayer estuvo el inspector de hacienda y levanto un acta donde aclaraba que yo conducía el coche y que llevaba tiempo detrás de los pasos del coche. Hay alguna persona que le hayan puesto finalmente la sanción y cual es el importe a parte claro esta de pagar el impuesto de matriculacion . Gracias

  • Tave

    Hola, cuento mi caso brevemente. Mi madre tiene la incapacidad absoluta para todo trabajo, y queremos sacar un coche de segunda mano para mi, a su nombre. Podría conducirlo yo por ejemplo para mi trabajo?, (dejo claro que ella no conduce, aunque tiene carné). Muchas gracias de antemano.

    • Hola.

      Las ayudas fiscales por minusvalía, como es la exención del impuesto de matriculación (del que hablamos en el artículo superior) y la aplicación del Iva reducido al 4%, se aplican sólo en el caso de la compra de coches nuevos y sin matricular.

      Si comprais un coche de 2ª mano, el único beneficio será la exención del Impuesto municipal de Circulación, tal como indicamos en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/23/impuesto-municipal-de-circulacion-exencion-por-minusvalia/

      Aunque lo comprarais nuevo, si te hacen una inspección de Hacienda (sólo tienes que echar un vistazo al comentario anterior..) y ven que lo utilizas para tu trabajo, podrán sancionarte teniendo que devolver lo ahorrado + la sanción correspondiente por fraude.

      Se supone que el vehículo es para “uso exlusivo” para traslados de la persona con minusvalía.

      Salu2

  • mario

    Hola! queria saber si estas ayudas estan tambien disponibles para motos, es decir, si tambien al tener la minusvalia minima del 33% podria adquirir una moto, ya que puedo conducir y si tendria alguna ayuda o descuento, reduccion de i.v.a…
    gracias de antemano, un saludo.

    • Hola.

      Sí, la exención del impuesto de matriculación del que hablamos en el artículo superior, también está disponible para motos, así que podrías beneficiarte de ello si te compraras una moto nueva.

      Sin embargo, debes saber qué sólo podrás comprarte un vehículo con estas ventajas cada 4 años, así que si estuvieras pensando comprarte un coche que pague impuesto de matriculación (CO2 superior a 119gr/CO2) en ese plazo, es mejor que lo reserves para esa compra, ya que te ahorrarás más dinero.

      Salu2

  • mari

    Hola.
    Tengo un hijo de 9 años con una minusvalía del 33%. Necesito comprarme un coche y no se si podría ponerlo a su nombre para beneficiarme de los descuentos por minusvalía.

    • Hola.

      En principio lo puedes poner a tu nombre, pero confírmalo de todas formas antes de nada con la Delegación de Hacienda o en el telf de información:

      AEAT – Agencia Tributaria
      # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

      En teoría se podría matricular a nombre de:

      - la propia persona discapacitada.
      - del cónyuge del discapacitado o tenga una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta del tercer grado, inclusive.
      la pareja de hecho de la persona con discapacidad, siempre que estén inscritos en el Registro de parejas o uniones de hecho de la Comunidad Autónoma de residencia.
      - del tutor, representante legal o guardador de hecho del discapacitado siempre que tenga acreditada esta condición.
      o se podrá poner a nombre de una persona que demuestre la convivencia con el discapacitado mediante certificado de empadronamiento o por tener el domicilio fiscal en la misma vivienda.< ..>

      Salu2

  • Meba

    Hola
    Mi marido y yo nos hemos comprado un coche, el tiene reducción de 4% del iva debido a su minusvalía y nos han dicho que yo siendo su esposa solo puedo conducir el coche si el va conmigo si no no puedo sacarlo del garaje ¿esto es así o hay alguna forma en que yo pueda llevarlo sola?
    Aclaro el también conduce
    Gracias

  • vicent

    tengo una minuvalia del 75% me kiero comprar un coche sin carnet por segunda vez antes de los 4 años por aver tenido un accidente y el coche es siniestro total. ¿ me puedo beneficiar en algo a la compra del segundo aver si alguien me puede decir algo gracias.

    • Al tratarse de un siniestro total, puedes volver a comprarte otro vehículo aplicando de nuevo los descuentos por minusvalía aunque no hayan transcurrido 4 años desde que compraste el anterior.

      Ver artículo superior punto “¿Qué requisitos deben cumplirse?”

      Salu2

  • yolanda

    si se tiene una minusvalia del 33% que cantidad se paga del impuesto de matriculacion para un peugeot tepee

    • Si solicitas la exención por minusvalía (al tener 33% podrías solicitarlo), no pagarías nada.

      Eso sí, si ese vehículo emite menos de 120gr/km de CO2 directamente no paga impuesto de matriculación de forma general por contaminar poco, y no te haría falta por tanto presentar exención ni nada. Revisa por tanto qué CO2 emite ese coche antes de tramitar nada (figura en su ficha de carácterísticas técnicas. Seguro que lo puedes ver en la pag web oficial de la marca)

      Salu2

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