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13 de agosto de 2009

Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

Las personas con minusvalía o movilidad reducida cuentan con varias ayudas en la compra de coches nuevos, conocidas como descuentos por minusvalía, como es la reducción en el pago del IVA y la exención del Impuesto de matriculación, que se aplicarán siempre que se cumplan las condiciones requeridas.

¿Qué porcentaje de minusvalía hay que tener para no tener que pagar Impuesto de Matriculación?

Para estar exento del pago del Impuesto de Matriculación en la compra de coche nuevo matriculado a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, y beneficiarse así del descuento por minusvalía, se tendrá en cuenta lo siguiente:

  • Deberá acreditarse una minusvalía del 33% o superior, mediante certificado o resolución del IMSERSO u órgano competente de la Comunidad autónoma correspondiente.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

Además de acreditarse la minusvalía anteriormente indicada, deben cumplirse todos los siguientes requisitos:

  • Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. Como excepción, este requisito no se exigirá en los supuestos de siniestro total de los vehículos, siempre que estén debidamente acreditado.
  • Que el vehículo comprado con estos beneficios no sea objeto de una transmisión posterior durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.

¿Qué ocurriría si se vende o transfiere posteriormente el vehículo comprado con el descuento por minusvalía?

Si antes de que transcurran 4 años desde la primera matriculación, se matriculara otro vehículo en las mismas condiciones, o se transfiriera el coche que se compró con este descuento por minusvalía, estaría obligado a liquidar el impuesto del que se benefició en el momento de la compra.

Habría que diferenciar entre dos casos posibles, en función de que se adquiera o no un nuevo vehículo:

  • Si lo que se desea es comprar un segundo vehículo y matricularlo a nombre de la misma persona con minusvalía, el devengo se retrotrae al momento de la matriculación del primer vehículo y tanto la base imponible como el tipo impositivo deben hacer referencia a dicho momento.
  • Si no se matricula un segundo vehículo, el devengo se produce en el momento de modificación de las circunstancias, por tanto la base imponible y el tipo impositivo serán los vigentes en ese momento.  Habría que tener en cuenta el cambio en los Impuestos de Matriculación que se llevaron a cabo a partir del 1 de enero de 2008.

Si el titular con minusvalía falleciera antes de los 4 años, ¿habría que liquidar este Impuesto?

Para beneficiarse de la exención del Impuesto matriculación, una de las condiciones que se exige cumplir es que el vehículo no se transfiera dentro de los 4 años siguientes a la matriculación, sin embargo, al tratarse de transmision mortis, se considera un caso excepcional y no habría que proceder a liquidar ese impuesto, tal como indica la AEAT:

De la interpretacion conjunta de los articulos 66.1.d) y 65.3 de la ley 38/1992, cabe deducir que cuando un vehiculo matriculado con exencion a nombre de un minusvalido sea objeto de transmision mortis causa antes del plazo de 4 años desde la matriculacion del vehiculo al amparo de dicha exencion, esto no supone una modificacion de los requisitos determinantes del supuesto de exencion, por lo que dicha transmision no da lugar a la autoliquidacion e ingreso del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

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877 comments to Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

  • c. ramon

    tengo una incapacidad permanente absoluta del 72% y tarjeta de aparcamiento ¿ cual seria el importe del coche nuevo en el momento de la compra?

    • Con esa incapacidad tienes de descuento a aplicar en la compra de coche:

      – Exención del Impuesto de matriculación
      – Exención del Impuesto municipal de circulación
      – Iva reducido al 4%

      Salu2

  • FRANCISCO

    Esta mañana he llamado al 901 200 345 para preguntar por el tema y me han contestado que para eso tengo que llamar al901 200 351 para que me den cita previa e ir presencialmente….vaya atención al cliente

    • Si quieres probar a llamar a este número..:

      AEAT – Agencia Tributaria
      # Información Tributaria: 901 33 55 33

      La verdad es que sí,..menuda atención al cliente. A ver si ahí tienes más suerte…

      Salu2

  • Roberto

    Tengo 60 años y una Incapacidad permanente absoluta mas una discapacidad del 65% con ayuda de una tercera persona para coger el autobús o el metro. Con estos datos, que beneficios tendría con la compra de un coche

  • juan fuentes

    Hola
    Mi padre fue declarado en agosto de 1994 minusvalido, tiene invalidez
    permanente total de 45%
    Ahora es pensionista y tiene 87 años.He leido que por la edad puede tener movilidad reducida.
    Puedo comprar un coche de km0 y que me apliquen el 4 % de iva solo?
    Debo comprarlo nuevo para que me apliquen el 4 % de iva .
    Puedo ponerlo a mi nombre.
    Muchas gracias

    • Hola

      Los descuentos por minusvalía se aplican a los vehículos nuevos sin matricular (los KM0 ya están matriculados así que no se pueden beneficiar de esto)

      Aparte de minusvalía superior al 33% para el Iva reducido exigen tener certificada la movilidad reducida. Sin ello a pesar de la edad que tiene Hacienda no lo aprobará. De todas formas confírmalo en:

      – AEAT – Agencia Tributaria
      # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

      – Puedes ponerlo a tu nombre si cumples:

      ¿Es obligatorio matricularlo a nombre de la persona con minusvalía?

      No necesariamente. Se podrá matricular a nombre de:

      – la propia persona discapacitada.
      – del cónyuge del discapacitado o tenga una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta del tercer grado, inclusive.
      – la pareja de hecho de la persona con discapacidad, siempre que estén inscritos en el Registro de parejas o uniones de hecho de la Comunidad Autónoma de residencia.
      – del tutor, representante legal o guardador de hecho del discapacitado siempre que tenga acreditada esta condición.
      o se podrá poner a nombre de una persona que demuestre la convivencia con el discapacitado mediante certificado de empadronamiento o por tener el domicilio fiscal en la misma vivienda.<..>

      Salu2

  • juan fuentes

    Muchas gracias por tu respuesta

  • jose gabriel

    Tengo una invalidez reconocida de un 33%; alguien me puede decir que % de descuento me aplicaría hacienda en los impuestos de IVA y matriculación?

    ¡GRACIAS¡

    • Hola

      Si compras un coche nuevo tendrás derecho a:

      – Exención del Impuesto de matriculación
      – y exención del Impuesto municipal de circulación.

      Para tener derecho además al Iva reducido al 4% tendrías que tener acreditada Movilidad reducida, y por lo que comentas creemos que no estarías en ese caso..

      Salu2!

  • isra

    Tengo minusvalía de 45porciento queria saber si para comprar un tractor tengo los mismos descuentos q un coche

    • Se supone que sí, ya que en la aplicación de estos beneficios por minusvalía sólo hablan de Vehículos (sin concretar)

      Las motos por ejemplo también se benefician, así que los tractores por qué no!

      Salu2 y ya nos contarás!

  • juan calos ortiz diaz

    el coche estaba a nombre de mi suegra con minusvalia ,esta fallecida desde hace 10 años,no pagamos sello de circulacion y ahora que tengo que comprar un coche no puedo acogerme al plan pibe,quiero dar de baja y saber si puedo poner el coche a mi nombre los sellos que tengo que pagar pues no sabia nada de nada hasta ahora que iba a compar un coche gracias

  • ANA MARTINEZ

    hola de nuevo tengo una incapacidad de absoluta y quiero comprar un coche nuevo pero la movilidad redusida no la tengo,ni creo que me la den, tengo que pagar la matriculación ? o no?

    • Hola.

      En ese caso tienes derecho a:

      – Exención del Impuesto de matriculación
      – y exención del impuesto municipal de circulación.

      Pero al Iva reducido no.

      Salu2 y que vaya bien la compra. Si tienes alguna duda más avísanos 😉

  • emily

    hola q tal!!! tengo una minusvalia del 65% tengo mi carnet de minusvalido pero de movilidad reducida NO la tengo, me han comentado que por tener el 65% puedo pedir la reduccion del IVA en compra de un coche nuevo.. es cierto?

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