El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (75% del SMI 2011).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05 euros mensuales (para 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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hola buenas tardes mi pregunta es se termina el plazo de cobrar el paro en agosto.quisiera saber si tengo ayuda del subsidio no tengo hijos y mi mujer la han despedido esta semana .Que documentacion devo de presentar para pedir la ayuda. gracias
Podéis pedir ambos el subsidio por tener cargas familiares:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Salu2.
He terminado de cobrar el paro el dia doce de Julio. Estoy pagando una hipoteca y un prestamo personal.
Mi pregunta es si no puedo solicitar el subsidio para mayores de 52 años, ya que entra en vigor el dia 13 de julio la nueva ley de los 55 años,¿ a que tipo de ayuda tengo derecho? Dependo de esta ayuda, ya que no tengo ningún ootro ingreso.
Gracias
Tu derecho al subsidio de mayores de 52 años nace el día 13 de julio y la nueva ley no entró en vigor hasta el día 14 de julio, así que te acoges a la anterior ley.
Salu2.
A mi hermano se le ha acabado el contrato de 6 meses el 2 de julio. Tiene 62 años y no tiene ningun tipo de ingresos ni pareja. Tiene derecho a cobrar la ayuda de 420 euros?
Que pida primero el subsidio de desempleo:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Después podrá pedir la RAI o el subsidio de mayores de 52 años.
Salu2.
Buenas tardes. Este año en diciciembre del 2.012 tendría derecho a percibir la ayuda de 426€ ya que no tengo ningún otro tipo de ayuda, sería la segunda vez que la solicito, después de haberme esperado un año, sin cobrarla, como marcaba la ley.
¿Podría volver a solicitarla?
La ayuda que te refieres es la RAI:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Se puede solicitar hasta 3 veces.
Salu2.
tengo 54 años, sin empleo ni ningún tipo de ingreso. Tengo derecho a algún tipo de ayuda
Tienes que ver si cumples los diferentes requisitos de las diferentes ayudas.
El que más posibilidades tienes es con la RAI:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
hola tengo 53 se me acabo la prestacion de desesenpleo el dia 22 de junio del 2012 fui a solicitar la ayuda de los de 52 años y medijeron que tenia que esperar 30 dias y el dia 23 de julio tengo que presentar la documentacion mi pregunta es por el tema de la nueva ley de los 55 años ¿que ley me coresponde la actual o la anterior¿ un saludo gracias
Yo creo que te afecta la anterior ley de 52 años:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2
Hola,tengo 47 años con 2 hijas menores de edad.Mi mujer cotiza sobre un sueldo de 150€ de tiempo parcial.Yo estava cobrando una vez 5 meses 400 euros de ayuda ,luego me han dado 6 meses mas.En el final de Agosto 2012 se me acava la ayuda.Mi pregunta es que si me corresponde otra,teniendo previsto que tengo cargos familiares y ningun ingreso casi ( solo los 150€ de mi mujer).Muchas gracias!
De lo que nos cuentas, no nos aclaras tu situación y las ayudas que has recibido.
Tan sólo te podemos garantizar que tienes derecho a la RAI:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
hola, mi pregunta es referente al RAI. Mi pareja en septiembre empieza a cobrar el RAI que se cobra año sí año no hasta que se jubile. Mi pregunta es nosotros nos casamos el 27 julio del 2013 y yo cobro un pensión por gran invalidez de 1007 euros. Tendrá derecho a seguir percibiendo el RAI una vez casados ya que mi pensión es superior a los 481,05 euros. No tenemos hijos. Muchas gracias.
Si es sobre la RAI, por favor, consultalo en el siguiente artículo:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Leyendo previamente el artículo enlazado.
Buenas tardes. He oído que el gobierno va a anular muchas prórrogas. Yo, concretamente, en el mes de diciembre del presente año, me tocaría solicitar, la prórroga del R.A.I, (sería mi segundo año). Mi pregunta es: ¿Puedo volver a solicitarla? o es que ¿el gobierno la ha anulado?
Muchas gracias.
No es así.
Concretamente los cambios realizados son:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/07/16/recortes-en-las-ayudas-a-los-desempleados-paro-subsidio-de-45-anos-rai-subsidio-mayores-de-52-anos/
Salu2.
Hola! mi pregunta es, ahora en este mes de agosto el día dos termino el paro y no se si puedo solicitar el subsilio, si tengo que esperar un mes sin cobrar para poder solicitarlo,ya que tengo paro pero no puedo cogerlo al no trabajar esto me repercute en el paro que tengo.GRACIAS
Si tienes cargas familiares puede solicitar el subsidio de desempleo:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
En caso contrario el PLAN PREPARA:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Salu2.