El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (75% del SMI 2011).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05 euros mensuales (para 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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¿ME GUSTARÍA SABER SI TODAVÍA SE PUEDE SOLICITAR LA PRÓRROGA DEL RAI? SERÍA MI SEGUNDA VEZ QUE LA SOLICITO. MUCHAS GRACIAS.
Sí, claro, siempre que cumplas los requisitos de dicha ayuda (que han sido modificado):
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
buenas tardes, actualmente estoy cobrando la ayuda de 420E,mi pareja esta sin trabajo tambien y tiene la tarjeta comunitaria por mi,legalmente depende de mi…que podria hacer? se puede apuntar al desempleo tambien?
gracias por vuestra orientación
Que se apunte.
También podéis solicitar la tarjeta de personas sin recurso:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/08/tarjeta-sanitaria-para-personas-sin-recursos-economicos/
Salu2.
quisiera saber si con mi sueldo de 780 mi esposo puede solicitar el subsidio de desempleo de los 426 tenemos dos niños a cargo
Sí, si sólo tenéis esos ingresos.
De hecho podéis tener ingresos de hasta 4 * 481,05 euros brutos mensuales.
Salu2.
Hola acabo de quedarme sin trabajo yo y mi mujer y no tenemos paro queria saber si podemos pedir la ayuda de 426 euros puesto no tenenmos ingreso…
gracias
Sí, pide el subsido de desempleo:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Salu2.
Hola mi familia estamos todos al paro mi marido y yo cobramos
la ayuda de mayores de 45 años y mi hijo con 25 años no cobra nada en que situación nos pone el estado a nosotros y que podemos hacer,yo con 50 años y una discapacidad de 55% que nos va a pasas,
a que ayuda podemos solicitar.Y yo pregunta por la ayuda de mayores de 52 años que pasa con ello me lo pueden contestar
para que yo lo entienda,no se donde vamos a llegar. Un Saludo
Tened en cuenta que las ayudas de SEPE es algo temporal y es un margen de tiempo para que busquéis empleo, no es algo indefinido.
Lo que pasa es que la situación actual de crisis, es complicado encontrar empleo, pero eso tiene que ser la prioridad, y no las ayudas.
Salu2.
tengo 30 años, ningun hijo ni carg afamiliar, vivia sola hasta q tuve q volver con mi madre por quedarme en el paro, ella trabaja 30 horas semanales y tiene una pension de viudedad, los abuelos viven tambien con nosotras, el abuelo tiene pension, pero la abuela tambien vive con nosotras pero sin pension, se me acaba el paro este mes,
¿ podre solicitar el subsidio?Cuando debo presentarlo?
Que otras opciones tengo?
Gracias
El PRODI ya no existe.
Con tus datos, como mucho podrías pedir el subsidio de desempleo, pero has de verificar si cumples las condiciones:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
De cualquier forma, haz una visita a SEPE.
Salu2.
Hola, llevams residiendo mi mujer y yo en España 6 años y no somos de esos que venden drogas ( aclarado esto) Yo cobro actualmente una pension de invalidez y mi mujer tambien por que estamos muy malamente de salud, pero solo son 357 euros por cabeza, ahora estamos en Colombia porque con ese dinero no se puede vivir en españa como ustedes saben, yo voy de vez en cuando porque hemos alquilado el piso que tiene hipoteca y para pagarla esta alquilado, me gustaria saber si a mi hermano le hacen un contrato y lo despiden al mes puede cobrar esa paga nueva del gobierno.
¿?
Las condiciones de acceso a la ayuda está descrita en el artículo de arriba, que por cierto, si lo lees, ya no está en vigor.
Salu2.
Hola buenas tardes, este mes se me acaba el subsidio por desempleo, ya que no cotice lo suficiente para cobrar el paro y la solicite. Conocidos mios me han dicho que podia volber a pedirla (como una prorroga) o si no era esa prestacion una parecida, pero por otro lado e leido que solo me corresponde una y no puedo solicitar ninguna mas, mi pregunta es que si la puedo solicitar otra vez, porque como todos sabreis la cosa esta imposible, gracias.
Un saludo
No, me temo que no.
Lo que sí que puedes pedir es el PLAN PREPARA:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Salu2.
¿¿¿¿hola me gustaria saber si yo puedo percibir la prestacion x desempleo ….yo trabajo en una empresa citrica de misiones L.N. ALEM SE LLAMA CTM Y SOMOS TEMPORARIOS ES DECIR TRABAJAMOS SOLO 6 MESES Y DEJAMOS DE TENER LA OBRA SOCIAL..TENGO UNA FAMILIA E HIJA QUE MANTENER Y ¿NO SE QUE HACER ….X Q/ A PARTIR DE ESOS SEIS MESES QUDAMOS EN RESESO …X TIEMPO IDETERMINADO ..¿DIGANME SI LO PUEDO HACER?¿Y COMO CUALES SON LOS REQUISITOS NECESARIOS ( A ESTE ES MI NUMERO 03754421176
Si no tienes 1 año cotizado no tienes derecho a la prestación de desempleo, pero sí a un subsidio:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Salu2.
Hola, mi pregunta es que he comenzado a trabajar el dia 16 de julio y quisiera saber si en los otros 15 dias de mes que no cobre tengo derecho a que me paguen algo de la ayuda, gracias
Si tenías concedido la ayuda, te pagarán los primeros 15 días del mes.
Salu2.