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26 de agosto de 2009

Seguros de coche: impago de la prima

El retraso o el impago de la prima del seguro del coche podría suponer graves inconvenientes en el caso de tener algún siniestro en ese periodo de tiempo.

El plazo en el que el seguro, a pesar de dicho impago, aún seguiría cubriendo, variará si el impago se produce en la primera cuota o si ocurre en alguno de los plazos siguientes.

Vemos a continuación los diferentes casos que se pueden dar.

¿Qué ocurriría si no se pagara alguna de las primas?

El seguro del coche puede pagarse de forma anual o por plazos (mensuales, trimestrales).

Pero hay que tener siempre en cuenta, que aunque las compañías asegurados permitan el pago del seguro en plazos, no pagar una de esas cuotas equivaldría a no pagar la prima en global, ya que a pesar de esas facilidades, la prima anual se considera en su conjunto indivisible.

En el caso de que no se pagara uno de los plazos, la cobertura del seguro quedaría suspendida un mes después de la fecha prevista para el pago. Es decir, si el pago debía realizarse el 1 de septiembre, la cobertura se suspendería el 1 de octubre.

Aunque los gastos de procedimiento no compensan y por tanto es infrecuente, debe saber que la compañía aseguradora podría reclamarle el pago de la prima en curso por vía ejecutiva desde los 6 meses siguientes a esa fecha.

Si la aseguradora no reclamara en ese plazo, se daría por finalizado el contrato.

Y si realizara el pago de la prima pendiente, ¿cuándo volvería a estar en vigor el seguro?

Si por las causas anteriormente citadas finalmente el contrato no se diera por finalizado, la cobertura del seguro volvería a estar en vigor a las 24h desde la fecha en la que el pago se actualizó.

¿Qué ocurriría si no se abonara la primera cuota?

En caso de impago de la primara cuota por parte del tomador, la aseguradora podría resolver el contrato, o exigir el pago del seguro.

En caso de que se produjera un siniestro antes de realizar ese pago, la compañía no tendría la obligación de cubrirlo.

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90 comments to Seguros de coche: impago de la prima

  • chuchi

    Buenos dias, mi consulta que es un poco complicada es la siguiente: vehiculo asegurado con una compañia cuya poliza es anual de pago semestral. Cuando llega la fecha de pago del 2º semestre la confundo con la fecha de vencimiento y como dias antes vendí un vehículo que todavía le quedan unos meses de seguro decido pasarselo al vehículo anterior. Y aquí viene el error nadie me dice nada, la compañia actual no me indica que el vehículo tiene ya seguro y yo devuelvo el recibo del pago del segundo semestre del primer seguro. Ahora dicha compañia me reclama el pago del recibo que les adeudo casí al final de dicho periodo. Que debo hacer? pagar dicho recibo y punto?, dejarlo correr?, me pueden reclamar via judicial el pago del mismo?. La verdad estoy echo un lio y necesito consejo.

    Gracias de antemano por vuestra respuesta.

    • Buenos días.

      Lo correcto pensamos que sería que te hicieran un extorno (guardar la parte proporcional del pago del seguro cancelado) del vehículo que vendiste. Ese extorno que te lo apliquen para el siguiente vehículo que asegures con ellos.

      Y respecto al 2º semestre de tu coche actual, correspondería pagarlo, ya que se considera pago anual, aunque te den la facilidad de abonarlo de dos veces.

      Tendrías que hablar con tu aseguradora para que hagan todas estas modificaciones.

      En caso de no pagar ese 2º semestre no te podemos confirmar muy bien qué camino seguirán para reclamártelo. Iniciar vía judicial por ello, no sabemos si les merece la pena, pero es un riesgo que corres..
      Pero la verdad es que te podían haber avisado de que ese coche ya tenía seguro y que no vencía hasta dentro de 6 meses…. En eso tienes toda la razón.

      Ya depende un poco de ti la decisión.

      Salu2 y a ver qué te dicen.

  • MARIA DEL MAR

    Buenos días,

    Acabo de comprar un vehículo y tengo otro asegurado pero no quiero hacerlo en la compañía donde lo tengo, entonces me dicen que tengo que pagar el semestre que me queda sin tener el coche, ¿es cierto?. POrque sino hay riesgo no me pueden obligar ¿no?, espero su respuesta, muchas gracias.

    • Buenos días.

      El seguro del coche se considera de forma anual, aunque te den la facilidad de abonarlo en dos semestres. Así que correspondería abonar este 2º semestre también.

      Sin embargo, si ese coche asegurado ya no lo vas a tener (no hemos entendido muy bien si lo has vendido..o por qué ya no lo tienes..), podrías hablar con tu compañía para cancelar la póliza y que te hagan un extorno (que te guarden la parte no consumida abonada, que sería el segundo semestre) para descontártelo del próximo coche que asegures con ellos.

      Por ejemplo, si has comprado un coche nuevo, podrías pasar el seguro del antiguo al nuevo. Es decir, eso 2º semestre sería parte del pago del nuevo seguro del nuevo coche + la diferencia que corresponda al ser coche nuevo..

      Salu2

  • MARIA DEL MAR

    Me he comprado otro coche pero lo voy a asegurar en otra compañía más barata, así que quiero cancelar este seguro a vencimiento en Abril y no pagar la cuota que me queda restante, ellos me dan la posibilidad de paralizar el seguro siempre y cuando les de un justificante de baja o venta del vehículo. No devuelven la prima no consumida en ningún caso. Mi pregunta es que si no pago el semestre que queda y he dado de baja mi vehículo, ¿la compañía estaria en su derecho de reclamarme? ¿ Y si no doy de baja el coche en tráfico y lo tengo guardado sin asegurar, me podrían reclamar el pago igualmente?. Gracias.

    • Conviene que revises las condiciones particulares de tu póliza, para ver qué te indica exactamente en cuanto a las condiciones de cancelación.

      Por otro lado, aún cancelando la póliza presentando el justificante de baja o venta, no devuelven la prima no consumida, como bien indicas, así que en teoría, aunque canceles así la póliza, seguirías estando obligada al pago del 2º semestre.

      Lo mejor que puedes hacer es consultar con Consumo o Facua, si lo que te están comentando en tu seguro es lo correcto y si realmente estás obligada a ese pago.

      Te facilitamos su telf:

      OCU – Organización de Consumidores.
      LINEA GENERAL / CENTRALITA – 913 000 045 – de lunes a viernes de 9:00 a 16:30 horas
      informacion@ocu.org

      FACUA – Federación de Consumidores en Acción
      Teléfono del Consumidor
      954 90 90 90

      Mañanas: lunes a viernes de 10.00 a 13.00 horas
      Tardes: lunes a jueves de 17.00 a 20.00 horas

      A ver qué te comentan 😉

      Salu2 y ya nos contarás.

  • rita

    Hola queria consultarte, que pasa si tengo mi auto prendado x el banco y me atraso en pagar la cuota? Ellos dejaron de pagar mi seguro que es de 6 meses la polliza? Como se manejan los bancos en ese sentido?

    • Hola.

      Los casos que aquí tratamos son referentes a España. Por lo que comentas pensamos que te encuentras en otro país y desconocemos cómo actuan en tu caso..

      Salu2

  • YAIZA

    HOLA…

    YO TENGO UN PROBLEMA CON LA ASEGURADORA, Y ES QUE ESTOY EN EL PARO Y AHORA EN MAYO SE ME CUMPLE LA RENOVACION DEL SEGURO, Y ES MUY CARO, Y EHE ENCONTRADO OTRA ASEGURADORA QUE ME LO HACE MAS BARATO.

    PERO EN MI ASEGURADORA ME DICE QUE NO PUEDO » NO RENOVAR» PORQUE TENGO QUE AVISARLO CON 2 MESES.¿ ES ESO CORRECTO?
    ¿ QUE ME PASARIA SI NO PAGO SU RECIBO ?
    ¿¿ PUEDO NO PAGARLO Y CONTYRATAR EL OTRO SEGURO ??

    PORFAVOR DIME ALGO AL RESPECTO

    • Hola.

      Es cierto. Hay que preavisar con 2 meses de antelación por la Ley de Contrato de Seguros.

      Si no renuevas y no has preavisado con ese tiempo, tu aseguradora seguramente te enviará cartas amenazantes con iniciar acciones legales si no continuas con ellos. Sin embargo, no suelen pasar de ser meras cartas y no van más allá.. Al menos todos los casos que conocemos..

      Así que si decides cambiar de seguro, puedes hacerlo si te compensa. Hay tantos casos como el tuyo que emprender acciones judiciales contra todos no les compensa.

      En el siguiente enlace puedes ver como cancelar sin problemas, y muchos comentarios de casos similares al tuyo.

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/15/cancelacion-poliza-de-seguro-vehiculo-no-renovacion/

      Salu2

  • Jorge Laguna

    mi consulta es q el proximo dia 19/4/2012 y a diez dias de esa renovacion.Todavia no me ha llegado la carta de renovacion con dicho precio.Entonces por mi cuenta mire por internet mapre la cual me llamo´ al dia siguiente dandome mejor precio q mi compañia actual, q es Caser, ya q tuve yo q llamar a esta para saver cuanto era la nueva cuota. Y aunque viene 4 euros rebajado me interesa la propuesta de mapre. Entonces al ir al banco el cual me hizo el seguro, a dar de baja la domiciliacion de mi seguro. Me dicen q puedo tener problemas con Caser por no haber avisado con dos meses de antelacion. Y al preguntar a mapre si esto puede ocurrir me dicen q no pasa nada pues la cuantia es de 362 euros a caser no le merece la pena actuar por tampoco dinero. Pero yo no me fio q tenga q pagar los dos a la vez por no avisar con 2 meses, AUNQUE ELLOS TAMPOCO ME HAN ENVIADO CON TIEMPO LA CARTA DE RENOVACION. Entonces no se q hacer,.. un saludo y gracias

    • Hola.

      Si lees los comentarios de otros usuarios verás que hay muchísima gente en tu mismo caso.

      Es cierto que hay que avisar con dos meses de antelación de la cancelación de la póliza, aunque ellos no están obligados a avisarte del precio de la renovación con ese tiempo (lo cual es injusto..)

      Sin embargo también es verdad que no les merece la pena iniciar acciones legales contra ti por haber incumplido ese plazo como medida de presión. Así que seguramente te enviarán cartas amenazantes con emprender acciones judiciales y demás, que no suelen ir más allá..

      Así que si el precio de Mapfre te compensa, tu verás..

      Para evitar que te suceda esto, la próxima vez cancela tal como indicamos en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/15/cancelacion-poliza-de-seguro-vehiculo-no-renovacion/

      Salu2

  • David

    El proximo dia 23 tengo que pagar la 2 recibo por causas economicas no lo podre pagar hasta que ingresen la nomina el dia 1 que puedo hacer

    • El seguro se contrata de forma de anual, así que el contrato está hecho con el pago del primer recibo.

      Eso sí, no te demores más del día 1 para evitar problemas. Si te llama tu aseguradora para ver porqué no has efectuado ese pago di que ha sido algún error del banco, que lo revisarás y abónalo lo antes posible.

      salu2

  • francisco

    Voy a intentar explicarme a ver si podéis ayudarme.

    Mi coche se averió y lo tenia en el taller por lo que devolví el seguro que es trimestral a la aseguradora.
    Fui a hablar con eyos y me congelaron el seguro asta que tuviera el coche de nuevo,ahora ya lo tengo y e ido a que me lo den de alta de nuevo pero no puedo pagarles asta dentro de 2 semanas.

    Me an dicho que si no le pago hoy mismo no me lo dan de alta.

    E llamado por teléfono y me an dicho que el seguro estar de alta sigue estando por que aunque pague trimestral yo tengo el seguro para 1 año,pero que como esta congelado no me entran las coberturas del seguro
    Mi pregunta es:asta que no pague si me para la policía me puede multar?

  • laura

    Hola!
    mi problema es el siguiente,estaba con una aseguradora y hice uso de la grúa unos días después de que finalizara el seguro,pero tenía entendido que tenía un mes más,y tenía pensado seguir con ellos,pero en internet vi que por el mismo seguro en otra compañía me salía a mitad de precio,así que decidí cambiarme.Así que ahora la aseguradora antigüa dice que si no pago el seguro me reclamarán el dinero de la grúa.¿Pueden hacerlo?,supuestamente tendría un mes más de cobertura,¿no es así?
    Agradecería una rápida contestación,ya que me reclaman y si tengo que seguir en esta compañía habría de anular el nuevo seguro.Muchas gracias.Un saludo

    • Hola.

      Cuando el pago de la prima se hace de forma trimestral o semestral, en vez de anual, en el caso de no pagar una de esas cuotas, tal como indicamos en el artículo superior, la cobertura del seguro quedaría suspendida un mes después de la fecha prevista para el pago.

      En el caso de pagarlo de forma anual, una vez vencido el seguro no hay mes de margen, así que en principio te podrían reclamar ese importe de la grúa.

      Para cambiarte de seguro estás obligado a preavisar a tu compañía aseguradora de la cancelación o no renovación con una antelación de dos meses a la fecha de vencimiento.

      En cualquier caso, si te has ido a otra compañía y ya has pagado la prima en la nueva aseguradora ya no hay vuelta a atrás, y aunque la antigua te reclame que sigas con ellos y te amenace con emprender acciones judiciales si no lo haces, normalmente no van más allá de ser meras amenazas, tal como puedes ver en los comentarios de otros usuarios en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/15/cancelacion-poliza-de-seguro-vehiculo-no-renovacion/

      Sobre el tema de que te reclamen el pago de esa grúa, puedes consultarlo también con Consumo a ver que te indican al respecto.

      Salu2

  • Paco R

    Buenos dias,
    mi problema es similar al de muchos de los comentarios que acabo de leer. Para no renovar el seguro con la compañia anterior (Caser) les devolvi el recibo, cosa que llevo haciendo durante 20 años. Ahora me llegan cartas amenazantes de un gabinete de abogados que Caser tiene subcontratado para intentar cobrar este tipo de cosas.

    En principio no pensaba hacer nada, pero entre las amenazas aparece el incluirme en una lista de «morosos», cosa que como comprenderan no me hace ni un pelo de gracia, ya que cumplo con todas mis obligaciones y me siento muy desprotegido.

    Mi pregunta es: ¿tienen derecho a incluirme en algun tipo de lista? ¿Que consecuencias puede tener este hecho? ¿Puedo tener problemas algun tipo de problema?

    Muchas gracias.

    • Buenas tardes

      Ante el riesgo de que te incluyan en un listado de morosos, conviene que acudas a Consumo con toda la documentación sobre tu póliza de seguro, para ver si te pueden aclarar viendo tus condiciones particulares firmadas si están en su derecho de poder hacerlo o no.

      La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Fíjate si en tu póliza indica algo respecto a la duración del contrato y condiciones a cumplir en caso de cancelación y demás.

      Salu2

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