Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.
15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.
¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?
- Estar desempleado.
- Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
- No tener ingresos personales superiores a 483,98€ mensuales (el 75% del SMI de 2013).
- No tener ingresos familiares superiores a 483,98€ mensuales (el 75% del SMI de 2013). Esta condición sólo se aplica a los nacimientos de derecho del subsidio con fecha posterio al día 16 de marzo de 2013.
- Tener cumplidos 55 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas:
- La prestación contributiva
- El subsidio por desempleo
- El subsidio de emigrante retornado
- Ser beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
- El liberado de prisión
- El subsidio por cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva
¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?
- La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 55 años.
- En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 474€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.
¿Qué duración tiene?
- Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
- Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.
¿Cuál es la cuantía de este subsidio?
- 426€ mensuales. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
- Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
- En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 55 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.
¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?
Sí, pero la base de cotización es el tope mínimo de cotización vigente en cada momento, esto es, el Salario Mínimo Interprofesional de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.
A partir del 1 de enero de 2008 la base de cotización por jubilación para los beneficiarios de subsidio que sean mayores de 55 años se incrementa al 125% de la base mínima de cotización a la Seguridad Social.
En caso de querer complementar las contizaciones, se permite acogerse al convenio especial.
¿Qué documentación hay que aportar?
- Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
- Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
- Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.
Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 55 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.
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Estoy cobrando el subsidio durante dos años y queria vender un plan de pensiones que importa como 13000 euros puesto que no me llega para vivir como lo podia hacer para que no me quiten el subsidio vendiendolo de una vez o en varias veces
Es posible que pierdas la ayuda, puesto que el rescate de un plan de pensiones se considera rentas de trabajo.
Acude a SEPE y pide información de cuánto podrías rescatar sin afectarte al subsidio y en función del resto de tus ingresos.
hola de nuevo.cobro el subsidio mayores 52 años. cobro una pension permanente total de 307 euro ahora me han subido por complemento al minimo a 715 euro por lo tanto me paso de los
485 euro .en la tesoreria me dicen que no puedo hacer convenio especial ¿podria?
Si te han dicho en la TGSS que no se puede…
Buenas tardes,
Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años, pero el año pasado rescaté un plan de jubilación de aprox. 26000 mil euros, cancelé deudas pendientes y contraté un plan garantizado de vida de 12000 con LA CAIXA. ¿Puedo perder el subsidio?. Insisto en que era un plan de jubilación y seguro de vida.
Gracias por su ayuda
Lucía
Ufff…. comunicaste ese hecho a SEPE, es posible que te pidan la devolución de las ayudas percibidas.
Por otro lado, en 2012 podrás pedir nuevamente las ayudas, ya que este año no vas a tener los ingresos que tuviste en 2011.
Salu2.
tengo 14 años cotizados en el regimen general.y según el subsidio de mayores de 52 años ahi que tener 15 años cotizados para poder cobrarlo.mi pregunta es ,ahi algun convenio especial de la s.social para cobrar este subsidio.y cuanto mensualmente me costaria en este momento estoy cobrando el r.a.i.11 meses.gracias
Sí, puedes acogerte al convenio especial y complementar.
El coste es de aproximadamente 250 euros mensuales.
Salu2.
cobrando la prestacion de los 52 años,puse un fondo de inversion de 3000 euros a medias con mi marido,antes del año lo retire y el banco me sanciono por sacarlo antes de tiempo.es decir perdi dinero¿me pueden retirar la prestacion por haber hecho esto?
No, no tuviste plusvalía, así que tranquila.
Salu2.
Estoy cobrando el sud +52 desde hace dos años,el año pasado, justo unos dias despues de hacer la declaracion de rentas para la renovacion,la comunidad de propietarios recibió una ayuda por colocacion de un ascensor,realizada los años 2008/09,me correspondió 3800 euros, este año al ir a renovar, lo comento y me dicen que lo tenia que haber dicho en el momento de recibir la subvencion y que quizas me la suspendan desde entonces y que no se prorratea por doce meses y que vuelva com un certificado de la administradora de la finca… me siento fatal no se que va a pasar….
Pues espérate a ver qué te dicen, pero creo que no te deberían de sancionar, y que la ayuda habría que prorratearlo a 12 meses.
Suerte!!!
Mi mujer cumple hoy 52 años ,tenemos una hija de 17 años estudiando,yo estoy en el paro se me termina en septiembre estoy cobrando 967.26 euros y tenemos otro ingreso de 537.60 de un apartamento en alquiler total ingresos mensual 1504.86,como se calcula para saber si tiene dercho mi mujer a la prestacion de mayor de 52 años,supongo que de estos ingresos descontaran los impuestos de ibi gastos de comunidad ,de la vivienda en alquiler,y contaran que en septiembre yo no cobrare el paro,me puede informar si con estos datos mi mujer tiene derecho a cobrar, tiene cotizados 27 años 6 estan dentro de los ultimos 15 .Gracias
Para el subsido de desempleo de 52 años, tu mujer no ha de ingresar más de 481,05 euros brutos mensuales.
1. No se tiene en cuenta tus ingresos.
2. Los ingresos de bienes gananciales, se le imputa a tu mujer el 50%.
Salu2.
Buenas tardes
Tengo 17 años cotizados en regimen general en jornada completa,sin contar lo que he trabajado a media jornada.
Pero a la edad de 36 años hasta los 50 años solo e trabajado media jornada (21 horas a la semana, 84 horas al mes,tambien en regimen general.
Reuniendo el resto de los requisitos ¿podría solocitar la ayuda para personas con 52 años?
Yo no creo que vayas a tener problemas por tus cotizaciones para acceder a la ayuda.
Salu2.
he recibido la aprobacion de prestacion ypara junio empieza pero no queria que me lo depositaran en mi antigua cuenta de banco y quiero dar un nuevo numero; que debo hacer, debo ir en persona otengo que hacerlo en internet.? gracias
Acude al SEPE y pide que te cambie la cuenta bancaria.
Salu2.
Tengo 59 años y me han denegado el subsidio de mayor de 52 años porque los ultimos 3 años era autonomo es legal ó puedo reclamar gracias.
Totalmente legal.
Los autónomos no tienen derecho a los subsidios de desempleo.
Salu2.