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14 de septiembre de 2009

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.

15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • No tener ingresos personales superiores a 483,98€ mensuales (el 75% del SMI de 2013).
  • No tener ingresos familiares superiores a 483,98€ mensuales (el 75% del SMI de 2013). Esta condición sólo se aplica a los nacimientos de derecho del subsidio con fecha posterio al día 16 de marzo de 2013.

¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?

  • La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 55 años.
  • En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 474€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.

¿Qué duración tiene?

  • Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
  • Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.

¿Cuál es la cuantía de este subsidio?

  • 426€ mensuales. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
  • Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
  • En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.

Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 55 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.

¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?

Sí, pero la base de cotización es el tope mínimo de cotización vigente en cada momento, esto es, el Salario Mínimo Interprofesional de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.

A partir del 1 de enero de 2008 la base de cotización por jubilación para los beneficiarios de subsidio que sean mayores de 55 años se incrementa al 125% de la base mínima de cotización a la Seguridad Social.

En caso de querer complementar las contizaciones, se permite acogerse al convenio especial.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.

Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 55 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.

La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.

La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.

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5.862 comments to Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación

  • Ramón

    Hola, para una persona con 56 años y que dejo de trabajar a los 42 años teniendo 20 años de cotización(1976-1996) y un año de autónomo(2008). ¿Tiene derecho a percibir el subsidio por desempleo de mayor de 52 años?. ¿En el caso de no tener derecho, que requisitos serian necesarios?.
    Gracias.

    • Me temo que no vas a tener cotizaciones en el régimen general en los últimos 6 años y es posible que no te lo concedan.

      Acude a SEPE y pregunta por lo que te falta para recibir dicha ayuda.

      Salu2.

  • Ramón

    Hola de nuevo, perdona pero quisiera corregir las fechas anteriores, mi mujer dejo de trabajar en el 4-8-1997 acogiéndose posteriormente al paro que finalizó el 4-8-1999. Teniendo más de 15 años de cotización y 56 años de edad actual, ¿tiene derecho a recibir el subsidio por desempleo?.

    Muchas gracias.

  • Ramón

    Perdonad que vuelva a modificar mi consulta,pero a raíz de leer una respuesta quisiera saber si me puede afectar el que haya trabajado un año de autónomo(2008), todo y que creo que cumplo los requisitos de 2 años cotizados en los últimos 15(finalización de contrato el 4-8-1997 y posterior paro hasta 4-8-1999 )y años cotizados (18 años cotizados).

    Muchas gracias y espero no molestarte con tantas modificaciones.

  • Enrique

    Cumplí 53 años el 16/05/2012. He cotizado desde marzo de 1986
    hasta diciembre de 2003 en el Régimen General. De enero 2004 a diciembre 2005, cobré 2 años la Prestación de Desempleo. Desde marzo 2006 cotizo en el Régimen de Autónomos. Voy a quedarme sin trabajo en un par de meses y tendré que darme de baja del Régimen de Autónomos. ¿Tendré derecho a percibir el subsidio para mayores de 52 años?

    Muchas gracias por su atención.

    • Compruebe que tiene:

      - 15 años cotizados por la contingencia de jubilación, de los cuales 2 en los últimos 15.

      - 6 años cotizados por la contingencia de desempleo (régimen general) de los cuales 3 meses en los últimos 6 años.

      - que su último empleo no sea en el régimen de autónomos.

      Salu2.

  • Pedro

    Buenos dias: Sigo con detalle este foro y simplemente es para decirles que se merecen todo mi respeto por la labor y paciencia que ustedes tienen. Veo repetidamente las mismas preguntas de los foreros, se que la necesidad y angustia de muchos llevan a estas preguntas, a veces en la desesperacion, pero muchas dudas quedarian resueltas leyendo simplemente el prologo de esta seccion. De todas maneras, gracias, porque su labor es encomiable, pero, repito, nos falta prestar atencion a las explicaciones que se detallan arriba. Saludos.

    • Gracias… muchas veces también nos impacientamos y nos entra ganas de cerrar alguno de los foros por la repetición de las preguntas, pero comentarios como el tuyo, nos mantiene firmes y seguir contestando.

      Salu2 y gracias.

  • jorge

    quiisera saber si el cobro de la ayuda a mayores de 52 años puede venir afectado por los ingresos del conyugue?

  • Rafa

    Actualmente estoy en paro, para variar, cuando acabe el paro tendre 59 años y quiero solicitar: El subsidio mayor de 52 y un convenio especial a la S. Social para mantener la base de cotizacion.
    Necesito saber si los pagos de este convenio, son deducibles a la hora de hacer los calculos de las rentas para la solicitud del subsidio mayor de 52 años,
    Mas sencillamente es saber si los pagos de este convenio se restan de mis rentas.

    Gracias anticipadas. Un abrazo.

  • maria pilar

    hola me gustaria que me informaran sobre la paga para mayores de 52 años voy hacerlos el 9 de junio actualmente estoy trabajando como limpiadora pero solo tengo 2 horas y 50 minutos cobrando 350 euros mas o menos puedo haceder alas dos cosas mi sueldo y la paga para mayores de 52 años y si no es asi aunque este trabajando puedo pedirla o tendria que estar en el paro muchas gracias anticipadas

    • Este subsidio es para trabajadores del régimen general y sí que se podría compatibilizar con trabajo parcial, pero del régimen general.

      No sé si permite mezclarlo con el régimen de trabajadores del hogar.

      Haz una consulta en el SEPE.

  • Conchi

    Yo quiero dar las gracias a quien contesta y nos da la solución de muchas cosas y las respuestas super acertadas, nos ayuda a que la preocupación sea menor, pues muchas gracias y que todo tenga su recompensa.

  • Klara

    HOLA MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE,HE COTIZADO DURANTE 20 AÑOS
    ME QUEDE SIN TRABAJO POR CIERRE DE NEGOCIO HACE 2 AÑOS,COBRE EL PARO Y DESPUES ME HAN CONCEDIDO LA AYUDA PRIMERO DE DE 6 MESE Y LUEGO DE UN AÑO,ME TERMINA EN OCTUBRE,QUISIERA SABER SI SE PUEDE SOLICITAR DE NUEVO YA QUE EN ABRIL CUMPLI LOS 52 AÑOS
    MUCHAS GRACIAS,
    UN SALUDO KLARA.

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