Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.
15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.
¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?
- Estar desempleado.
- Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
- No tener ingresos personales superiores a 483,98€ mensuales (el 75% del SMI de 2013).
- No tener ingresos familiares superiores a 483,98€ mensuales (el 75% del SMI de 2013). Esta condición sólo se aplica a los nacimientos de derecho del subsidio con fecha posterio al día 16 de marzo de 2013.
- Tener cumplidos 55 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas:
- La prestación contributiva
- El subsidio por desempleo
- El subsidio de emigrante retornado
- Ser beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
- El liberado de prisión
- El subsidio por cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva
¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?
- La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 55 años.
- En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 474€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.
¿Qué duración tiene?
- Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
- Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.
¿Cuál es la cuantía de este subsidio?
- 426€ mensuales. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
- Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
- En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 55 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.
¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?
Sí, pero la base de cotización es el tope mínimo de cotización vigente en cada momento, esto es, el Salario Mínimo Interprofesional de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.
A partir del 1 de enero de 2008 la base de cotización por jubilación para los beneficiarios de subsidio que sean mayores de 55 años se incrementa al 125% de la base mínima de cotización a la Seguridad Social.
En caso de querer complementar las contizaciones, se permite acogerse al convenio especial.
¿Qué documentación hay que aportar?
- Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
- Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
- Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.
Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 55 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.
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Tengo 53 años y en Noviembvre cumplo 54 años, me han dicho que tengo que espera un mes para tramitar una ayuda de 6 meses, por haber entrado en vigor lo de 55 años, luego cuando lleque esa edad me aceptaran la misma, y miestra tanto que hago, me gustaria trabajar como una mayoria de españoles.
Lo de 1 mes de esperar ya estaba antes de la entrada en vigor de la nueva ley.
Después de la ayuda de los 6 meses puedes pedir la RAI:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
gracias por contestar a mi pregunta sobre la rai ,me quedan 2 años para los 55 si trabajo tres meses podre tener la ayuda de los 55 ¿ o que tendria que hacer? muchas gracias
Tienes que cumplir los requisitos descritos en el artículo de arriba.
Salu2.
En octubre cumpliré 55 años y sin posibilidad de encontrar trabajo.Cobro el subsidio.¿cuando podré cobrar la jubilacion?
La edad más pronto para la jubilación es a los 61:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Entre tanto, solicita este subsidio.
Ten en cuenta que si no te conceden este subsidio, tampoco te concederán la pensión de jubilación.
Salu2.
tengo permiso de residencia y trabajo,pero se me vence el proximo mes, me lo pueden renovar si estoy en el paro?..o me lo deniegan ,por estar desemplead?
Yo creo que sí, pero no te aseguro ya que es un tema que aún no lo hemos tratado.
Salu2.
que quiere decir,cumplimente en otras rentas,el resultado de aplicar el 50%del interes legal del dinero vigente sobre el valor del bien,fondo o plan dividido entre 12 meses. es una clausula en el apartado reglas para el calculo de las rentas.
Ahora es el 100%.
Salu2.
Ola tengo 58 años cobro 426. Si me pongo a trabajar dos meses o uno. Despues podre reanudar la lo que cobro si alguien me puede asesorar,cracias
Sí, sin problemas.
tengo una pension de 509euros y mi mujer esta en el paro,podria solicitar la rai,ya que si divido lo que yo cobro por 2 no supero los 481euros,o superando los 481euros no se puede pedir.
El que solicita la ayuda no tiene que tener rentas superiores a los 481,05 euros brutos mensuales.
Lo que cobre la pareja no influye para el subsidio de mayores de 52 años.
Salu2.
VAYA TELA , ESPERANDO A CUMPLIR LOS 52 AÑOS Y AHORA ME DICEN QUE HASTA LOS 55 AÑOS NO PUEDO COBRAR ESTA AYUDA . QUE VERGUENZAAAAAAAAAAA !!!!!!! POLITICOS RECORTAROS DE VUESTROS SUELDOS Y NO NOS QUITEIS A LOS POBRES DESGRACIADOS NUESTRAS AYUDAAAASSSSSSSS !!!!!!
¿Has cumplido los 52 años después del día 14 de Julio?
Si es así, me temo que tienes que esperar a los 55 años.
Salu2
me ha venido denegada la solicitud de la ayuda a mayores de 52 años,se basan en el articulo 215 de la L.G.S.S.Y dicen que no me encuentro en ninguna de las situaciones de acceso al subsidio de desempleo,tengo mas de 15 años cotizados,2 en los ultimos 15,e cotizado mas de 6 años para el desempleo,la ultima vez que cobre el subsidio de desempleo fue en el año 2001,tengo derecho a alguna reclamacion,tendria derecho a pedir la rai.
Me temo que no tienes derecho a recibir la ayuda, al no tener 3 meses cotizados por desempleo en los últimos 6 años.
Tendrías que trabjaar al menos durante 3 meses en el régimen general y podrás pedir la ayuda.
Salu2.
ante todo muchas gracias por vuestra informacion. tengo 60 años y el proximo 15 de agosto finaliza mi contrato de 3 meses de duracion a media jornada, no tengo rentas de ningun tipo y llevo casi cuarenta años cotizando, 25 en regimen general y 12 como autonomo. tuve que cerrar negocio por autentica ruina y ahora estoy a punto de finalizar este trabajo de 3 meses que he mencionado anteriormente, mi pregunta es si tengo derecho a este subsidio aunque sea de 3 meses y tiempo parcial.
os agradezco mucho vuestra ayuda .Gracias
Sí, yo creo que servirá.
Salu2.