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14 de septiembre de 2009

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.

13 de Marzo de 2019: En vigor el nuevo Subsidio de mayores de 52 años

17 de Enero de 2019: El subsidio de mayores en 2019 será de 52 años, y otras mejoras

7 de Julio de 2018: Tribunal Constitucional sentencia que los ingresos familiares no compute para acceder al Subsidio de mayores de 55 años

15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
  • Tener cumplidos 52 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas o agotados estas ayudas, se mantenga de forma ininterrumpidamente en la demanda de empleo hasta alcanzar la edad de 52 años:

¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?

  • La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 52 años o cuando cumpla los requisitos.
  • En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 675,00€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.

¿Qué duración tiene?

  • Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
  • Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.

¿Cuál es la cuantía de este subsidio?

  • 430,27€ mensuales en 2019. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
  • Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
  • En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.

Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.

¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?

Sí, con una base de cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.

En caso de querer complementar las cotizaciones, se permite acogerse al convenio especial.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.

Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.

La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.

La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.

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8.983 comments to Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

  • morales

    hola yo tengo 58años y cotizados 16 pero de esto hace ya unos 9años hace 8meses trabaje tres meses de contrato .tengo derecho a cobrarlo???es k lo e hechado 2 veces y me lo han renegado (soy separada y no tengo cargos)y no tengo ningun ingreso .por favor y gracias

    • No, y cuidado que es posible que no tengas ni siquiera derecho a la pensión de jubilación cuando tengas la edad de jubilarte.

      Ten en cuenta que exigen tener 2 años cotizados desde los 50 hasta los 65 años.

      Intenta buscar empleo o acógete a un convenio para seguir cotizando.

      Salu2

  • eduardo

    Hola. Esperaba alguna aclaración puesto que he observado que no está muy claro para mí el asunto de los intereses por tener dinero en cuenta sin dar interés; el del interes de un depósito y por último el interes presunto del dinero.

    Yo realmente no quería tener fallos a la hora de declarar a SEPE mis ingresos, por lo que deseaba si puede confirmarme si sobre el interes de un depósito a plazo con liquidación de intereses en forma trimestral:
    1 ¿ No es que para este caso se debe prorratear el total del interes del trimestre dividido entre 3 para obtener el mensual ?

    2 Y si el interés es con liquidación anual no es que hay que dividir el total del interes obtenido entre 12 para sacar el mencual? No es así como lo hace el SEPE ?

    Y por último si tengo confirmado que corresponderá calcular el 3,5 por ciento de todo aquel dinero que no obtenga intereses ni mensual, ni trimestral ni anual.

    Esperaba alguna confirmación sobre los 2 puntos primeros. Muchas gracias por ayudar con esta página. Gracias.

  • enrique

    ENTONCES SI METES EL DINERO A PLAZO FIJO QUE TE DE INTERESES ¿QUE TE IMPUTA EL 3,5 DE LOS INTERESES QUE TE PRODUCE Y NO DEL DINERO ?

  • paco

    MI CONTRATO DE 3 MESES TERMINA EL 28 FEBRERO.CON 57 AÑOS,SIN RENTAS Y FAMILIA CUANDO PUEDO SOLICITAR SUBSIDIO,YA QUE TENDRIA QUE APUNTARME AL PARO A PRIMEROS DE MARZO,Y CREO QUE ME EXIGEN UN MES APUNTADO.COMO SERIA EL PROCEDIMIENTO QUE TENDRIA QUE REALIZAR.? QUE PLAZOS TENGO?gracias

    • Acude a SEPE en los 15 días siguientes a perder el empleo.

      Te apuntas a la demanda de empleo y pide información sobre las ayudas que podrías tener derecho.

      No indicas suficientes datos para saber si tienes o no derecho a alguna a ayuda.

      Salu2.

  • enrique

    ME DICES QUE SI ME DAN INTERESES MENSUALES ¿TIENEN QUE SER AL MES O DA IGUAL SI TE LOS DAN A FINAL DE AÑO Y SE DIVIDEN ENTRE DOCE MESES NECESITO SABERLO PARA IR AL BANCO Y SI TIENEN QUE SER AL MES BUSCAR UN BANCO QUE TE LO HAGA ASI PORQUE NORMALMENTE TE LO HACEN POR TRECE MESES.UN SALUDO.

  • Adolfo Gutierrez

    Buenas tardes, estoy cobrando la prestación de mayores de 55 años, y resulta que mis 2 hijos ambos menores de 26 años quieren vender una finca rústica que aportaría un beneficio aproximado de unos 5000 euros cada uno, y quería saber en que me afectaría es decir, si me quitan la paga durante un tiempo, ¿de cuanto tiempo se trataría?.
    Y si me cortan la paga, ¿la cotización a la seguridad social también?

    Gracias.

    • Si el bien es tuyo, los beneficios también.

      Si obtienes 5.000 euros de rentas, perderás la ayuda. Aunque no sé decirte si 1 mes o 1 año.

      Si se suspende el subsidio, también la cotizaciones. Ambas cosas están vinculadas.

      Consulta en el SEPE, porque eso no está muy claro.

  • marta

    Buenas tardes, entiendo que los depósitos a plazo fijo que generen intereses tanto trimestrales, como anuales se les imputa un 3,5% del capital, y por otra parte se les aplica otro 3,5 % a los valores catastrales de las viviendas??, pero supongo que si tengo en propiedad un piso como vivienda habitual al 50 % y otro piso al 33%, se imputa el 3,5% sobre esos porcentajes de propiedad.
    Agradecería que me aclarase sobre ese tema.
    Gracias

  • jusus

    POR MI VIVIENDA HABITUAL QUE ES LA UNICA NO ME IMPUTAN NADA,Y POR UN DEPOSITO DE 13 MESES A VENCIMIENTO SOLO EL 3.5% DE LA CANTIDAD DEL DEPOSITO,ENTONCES LOS INTERESES DE ESE DEPOSITO CUANDO CUMPLA NO SE DECLARAN.GRACIAS

  • Mokum

    He sido despedido por un ERE con una idemnizacion que despues del paro usare para compemsar el periodo hasta mi jubilacion. Mi pregunta es si el disfrute de esta idemnizacion es compatible con solicitar esta ayuda para mayores de 54 años? Muchas gracias.

    • La ayuda es de mayores 55 años, y sí, son compatibles.

      El dinero de la indemnización producirá rentas o rentas supuestas que habría que sumar al resto de tus rentas para ver si cumples el límite económico de los 486,45 euros mensuales.

      Salu2.

  • felix

    NO ME ACLARO CON EL LIO DE LAS RENTAS,ENTONCES DE MI CAPITAL EN QUE DECLARO INTERESES O VALOR DEL DINERO.1.CUENTA CORRIENTE 5000€ DONDE DOMICILIO RECIBOS SIN INTERESES.2.CUENTA INVERSION 8000€ CON INTERESES TRIMESTRALES EN LA MISMA CUENTA.3.CUENTA NARANJA 10000€ CON INTERESES MENSUALES EN MISMA CUENTA.4.DEPOSITO A 6 MESES CON INTERESES A VENCIMIENTO 6000€.GRACIAS

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