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14 de septiembre de 2009

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.

13 de Marzo de 2019: En vigor el nuevo Subsidio de mayores de 52 años

17 de Enero de 2019: El subsidio de mayores en 2019 será de 52 años, y otras mejoras

7 de Julio de 2018: Tribunal Constitucional sentencia que los ingresos familiares no compute para acceder al Subsidio de mayores de 55 años

15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.

¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?

  • Estar desempleado.
  • Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
  • Tener cumplidos 52 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas o agotados estas ayudas, se mantenga de forma ininterrumpidamente en la demanda de empleo hasta alcanzar la edad de 52 años:

¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?

  • La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 52 años o cuando cumpla los requisitos.
  • En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 675,00€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.

¿Qué duración tiene?

  • Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
  • Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.

¿Cuál es la cuantía de este subsidio?

  • 430,27€ mensuales en 2019. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
  • Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
  • En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.

Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.

¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?

Sí, con una base de cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.

En caso de querer complementar las cotizaciones, se permite acogerse al convenio especial.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.

Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.

La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.

La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.

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8.983 comments to Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación

  • Francisco

    Estoy cobrando la ayuda de mayores de 55 años, si me hacen un contrato de menos de 3 meses, puedo volver a cobrar la ayuda despues del contrato y me segioran cotizando a la SS el minimo o tendre que esperar 1 año, como si se iniciara otra vez.
    Un saludo

  • antonio

    hola soy antonio y estoy cobrando la ayuda de mayores 55 años en la actualidad temgo 58 años mi ultimo trabajo fue el 3 de julio 2011 y desde entonces no he he contrado trabajo mi pregunta es cuando me podre jubilar???

  • antonio

    hola soy antonio gracias por la contestacion
    en la ultima empresa que estuve fue en una temporal contrato de 15 dias y los termine, y al paro.
    pero ahora en estos momentos me surgiere una duda ,
    «suponiendo que fuera alos 63 años»
    si alos 61 años te echan del paro? (tengo entendido)
    esos dos años que me quedan hasta los 63.
    la seguridad social sigue cotizando por mi?
    tendria derecho asistencia medica?
    me tendria que pagar yo el seguro? saludos

    • ¿Cómo que a los 61 te echan del paro?

      Lo único relacionado con el tema de los 61 años… se refiere a que cuando una persona tenga derecho a una prestación contributiva (jubilación anticipada a los 61) se le quita el subsidio de desempleo de mayores de 55 años, pero si esta persona quiere, puede seguir dado de alta en desempleo y no acogerse a la jubilación anticipada.

      Si es tu caso, cobrando el subsidio de mayores de 55 años; te dejarán de dar este subsidio cuando tengas derecho a la jubilación anticipada, eso es a los 61 o 63 años.

      Nunca estarías desprotegido.

      Salu2.

  • xaro

    Hola estoy cobrando el subsidio de 55 años me despidieron en septiembre de 2012 según mi caso a los 61 me podría jubilar mi pregunta es si encontrara trabajo de mas de 12 meses i volviera al paro seguria teniendo derecho a jubilarme a los 61 años gracias

  • antonio perez garcia

    en el subsidio de mayores de 55años ,en el calculo de rentas, como se calculan las rentas de la vivienda habitual y las del dinero que se tiene ahorrado

  • rufo

    Mi mujer tiene 14años cotizados mas 320dias de pluriempleo y varios años a media jornada,es posible calcular dichos años , sus porcentajes para ver si llega o pasa de 15 años y tener derecho al subsidio de 55 años?.Muchas gracias.

  • chema

    hola tengo un fondo de inversion con 30000 euros este dinero cotiza un 3% mensual el interes legal del dinero o cotiza cuando lo rescate dividido entre 12 mensualidades de cara al calculo de rentas muchas gracias

  • cristina

    Estoy cobrando subsidio de 55 y tengo pensado irme en 10 días a andorra 6 días.Tengo obligación de comunicarlo y si es asi como ya que la ultima vez que pedi cita en el inem para información me la dieron para mas de un mes.Me pueden sancionar y en que seria la sanción.gracias

  • Paco

    Hola,estoy cobrando el subsidio de 55 y a la vez tengo un convenio con la SS,cuando el SMI suba a 707€ influye en este subsidio? Porque si es asi,tendria que modificar mi convenio?Gracias.

    • Afecta a tu Subsidio. Al subir SMI, el límite de ingresos que pueda tener también subirá (75% del SMI).

      Por otro lado, SEPE cotiza por ti por el 100% del SMI al cobrar ese subsidio.

      Si tiene un convenio, cotizará un extra subiendo la base de ese 100% del SMI.

      Si no realiza ningún cambio, su base subirá y afectará positivamente a su pensión de jubilación.

      Salu2.

  • jose

    Cobro subsidio de 55,y acabo de vender un fondo de inversión con perdidas y pasarlo a deposito con intereses mensuales.Dentro de 15 días hago declaración anual de rentas,supongo que ya no tengo que declarar el 3% del interés legal del dinero de ese fondo.gracias

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