Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.
13 de Marzo de 2019: En vigor el nuevo Subsidio de mayores de 52 años
17 de Enero de 2019: El subsidio de mayores en 2019 será de 52 años, y otras mejoras
7 de Julio de 2018: Tribunal Constitucional sentencia que los ingresos familiares no compute para acceder al Subsidio de mayores de 55 años
15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.
¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?
- Estar desempleado.
- Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
- No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
- Tener cumplidos 52 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas o agotados estas ayudas, se mantenga de forma ininterrumpidamente en la demanda de empleo hasta alcanzar la edad de 52 años:
¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?
- La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 52 años o cuando cumpla los requisitos.
- En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 675,00€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.
¿Qué duración tiene?
- Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
- Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.
¿Cuál es la cuantía de este subsidio?
- 430,27€ mensuales en 2019. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
- Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
- En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.
¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?
Sí, con una base de cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.
En caso de querer complementar las cotizaciones, se permite acogerse al convenio especial.
¿Qué documentación hay que aportar?
- Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
- Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
- Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.
Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.
Artículos relacionados:
Estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 años.Ho
y se ha aprobado la subida del SMI a 900 euros. Esto supone que también se ha subido el IPREM y por tanto el subsidio para 2019?
Muchas gracias.
No, el IPREM va por su cuenta. Es la gran estafa del estado:
– http://www.tucapital.es/blogs/noticias/iprem-invento-que-hace-que-los-desempleados-cobren-158e-menos-al-mes/
Salu2.
¿Dónde esta la ayuda para desempleados de larga duración?
A mi con 60 años me la denegaron porque tenia que haber trabajado los últimos 90 días antes de la solicitud.
¿Pero no somos parados de larga duración? si hubiera trabajado los últimos tres meses ya no lo sería.
Todos son artimañas para denegarte la ayuda.
Ahora quieren quitar ese condicionante, ¿Cuando? a saber, cuando estemos jubilados o muertos.
El subsidio de mayores de 55 no es para desempleado de larga duración, sino para mayores de 55 que cumple ese requisito que mencionas.
Ahora el gobierno parece que tiene la intención de cambiar y podrías acceder (ya veremos).
En tu caso, podrías pedir la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
Hola, saben si ha habido modificaciones en el sub. de mayores de 55años? la edad, la cuantia etc…muchas gracias.
Aún no, pero lo están mirando para rebajar hasta 52 y cambiar algunas condciiones:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2018/12/14/el-nuevo-subsidio-para-parados-mayores-de-52-anos-no-requerira-trabajar-previamente-entrara-en-vigor-en-2019/
Salu2.
Hola,cuando heredas un inmueble,cuando hay que comunicarlo al SEPE,cuando firmas la escritura y la pones a tu nombre o hay que comunicarlo antes?.Gracias.
Cuanto antes mejor.
Salu2.
hola con las nuevas normas que se van a aprobar de que ya no te obligan a jubilarte a los 61 retirándote el subsidio teniendo derecho a una jubilacion anticipada con el descuento correspondiente si uno quiere se podría prejubilar con el correspondiente recorte gracias un saludo
Sí, se podrá jubilarse cuando se quiera (hasta alcanzar la edad de jubilación).
Salu2.
Leete las novedades:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2019/01/17/nuevo-subsidio-de-mayores-de-52-anos-de-2019-mayor-cuantia-y-mejores-condiciones/
Salu2.
si por ejemplo te puedes prejubilar con 61 y no quieres llegar a los 65 por ejemplo te retirán el subsidio y te recortan un 6 porciento cada año es a si un saludo
Si esperas hasta los 65 a coger la jubilación, no te aplican coeficientes reductores.
Esos años no cobras el subsidio.
La nueva ley quiere cambiar eso, y te sigue pagando el subsidio si decides no jubilarte anticipadamente.
Salu2.
sabeis si van asubir el subsidio a 438 euros
Leete los cambios que quieren introducir siempre que se apruebe el PGE:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2019/01/17/nuevo-subsidio-de-mayores-de-52-anos-de-2019-mayor-cuantia-y-mejores-condiciones/
Salu2.
438,8€.
Hola, soy Ítaloargentino, tengo mas de 65 años, estoy cobrando subsidio por desempleo hasta Agosto cuando se extingue ese derecho, tengo una jubilación mínima en Argentina de 178€ por mes, tengo cotizados 11 años en la SS Española y noto que en la of. de la SS local lo que menos quieren es orientarme correctamente, les pedí consejos y fueron muy reticentes al extremo de llegar a decirme que ellos no están para aconsejar sino para responder preguntas, estoy desorientado porque aún me faltan cotizar cuatro años más y si bien estoy pagando el sello agrícola me es muy difícil continuar así por cuatro años mas hasta tener derecho a la jubilación mínima española, alguien me aconsejó solicitar una Pensión No Contributiva, podrían orientarme por favor, quizá haya alguna ayuda para pasar esos 4 años que me faltan o quizá alguna opción mas conveniente, desde ya muy agradecido. Saludos
Intenta que te convalide los años cotizados en Argentina y solicitar una única pensión de jubilación en España, cobrarás al menos la pensión mínima que será de unos 650€ al mes 14 pagas.
En otro caso, podrías pedir la PNC, pero la suma total de tus ingresos sería de unos 430€ al mes (incluido la pensión de argentina).
Salu2.
Buenos dias, perdonen mi insistencia ,mi mujer tiene una vida laboral de 14 años y 2 meses porque tiene varios periodos parciales,mi pregunta es si se incrementa al sumarla diferencia que resulta de multiplicar por 1,5 sin sobrepasar la unidad,con lo cual tendria alrededor de 17 años,y por supuesto cumplir el resto de condiciones.Gracias por todo.
Los periodos a tiempo parcial hay que aplicar el coeficiente…
Lo mejor es que vaya a la Seguridad Social y pregunte, ahí le dirá si va a cumplir o no los requisitos para cobrar una pensión.
Salu2.
Buenas,si no se aprueban los PGE y vamos a elecciones,un gobierno en funciones puede aprobar por real decreto la modificacion de este subsidio de 55 a 52 como estaba antes?
Gracias.
Me temo que no.
En funciones sólo puede realizar tareas normales del día a día y poco más.
Salu2.
Hola.
Después de trabajar los 90 días y tener los 55 años cumplidos, desde que me apunte en el inem debo de esperar un mes para solicitar el subsidio de mayores de 55?
Muchas gracias.
Hay que estar 1 mes inscrito según sus condiciones, pero cuando vayas inscribirte, pregunta.
Salu2.