Desde el 1 de julio de 2009, se puso en marcha el llamado Bono Social, mediante el cual determinados colectivos vulnerables (familias numerosas, desempleados, viviendas con potencia inferior a 3 KW, pensionistas) se beneficiaran de bonificaciones en la tarifa de electricidad. Indicamos qué requisitos habrá cumplir, cuál es el ahorro en la tarifa así cómo dónde solicitarlo.
¿Qué es la Tarifa Social o Bono Social?
Es una nueva tarifa creada por el Ministerio de Industria desde el 1 de Julio del 2009. Se diferencia de la tarifa general en que la potencia contratrada resulta gratuita. Es decir, el consumidor no paga un término fijo de potencia y sólo paga por lo que consume.
¿A quién esta dirigida?
Hasta que el Ministro de Industria, Turismo y Comercio no determine las características sociales, de consumo y poder adquisitivo, desde el 1 de julio de 2009, existirá la tarifa actual sin subidas:
Bono social para:
a) Personas físicas con potencia contratada < 3Kw. en su vivienda habitual.
b) Pensionistas con 60 ó más años que perciban pensión mínima por:
- Jubilación
- Incapacidad permanente
- Viudedad
c) Familias numerosas
d) Familias con todos sus miembros en situación de desempleo
¿Qué requisitos hay que cumplir?
- Que el titular del contrato sea una persona física (que no sea una empresa, asociación comunidad, etc.)
- Que tenga una potencia contratada inferior a 3kW.
- Que tenga instalado un interruptor de control de potencia (ICP) o limitador.
- Si no lo tiene la distribuidora lo instalará en un mes.
- Que se trate de la vivienda habitual del titular del contrato.
Los consumidores que cumplan los 3 primeros requisitos recibirán de la distribuidora eléctrica, junto con la factura, una información especídifca sobre la tarifa social.
¿Cómo solicitarla?
Se solicita en la empresa distribuidora o por correo postal o correo electrónico en la comercializadora de último recursos, presentando los impresos correspondientes que podrá descargarse en http://www.cne.es/consumidores/pdf/electricidad/Resol-26-jun-09-bono-social.pdf , y acreditando su condición de beneficiario del bono social
¿Cual es el ahorro?
Los consumidores que dispongan de potencia contratada de 2,3kW se ahorran 4,55€/mes, lo que supone unos 55€ anuales (impuestos incluidos).
Si el consumidor solicita una reducción de potencia, el ahorro sería mayor a cambio de disponer de menos potencia contratada. Por ejemplo, reduciendo de 3,5 a 2,3kW y solicitando la tarifa social, el ahorro sería de 6,87 €/mes, lo que supone 82€ anuales (impuestos incluidos).
Penalizaciones y obligaciones del consumidor
Los consumidores tienen la obligación de comunicar a su comercializadora de último recurso cualquier cambio que suponga la pérdida del derecho a percibir el bono social.El incumplimiento de los requisitos para la aplicación del bono social dará lugar a la refacturación del suministro desde la fecha en que se produzca dicho incumplimiento en función de la tarifa de último recurso vigente aplicando un recargo del 10 por ciento.
Fuente de Información: Comisión Nacional de la Energía.
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