La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
- Los meyores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
- Agotar su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
- Ser trabajador emigrante retornados:
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
¿Qué es carencia de rentas?
- Que las rentas del solicitante en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2013 son 483,98 euros.
- La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.
Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas. No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.
¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?
- Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
- Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.
¿Cuánto durará la RAI?
La duración máxima de la renta es de 11 meses.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 426 euros al mes para el año 2013.
En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:
- Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
- El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.
¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?
El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.
Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.
La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.
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Hola: Estoy cobrando la RAI desde el mes de febrero de este año..Mi pregunta es Puedo renovar el DARDE por teléfono cada tres meses como hasta ahora estoy haciendo, o tengo que ir a a las oficinas del INEM a renovar a los 6 meses??? Mi temor es que, lo siga haciendo por teléfono, que va muy bien, porque en el momento me envían un mensaje al móvil con el nuevo DARDE. Y que luego me digan que perdí la RAI por no ir a los 6 meses a renovarlo en las propias oficinas.. O sea, si puedo hacerlo como hasta ahora, hasta que se me termine la RAI???
Muchas gracias,
Saludos cordiales
Puedes renovar la demanda de empleo como hasta ahora… pero yo siempre recomiendo acudir al SEPE para que te sellen el papel.. nunca se sabe si por teléfono te lo hacen bien… y por otro lado no queda constancia, al menos tu no tienes pruebas.
No sería el primer caso de una persona que lo renueva por teléfono o por internet y finalmente se queda sin la ayuda porque hubo un error en dicha renovación.
Salu2.
HOLA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE ESTA AYUDA COTIZA A LA SEGURIDAD SOCIAL?
No, la RAI no cotiza.
Hola, soy víctima de violencia de género. Tengo 17 años y autorización paterna para trabajar. ¿Tengo derecho a la RAI aún siendo menor de edad?
Sí, podrías cobrarlo…
Hola.
Quiero avisar a todos los que hayáis hecho la solicitud de la RAI de forma telemática y estéis en espera de que paséis por la vuestra oficina del SEPE (INEM) y verifiquéis que se está tramitando.
Os lo digo porque, después de casi tres meses, la tramitación de la mía estaba parada, en espera de un certificado de la Agencia Tributaria que han solicitado hoy, porque me he personado allí -si no seguiría parada-.
Un saludo a todos.
Efectivamente, es conveniente acudir siempre a SEPE… NO cuesta nada y está en juego una ayuda que supongo que lo necesitáis.
Salu2.
he sido autonomo tengo 52 años 14 meses en el paro,mi señora cobra cada 6 meses la prestacion agraria.
no tengo paro ni prestacion alguna.
¿ puedo acogerme a la renta activa de insercion
Yo creo que sí.
Ve a SEPE y pide información.
EL AÑO PASADO ESTUVE COBRANDO LA RAI POR PRIMERA VEZ Y LA TERMINE EN DICIEMBRE DE 2011.ESTE AÑO ME ESTOY SEPARANDO Y ME IRE A VIVIR A OTRA CIUDAD Y VIVIRE EN CASA DE MI HERMANA.
PODRE VOLVER A SOLICITARLA EN EL 2013 ? MIS HIJAS SON MAYORES Y HACEN SU VIDA.TENDRE DERECHO A ESTA AYUDA ? MUCHAS GRACIAS.
Sí, lo puedes hacer.
hola me gustaria saber si puedo renovar por segunda vez la rai ,la cobre por ser victima de violencia y ya pasaron los 11 meses que la cobre y la orden de alejamiento que tenia era de un año ,tengo un niño pequeño a mi cargo,podre renovarla de nuevo? o no tengo derecho alas tres veces seguidas.
Si ya no eres considerada víctima, no podrás cobrarlo hasta que tengas más de 45 años y lleves 12 meses dado de alta en demanda de empleo.
Salu2.
Hola. Tengo una preocupación enorme. Estoy cobrando la RAI y hace 2 semanas me llamaron para cubrir una baja de 3 días, hasta el viernes de esa semana. Llamé a la central de prestaciones para informarles de que me iban a dar de alta esos días en la Seg. Social y me dijo la chica que una vez terminado fuera a darme de nuevo de alta en el Inem como demandante de empleo. La semana pasada estuve en cama por problemas de salud y he ido este miércoles (tenía de plazo hasta hoy viernes). Bien, a principios de semana me llamaron de la central de prestaciones para preguntarme si había ido al inem a por la tarjeta y les dije que iría el miércoles porque tenía ese problema de salud. La chica, muy amable, me dijo que entonces fuera antes del viernes y que no hacía falta que hiciera nada más, ni llamarlos ni hacer nada en el departamento de prestaciones porque a ellos les llegaba la notificación de estar de nuevo de alta como demandante de empleo. Hoy he estado consultando en la página de la SEPE y no me deja entrar. Llamé al número que pone y me dijeron que eso era porque no estaba aún regularizada mi situación. Teóricamente consta que no estoy percibiendo ninguna ayuda. Lo que quiero saber, por favorrrrrrrrr, es si me pueden penalizar o sacarme la ayuda ya que yo hice lo que la chica me dijo, que era darme de alta como demandante de empleo. Estoy nerviosísima. Por favor, ayuda!!!!!!!!!!!!!!! GRACIAS!!!!!!!!!!
El problema es que que te ha informado mal, no tienes nada con qué demostrar.
De todas formas, si no has ido por problema de salud y lo puedes demostrar, no te van a sancionar.
Acude cuanto antes al SEPE y regulariza tu situación.
Salu2.
Tengo 67 años, estoy inscripta en el paro sin remuneración por mas de 12 meses, soy de larga duración y hoy es la segunda vez que solicito el RAI y me dicen que tengo más de 65 , y que no tengo derecho ?Que puedo hacer?
Tienes ya la edad de jubilación y por lo tanto dejas de ser demandante de empleo.
En tu caso puedes pedir una PNC de jubilación:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pension-no-contributiva-de-jubilacion/
Salu2.
estoy cobrando la rai,pero se me acaba en junio.Tengo 57 años y una hija menor.Mi pregunta es si tengo 12 años cotizados y 6 años en el paro tengo derecho a la pension de los 52 años.gracias
No, a la ayuda de mayores de 52 años no, porque no cumples los requisitos:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
En cambio, sí que tendrás derecho a cobrar el subsidio de desempleo:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
y la RAI después.
Salu2.