La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
- Los meyores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
- Agotar su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
- Ser trabajador emigrante retornados:
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
¿Qué es carencia de rentas?
- Que las rentas del solicitante en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2013 son 483,98 euros.
- La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.
Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas. No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.
¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?
- Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
- Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.
¿Cuánto durará la RAI?
La duración máxima de la renta es de 11 meses.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 426 euros al mes para el año 2013.
En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:
- Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
- El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.
¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?
El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.
Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.
La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.
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Hola,Tengo 44 años cumplo los 45 en Noviembre y era autonomo hasta el año 2008, donde ingresé en el inem. Tengo esposa e hija menor de edad y desde 2008 no he tenido ningún tipo de renta, He vivido de ayudas familiares que debo dar las gracias y mi pregunta es si tengo a algún tipo de prestación ó debo seguir viviendo de la caridad.Gracias
La pregunta es si alguna vez has cobrado una prestación o subsido de desempleo¿?
Vete a SEPE y pregunta por tu caso.
Salu2.
Si no agotó previamente prestacion o subsidio no tiene dcho a nada
Hola,tengo los 45 y mi marido tiene normalmente un sueldo bruto de 1535,pero estos tres meses anteriores a incrementado con horas extras unos 200 euros cada mes.Somos 4 en casa.¿tendre derecho a la RAI?.Nunca antes había tenido horas extras.
Gracias
Haz tus cálculos.
Para poder cobrar la RAI, rentas por miembro de la unidad familiar: 481,05 euros brutos mensuales.
Salu2
Gracias por contestar,si eso ya lo pone en el texto pero no habla de las horas extras,quiero decir ,que el total bruto aumenta:Si no existen esas horas ,si creo que puedo acogerme a ella ,pero si las cobra ese mes la supera,que debo hacer?
Gracias
Tienes que incluir todos tus ingresos, incluido lo que ganes por las horas extras, y entre las normas, te exigen que comuniques cualquier cambio de tu situación económica con respecto a la fecha de solicitud de la ayuda.
Salu2.
Y en caso de que tenga dcho estará obligada a comunicar los cambios económicos de la.unidad familiar no por.concedersela quiere decir q tenga dcho a cobrará durante los 11 meses puesto q se debe de tener.los requisitos de ingresos de la unidad familiar durante todo ese tiempo si no lo comunica sera la extincion revocacion y devolucion de la totalidad de la rai en caso de que la haya cobrado por completo
Hola, estoy cobrando la RAi, puedo salir del pais???un saludo y gracias
Si te conceden permiso, sí.
Acude a SEPE y solicita la salida del país y los motivos que alegas.
Salu2.
para concederte la rai aparte de no superar los 481euros por miembro familiar,tecuentan tambien si tienes alguna casa o otro inmueble aunque no lo tengas alquilado o esto no cuenta
Si tienes inmuebles, se te imputa unas rentas que se suma a tus otras rentas y no ha de superar los 481,05 euros brutos mensuales.
Salu2.
Buenas tardes:
Soy beneficiario del RAI y soy minusvalido, quisiera saber si el recorte el gobierno afecta al hecho de que si no encuentro trabajo, si podre renovar el RAI otra vez mas, ya es la segunda vez que lo pido y me queda uno, ¿Ahora me pedirán mas requisitos? ¿O cuando se me agote podré volver a pedirlo como era así antes?
Para poder cobrar una nueva RAI tienes que haber cotizado y cobrado alguna vez el subsidio de desempleo o prestación de desempleo.
Salu2.
que quiere decir imputaciones de rentas de bienes inmuebles no arrendadas,diferentes de la vivienda actual.
igual que cuando haces la declaracion de la renta.Si tienes un piso vacio a tu disposicion en el que no vives imputa unas rentas ,en la propia declaracion se ve ,(mas o menos es el 1,1 del valor catastral )
Hola buenas tardes:
Hasta el mes de mayo estaba cobrando la Rai por una minusvalía, y empecé a trabajar en una empresa dos meses, luego me echaron y al cabo de unos días me volvieron a llamar porque había mucha faena y me han comentado que un princio serian 3 semanas mas.
Entonces mi consulta es: Cuando yo fui a pedir la prorroga de la Rai me dijeron que si quería volver a recuperar la no debía de pasar de un tiempo trabajado.De cuanto tiempo se trata? Hasta cuando la podría recuperar?gracias
Creo que si trabajas 1 año, y tengas derecho a una prestación de desempleo dejas de cobrarlo, eso seguro.
Supongo que no se refiere a 90 días (ya que si trabajas por ese plazo de tiempo en el plazo de 1 año, se considera interrumpida la demanda de empleo)… así que te recomiendo que te asegures y haz una consulta en el SEPE o llama al 901 11 99 99
Salu2.
hola si cobro la rai yo los 426 euros me la pueden quitar si mi mujer cobra 120 euros al mes dando clases 1 vez a la semana?
Tienes que hacer tus cálculos.
Las rentas de la unidad familiar no debe de superar de media 481,05 euros brutos mensuales.
Salu2.
hoy he recibido la carta en que medicen que tenguo aprovado desde el dia 14 elrai yo lo entregue el dia 13 cuando estaban haciendo los recortes por que el dia16 ya estaban los ordenadores bloqueados
Enhorabuena.
Los recortes se aplican a las solicitudes posteriores al día 15 de julio.
Salu2.
hola,cumplo 45 años en diciembre ,termine de cobrar 21 meses de subsidio y luego el prodi en 2010 ,,tengo cotizado 19 meses .
puedo solicitar la RAI cuando en diciembre cumpla los 45 ?
saludos y gracias
Sí, sin problemas con los datos que aportas.
Salu2.
gracias por su atención y saludos