La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
- Los meyores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
- Agotar su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
- Ser trabajador emigrante retornados:
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
¿Qué es carencia de rentas?
- Que las rentas del solicitante en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2013 son 483,98 euros.
- La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.
Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas. No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.
¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?
- Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
- Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.
¿Cuánto durará la RAI?
La duración máxima de la renta es de 11 meses.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 426 euros al mes para el año 2013.
En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:
- Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
- El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.
¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?
El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.
Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.
La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.
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Estoy cobrando el rai me han ofrecido un contrato de 2 meses 9 horas semanales como puedo compatibilizarlo con el rai
Tienes que ir a SEPE y solicitar la compatibilización.
Antes de empezar a trabajar acude a SEPE y consúltales por los trámites de que has de hacer.
Hola mi pregunta es la siguiente.
Estoy cobrando el rai por primera desde hace ya tres meses, y quizas ahora a finales de agosto empieze a trabajar.
Si me vuelvo a quedar parada, seguiria cobrando la ayuda sin perder ningun mes de ayuda
Gracias
Podrás reanudarlo… pero vete a SEPE para consultar los trámites que tendrás que hacer.
Salu2.
mi pregunta es voy a solicitar la rai tengo cotizados 26 años he cobrado el paro 2 veces,perola ultima vez fue hace 11años cuando tenia 41años,para que te la concedan es suficiente con haber cobrado el paro o tiene que ser dentro de una edad o dentro de unos años de edad determinada gracias.
Sí, pídelo.
Salu2.
otra pregunta porque lo de agotar su prestacion por desempleo de nivel contributivo o subsidio de desempleo de nivel asistencial en la parte de arriba,referente a la modificacion de las condiciones de acceso a esta ayuda viene escrito en rojo y lo demas en negro.
Es lo nuevo que han introducido con la última reforma de las ayudas de SEPE.
buenas yo e solicitado la rai por 3 vez el 1 de agosto la solicito por minusvalia tengo el 33%, y 35 años de edad e trabajado 6 meses y cobre otros 6 de ayuda soi soltero trabaje por regimen general ase 10 años y cobre esa ayuda ase 10 años podrian concederme la rai? gracias
Si ya has cobrado 3 veces, no podrás volver a cobrarlo.
Salu2.
Hola, soy mayor de 45 años, trabajé durante cuatro meses y estoy cobrando el subsidio de desempleo, cuando termine podré solicitar la RAI? si es así desde cuando se empieza a contar lo de los 12 meses, pues al estar cobrando el subsidio, ya se tiene la demanda de empleo. Gracias
Comienza a contar desde que te diste de alta en la demanda de empleo.
Salu2.
hola soy antonio¡ en noviembre termino de cobrar los 21 meses de subsidio por cotizacion anterior¡ en noviembre cumplo 52 años seguire cobrando algo? o empiezo a estudiar cual forma es la menos dolororosa para suicidarme? tengo minusvalia 35 por ciento y una pequeña pension¡ gracias¡
Puedes pedir la RAI.
soy antonio de nuevo el mismo de antes¡ vivo solo aunque tengo cargas familiares gracias¡
Eso no influye para la RAI.
hola buenas tardes quisiera saber si me han acptado la ayuda rai mi dni es 78979371Q
Pregúntalo en el SEPE.
hola buenas tardes¡ suponiendo que tenga derecho a cobrarla, me pueden informar cuanto tiempo se tarda en empezar a cobrar la RAI despues de cobrar el ultimo mes de subsidio? suponiendo q tenga derecho a cobrar claro esta¡muchas gracias¡
Las solicitudes tardan entre 1 y 2 meses en resolver.
Por otro lado, es posible que te exijan esperar 1 mes para poder pedir la RAI después de cobrar el subsidio de desempleo.
Salu2.