La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
- Los meyores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
- Agotar su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
- Ser trabajador emigrante retornados:
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
- Carecer de rentas.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
¿Qué es carencia de rentas?
- Que las rentas del solicitante en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2013 son 483,98 euros.
- La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.
Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas. No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.
¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?
- Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
- Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.
¿Cuánto durará la RAI?
La duración máxima de la renta es de 11 meses.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 426 euros al mes para el año 2013.
En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:
- Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
- El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.
¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?
El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.
Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.
La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.
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no tengo paro, no tengo ayudas no estoy recibiendo nada, posiblemente en unos dias me ayuden para gafas y no me daran todo, la pregunta es: si en un futuro cercano me dan el rai, y luego como soy voluntaria me dan alguna ayuda de 100 euros por ayudar en labores etc de la asociacion, luego esto se contara y devengara en ingreso?? tendria algun problema?? me han dicho que posiblemente de darian un dinerito pero no creo que sea mas de 100 o tal vez solo 80 para transporte y algo para refrigerio, me pueden responder?
Mientras que no tengas ingresos mensuales superiores a los 481,05 euros brutos mensuales, no vas a tener problemas.
Salu2.
Hola,voy a solicitar la rai y quisiera saber si entra en el computo el subsidio de mi marido y una beca mec de seis mil euros que le concedieron a mi hija y como se hace lo de la suma de cantidades y dividirlo por el numero de unidad familiar
Gracias.
Sí, cuenta todas las rentas salvo el subsidio del propio solicitante y algunas rentas exentas.
Para las beces es mejor que lo consultes en el SEPE.
Salu2.
para calcular lo de las rentas dr la ray,mi pregunta es soy minusvalido con un 37% cobro 500euros que cantidad de IRPF tendria que sumar al mes para calcular lo de las rentas,la que lo va a solicitar es mi mujer,pero como hay que sumarlo todo y luego dividirlo quisiera saberlo para ver si nos pasamos,anteriormente no tenia IRPF,pero cobraba bastante menos ahora no se si tengo que sumarlo.gracias por su respuesta.
El solicitante no puede tener rentas superiores a los 481,05 euros brutos mensuales.
En cuanto a la rentas familiares, tienes que sumar todo y dividir entre el número de miembro y esta cantidad no debe de superar los 481,05 brutos mensuales.
Salu2.
estoi passando mal denuncteimi pareja hei dado entrada por seve dia 8 de agosto tengo 52 anos me gustaria saber cuanto tarda la aprovacion i la 1 paga
Entre 1 y 2 meses tardan.
El año pasado cobre la primera rai, este año no, el próximo año si no me sale trabajo antes, la seguire cobrando? muchisimas gracias un saludo.
Sí, posiblemente siempre que hayas recibido alguna vez una prestación o subsidio de desempleo.
Salu2.
en mayo de este año deje de cobrar la primera vez el programa de renta activa de insercion. quisiera saber si esta ayuda esta activa o la han quitado ya. muchas gracias
NO, siguen en vigor pero con algunos cambios, tal y como se indica en el artículo de arriba.
Salu2.
BUENAS TARDES: ESTOY QUE ME AHOGO PX TENGO UN HIJO DE 5 AÑITOS Y LA RAI EL AÑO PASADO ME LA PAGARON, TENGO QUE ESTAR UN AÑO SIN COBRAR, POR FAVOR HAY ALGUNA AYUDA QUE PUEDA SOLICITAR Y LUEGO CUANDO ME EMPIEZEN A PAGAR LA RAI DEVOLVER ESE DINERO. NO PUEDO CONTINUAR CON ESTA SITUACION. UN SALUDO Y MUCHISIMAS GRACIAS.
PREFIERO TENER TRABAJO QUE AYUDAS, PERO HE PRESENTADO CURRICULUM Y ESTOY A LA ESPERA SI ME LLAMAN.
Lo siento, la RAI es el último recurso.
Tienes que buscar empleo (fácil de decir y difícil de encontrar en estos tiempos).
Salu2.
Buenas noches.¿¿ Es cierto que aún cumplido todos los requisitos como edad ,año x seguido en el paro .. si el último trabajo que tuve fue d autónoma ,no puedo cobrar LA RAI ó he entendido mal ??? esa norma es nueva si es que es así ???
Gracias.
Yo creo que sí que tienes derecho a esta ayuda aunque el último empleo haya sido de autónomo.
Lo que exige es que alguna vez hayas cobrado el paro o el subsidio de desempleo.
Salu2.
Hola el mes pasado fui a la inem a suspender el rai ya que tengo trabajo aunque sea parcial con un sueldo de 845€ pero me lo han vuelto a pagar que tengo que hacer
Es lo que te corresponde de los días de julio que estuviste sin trabajar.
Salu2.
Hola yo cobre 183€ en julio cuando fui a suspender la paga del rai pero ahora en agosto me han pagado 42€ que hago vuelvo a ir a suspenderla
Vete a SEPE y aclara la situación.
voy apedir la rai somos tres en casa y solo mi hija que tiene 24 años cobra 1100 euros al mes solo tenemos eso puedo pedirla …
Sí, si los ingresos son brutos y se ha incluido las pagas extras.
Salu2.