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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • luisa

    Buenos días de nuevo, en relación a su respuesta anterior, qué documento o documentos debo aportar?
    Gracias.

  • isabel

    Buenos dias tengo los 9 curriculum sellados para pedir la tercera rai y me cambiado el numero de movil hace una semana y en los curriculum tengo el de antes que puedo hacer no valen o puedo ponerlo debajo el nuevo muchas gracias

  • luisa

    Buenas, estoy cobrando la rai, este mes me van a pagar todos los intereses anuales de un plazo fijo en un solo pago. Se cuenta como ingreso el bruto de los intereses recibidos o el neto?
    Gracias.

  • luisa

    también quisiera preguntar, como se halla de la nómina la cantidad que sirve de referencia para la ayuda rai.

  • maribel

    Hola he ido a solicitar la segunda RAI y me piden que este inscrito en una ETT y presentar al menos una oferta de trabajo gestionada por los servicios publico de empleo, tengo 61 años les pido si me pueden asesorar un poco porque en la ETT si puedo llevar un curriculo y ins cribirme pero en el otro sitio no se como hacerlo, GRACIAS

    • Paco

      Hola Maribel,estas en el caso que me paso a mi,yo estoy cobrando el RAI desde febrero,bien,yo entre en ofertas de empleo del SEF de mi comunidad me inscribi en una oferta que mas o menos estoy cualificado(envie mi curriculum en el apartado ecurriculum de la pagina)saque por impresora el numero de oferta y la oferta y como estaba inscrito en esa oferta y me la tomaron en el SEPE como valida.Espero que te ayude.
      P.D. Antes tienes que estar inscrito como demandante de empleo en el SEF.

    • Paco

      Se me olvido decirte que para inscribirte en una oferta del SEF necesitas identificate como usuario,es decir,tienes que tener tu nombre de usuario y contraseña que te la dan en el SEF y que yo supongo que la tienes,sino,pidelos.

  • Sara

    Hola, estoy cobrando la RAI por discapacidad y me finaliza el segundo tramo el dia 22 de marzo, el dia 3 de marzo comiezo a trabajar a media joranda, mi pregunta es, puedo renovar una tercera mientras estoy trabajando para asi poder beneficiarme del 50 por cierto durante el tiempo que me queda? Gracias de antemano, un saludo

    • Debes de solicitar la compatibilización de la ayuda para cobrar los 19 días de marzo en el que coincide la ayuda con tu empleo.

      Después, creo que no te conviene compatiblizar, ten en cuenta que la ayuda sólo se da en toda la vida 3 veces de 11 meses y a 426 euros mensuales.

      De todas formas, cuando vayas a SEPE para solicitar la compatibilización, pide información.

      Salu2.

  • manuel

    Hola tengo 39 años, este mes pasado dia 24 termine el plan prepara, aun no encontrado trabajo, soy parado de larga duracion, no tengo derecho a cobrar paro ni ayuda, quisiera saber si tengo derecho a cobrar algo, soy español no emigrante ni tengo ninguna discapacidad, vivo de alquiler y me quedo en la calle en cuatro dias, necesito informacion si tengo derecho a otra ayuda despues del plan prepara.gracias

  • luisa

    hola de nuevo. respecto a los intereses, aunque el ingreso se haga en este mes, correponden al año anterior y a este. El sepe no lo divide entre 12 meses?. O es que lo toma encuenta como ingreso en este mes.
    gracias.

    • Según información de SEPE, al ser una inversión inmobiliario con intereses no mensuales, se presupuso unas rentas del 3,5% anual (prorratardo a 12 meses).

      Ahora simplemente hay que justificar que esos ingresos son de ese dinero.

      Si no se te imputa rentas supuestas, prorratearían los ingresos reales a 12 meses, ya que se trata de un ingreso puntual.

      Salu2

  • M Angeles

    Buenos dias, el proximo junio puedo pedir mi 3ª rai, pero estoy busacando trabajo, si me saliera un trabajo yo esta ultima rai la pierdo o por si desgracia solo trabajara unos meses la podria pedir mas tarde. Gracias

    • 1. Si encuentra empleo antes de pedir la RAI:

      – si trabajas menos de 3 meses: puedes pedirlo en junio o cuando pierdas el empleo.

      – si trabajas más de 3 meses: podrás pedirlo 12 meses después de perder el empleo.

      2. Si encuentras empleo después de pedir la RAI, la ayuda se suspende y se puede reanudar si no trabajar más de 180 días. En este último caso se te concederá un subsidio de desempleo.

      Salu2.

  • francisco martinez

    mi pregunta es si he estado dado de baja con asepeyo por accidente me vale los meses que he estado de baja para luego cobrar el paro, gracias

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