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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • Angela

    Después de ser parada d Larga duración… Y trasladándose a Badajoz… Y agotando mi subsidio…el Sexpe extremeño me ofrece hacer un curso remunerado, r550 Euros..7 horas durante un año….el 31 d Agosto finaliza…Y bueno en su momento viviendo en otra Ciudad cobraba ayuda…pero al trabajar varios días a través d ETT…al ir a solicitarla..me salió paro 6 meses..el cual se extinguió practucamfnte al comenzar curso, en el cual he cotizado para Seguridad Social..no para desempleo, hoy he ido a informarme si podría solicitar cualquier ayuda y me han dicho NO..ALGUIEN PUES ASESORARME….PUES ME TEMO Q LA R.A.O….tampoco podré solicitar….quien psgs mi alquiler agua luz ext

    • Tienes 45 años? si es así, cuando cumplas los requisitos podrás pedirlo, pero claro, tienes que llevar 12 meses de alta en la demanda de empleo.

      Salu2.

  • Anota

    Hola,me acabo de cobrar el ultimo cobro del tercero derecho de rai por víctima de violencia quiero preguentar si tengo derecho de otra ayuda económica como no hay trabajo y siguió acredito condiciones de víctima de violencia y donde puedo acudir para pedirla .

    • Como víctima de violencia, en SEPE sólo otorga 3 ayudas de RAI y como mucho por cambio de domicilio.

      Una vez agotado, de SEPE ya nada.

      ¿Otras ayudas? salvo que lo concedan tu Comunidad Autonoma, no conozco más ayudas.

      Salu2.

  • Carmen

    He firmado siempre menos el ultimo mes por enfermedad.Ese día no firme y no fui al médico porque estaba mala fui luego y tengo receta.Dicen que no vale porque tiene que ser justificante medico de ese día he ido posteriormente y no me lo quiere hacer.Que tengo que hacer para cobrar ….

  • Raquel

    Tengo orden de alejamiento con mi expareja desde septiembre de 2015 y no tengo ingresos puedo solicitarla aun?

  • Isabel

    Buenas tardes el 28 de febrero de este año cobre el último pago de la tercera rai ,fui a preguntar si había alguna ayuda más,me dijeron que había una q sólo te dan 6 meses tengo q ir a solicitarla a partir del 28 agosto,soy divorciada y tengo hijo menor a cargo de 16 años ,me la concederán? Y que requisitos hay que tener muchas gracias un saludo.

    • Los requisitos económicos son los mismos. Si cumples para la RAI, también para otras ayudas.

      La ayuda que se refiere seguramente sea la ayuda para parados de larga duración y lo más probable es que tengas derecho.

      Salu2.

  • raúl

    En la RAI, por ser solicitante mayor de 45 años sin responsabilidades familiares, y estar viviendo con mis padres, se tiene en cuenta todas las rentas o solo la renta mia???….

  • santo990

    Hola:
    habiendo cobrado 11 meses de RAI, para el calculo de mi jubilacion, la cotizacion es 0 euros o puedo acogerme a algun calculo que lo indique la ley??
    Muchas gracias por la ayuda.

    • Los periodos no cotizados que quedan comprendidos en el intervalo de meses a partir de los cuales se determina la base reguladora -lagunas- quedan establecidos de la siguiente manera:

      Para trabajadores que causen jubilación a través del Régimen General, y de manera genérica, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento, y el resto de mensualidades con el 50% de dicha base mínima.

      Para trabajadores que causen jubilación a través del Régimen General y que les sea aplicable lalegislación anterior a 1-1-2013, en aplicación de la Disposición final duodécima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, las lagunas de cotización se integrarán a los exclusivos efectos de dicho cálculo, con la base mínima de cotización, vigente en cada momento, en el Régimen General para los trabajadores mayores de 18 años.

      En el caso de trabajadores que causen jubilación a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), no existirá fórmula de integración de lagunas de cotización, computando como cero la base de los meses en los que no haya habido obligación de cotizar.

  • Juan carlos

    Buenos dias:
    Entre el 15 y 20 mayo me concedieron el RAI y el 23 en accidente casero me rompí ligamentos rodilla.Tengo todos los informes y partes de baja.Es la tercera vez que voy a oficina del INEM y depende quién me atienda me dicen que lleve los partes cada 15 días o directamente cuando me den el alta.
    Agradecería aclararan mi situación pues no me gustaría tener problemas.

    • Sé de un conocido que tuvo que entregar todas las partes médicas de la baja.

      Si no te lo aclaran, mejor entregar todas las partes.

      Ten en cuenta que cuando estás de baja médica, lo que hacen es darte de baja de la demanda de empleo (gestionado por las comunidades) y cuando te dan de alta, nuevamente alta.

      Como está gestionado por las comunidades, puede cambiar de una a otras.

      Salu2

    • Juan carlos

      Gracias por su contrstación.Un saludo.

  • Jose Antonio

    Hola, he ido a renovar la rai que se me acabo ayer el primer año, soy minusvalido, y me dice el funcionario que debo llevar o presentar o no se que me ha dicho nueve curriculums. Eso que significa o como se hace? un saludo.

    • Tienes que demostrar que estas buscando empleo.

      Para ello tienes que llevar justificante de que estás buscando empleo. Es decir, que has entregado recientemente curriculums en empresas donde puedes encontrar empleo.

      Por ejemplo, puedes registrarte en infojobs a empleos y los resguardos sirve como prueba.

      Salu2.

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