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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • Juan

    Hola, he acabado la primera raí, el 13 de septiembre de 2016, tengo que pedir la segunda justo el 13 de septiembre del 2017?, lo pregunto porque si no consigo la cita ese día, que pasa?, y si no hay problema que sea cuando consiga la cita aunque pasen unos días, desde cuando empiezo ha cobrarla?, desde el 13 o desde el día de la cita, muchas gracias.

  • Manal

    Hola,cuando se archiva un caso de violencia de genero por falta de pruebas ,la víctima sigue acredite condiciones de victima de violencia de genero o no?tienes derecho para solicitar el tercero derecho de rai o no?

    • SEPE indica que hay que acreditar condición de violencia, pero claro, si archivan el caso porque no hay pruebas, es decir, que no hay pruebas de que tengas condición de violencia de género…

      Allí radica el problema. Yo que tu acudirías a SEPE y lo consultaría a ellos. Ellos tienen unas instrucciones internas sobre cómo actual en estos casos.

      Suerte!!

  • Nora

    Hola,quiero preguntar si la ayuda de búsqueda activa de inserción para víctimas de violencia o para todas la gente que estas de búsqueda activa de empleo?

  • Sara

    Buenas ,preguntó si puedo solicitar algún tipo de ayudas en comunidad de Murcia por mi bebe recién nacido? No tengo trabajo

  • Antonio

    Debo dinero a la CAIXA.
    Y quiero pedir una Ayuda, (Renta Activa de Inserción RAI – Ayudas a Parados) en la que tengo que ser titular de una cuenta bancaria.
    Si abro una cuenta en otro banco (que no dependa de la CAIXA), para poder recibir dicha ayuda, el banco «nuevo» me puede quitar la ayuda?.

    • Sí, claro.

      El nuevo banco no te puede quitar nada salvo un embargo, que por otro lado, ingresos inferiores al SMI (unos 600€) son inembargables, así que tranquila.

      Lo malo es que posiblemente te pongan pegas para abrir una cuenta, si Caixa te ha incluido en la lista de morosos.

      Salu2.

  • carmen

    hola , no entiendo como no puede haber una ayuda durante ese periodo que no te pagan la rai. no hay ningun tipo de ayuda? gracias

  • Jose Antonio Moya garcia

    Mi pregunta es estoy casado con una hija de 16 años se me va a acabar los primeros 11 meses del rai
    Quisiera saber si puedo pedir otro tipo de ayuda durante el periodo de espera de los siguientes 11 meses

  • beatriz osorio naves

    hola estoy cobrando la rai por tener reconocida una discapacidad mi pregunta es tengo obligacion todos los meses de ir hacer una tutoria que me indican ? gracias

  • Antonio

    Estoy cobrando la raí por minusvalía e tenido dos trabajo después lo e renovado le avenido me se acababa 7 de diciembre para renovarlo por 2 e que documento tengo que aporta y cuanto tarda

  • MARIBEL

    Hola,yo no tenia.ni.idea de esta ayuda. Ahora mismo estoy cobrando la ayuda familiar por 213e al mes. Me quedan aun 9 meses y medio, y soy discapacitada con un 48 por ciento. Despues de cobrar la ayuda puedo solicitar esta? o como deberia hacerlo?

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