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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • lola@hotmail.com

    le sigo ampliando, mi marido estuvo cobrando paro y hubo otro pagador Y se pasa de mas de 1.500 euros. Cuentan los ingresos por cobro de paro?

  • ruiz@hotmail.com

    que debo hacer para cobrar la yuda rai?

    • Acudir a SEPE y pedirlo; lógicamente has de cumplir los rquisios arriba descritos.

      Previamente has de echar unos currículums en empresas y conseguir un recibo por ese hecho.

  • ruiz@hotmail.com

    formulo de nuevo la pregunta;

    A mi marido le despidió la empresa por no poder afrontar gastos, se quedo en el paro a primeros del 2012, le dejaron a deber dos meses mas la parte proporcional de dichas pagas que le correspondian , etc.. demandó a la empresa por impago de salarios.
    En la declaración de la renta de ese año nos reclamaron el pago del irpf y no lo pudimos pagar porque aun no nos habian pagado ni celebrado el juicio.

    Fogasa en este año nos ha ingresado el dinero, (ahora yo no cobro la ayuda rai)

    En este caso caducaria o no la reclamación de dicha ayuda ya que este año vamos hacer la complementaria de ese año 2012?

    ¿Me pueden reclamar el cobro de la rai que cobré durante ese año 2012?, con todo lo expuesto en lo anterior?.

    Qué tiempo debe pasar para que caduque la reclamación de la ayuda de la rai? usted ha comentado que tiene que pasar cinco años, pero aún no han pasado porque empecé a cobrarla en mayo del 2012 y el pago se ha realizado en el 2017 como le he dicho antes.

    Me imagino que que si hubiera que devolverla se pondrían en contacto .

  • Abel

    Se me agotado la rayos se me va a agotar la RAI puedo solicitar otra ayuda

  • Marilena

    Buenas tardes tengo la carta de aprobación de la Renta Activa Inserción. Me llego el día 02-02-2017. Va a comenzar el pago el día 10-03-2017. No me ha llegado la carta de la Junta de Andalucía para la entrevista es normal que tarde tanto tiempo.

    Un saludo.
    Agradezco me den información.

    • No conozco los entresijo de la Junta de Andalucía… pero vamos no creo que sea nada anormal que tarde en hacer las cosas la administración.

      Salu2.

  • Paula

    Hola me aceptaron la RAI por violencia de género en principio empiezo a a cobrarla el 10 y me hicieron meter tabn la ayuda de las 3 RAI y me llegó una carta de que me la aceptaban.. y a continuación una notificación de ascienda explicado que tengo que presentarme el 31 de este mes a entregar de nuevo los papeles en el paro. Quería saber cuando me ingresaran lo de las 3 RAI o si asta que no entregue los papeles no lo Aran? Cuanto suele tardar desde que te lo aceptan?

    • Imagino que te lo pagarán también el día 10.

      Si te han dicho que está aprobado, es que ya está.

      ¿En cuanto a lo del 31, imagino que quieren comprobar información extra o quizás es que renueves la demanda de empleo?

      Salu2.

  • luis

    Para pedir la tercera ayuda rai.
    Cuantos ingresos máximos tenemos que tener? Solo trabaja mi marido Un hijo de 18 años que esta estudiando y tiene una beca MEC de 1300e y vive con nosotros .

    • El solicitante no más de 530,70 € brutos mensuales.

      El computo total de la familiar, no más de 530,70 € por miembro de la unidad familiar.

      Salu2.

  • Rita

    Tengo unas preguntas el tema de pencion no contrebutiva; tengo pencion vitalicia de 80 evros y 57 euros pencion en moldavia… Puede denegarme, pidendo pencion no contrebutiva? Me divorcie por la buena tenendo sertificado de violencia de jenero.. Puedo pedir una pencion la 65 años no contrebutiva + violencia de jenero? Gracias

  • Begoña

    Me han concedido la ayuda de los 426 €. He mirado en internet y pone que ma han sido concedidos 17,2 € diarios de los cuales cobraria el 80%. Mi pregunta es, ¿Porque me ingresan 165 € en ligar de los 426 €?

    • Porque ellos pagan en meses naturales, y el primer mes natural, no has tenido derecho a la ayuda todos los días (desde el día 1), sino desde el día de la solicitud.

      Salu2.

  • noelia

    Hola el día 14 de marzo 2017 echo por primera vez la Ray tengo una discapacidad de 39% vivo sola de alquiler pero el día 1 de abril me mudo a otra vivienda eso me influlle

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