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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • isabel

    Hola, buenas tardes

    Solicite por primera vez la rai el 14 de octubre de 2016 y terminé en octubre de 2017,¿cuando podría solicitarla por segunda vez?.
    Muchas gracias

  • Paco

    Hola,veo que se dan respuestas sobre la RAI,pero si va a desaparecer,cuando se hara efectiva? Gracias

  • Rodolfo

    ¿puedo cobar la rai si he trabajado 91 dias?

  • jose

    hola me concedieron la RAI desde el día 21 agosto y todavía no me han mandado nada que hacer? cuanto tardan en decirte algo.

  • sonia acedo rodriguez

    HOLA SOY SONIA ME ESTAN PAGANDO LOS 430E DEL SEPE . ME HAN PAGADO MENOS DINERO ESTOS 11MESES 4.300E ME DEBEN 430E SERIA LA CANTIDAD DE 4.786 HACE 2ANOS ME LO PAGARON TODO QUE ERAN 426E.

    • Son 11 meses 430,27€ al mes.

      Lo más seguro es que no te lo pague en 11 pagos (para eso, tendrías que haber solicitado la ayuda en un día 1 del mes).

      Ten en cuenta que tú tienes derecho a 11 meses de ayuda, pero ellos pagan por meses naturales, así que esos 11 meses se puede pagar en 12 pagas.

      Salu2.

  • Javier

    Empecé a cobrar la RAI y a los meses me salio un trabajo a tiempo parcial, seguí cobrando la RAI con el descuento proporcional al salario que cobraba de dicho trabajo.
    Si se me termina el contrato ya que hace mas de un año que terminé de cobrar la RAI y la solicito otra vez..¿empiezan los 11 meses máximos de ayuda o los meses que faltaban desde que empecé a trabajar?.
    leí algo sobre eso pero no me quedó claro, agradecería su ayuda.
    Muchas gracias

  • ________________________Loli

    Estoy cobrando la RAI Y ME HAN LLAMADO PARA TRABAJAR 1 día. he tenido que ir al día siguiente a apuntarme al paro. pero ¿tengo que darme de baja en la RAI POR UN DÍA DE TRABAJO? y si me llaman días por separado¿que tengo que hacer?.
    gracias de antemano.

  • Pilar Rodríguez Méndez

    Hola!
    He empezado los trámites para solicitar la R.A.I .
    ¿Es necesario estar empadronado en la ciudad de la oficina del sepe desde donde se solicita?

  • Valentina

    Hola!Hace poco despues de solicitar RAI, me denegaron. Estoy cobrando renta garantizada de 600 euros mensuales, pero tengo hijo a 22 años, estudiando y no trabaja. Prque denegaron la RAI? Y otra pregunta como hace 1 mes cumli 55 años porque no tengo derecho?

  • Maria

    Hola;quiero pedir la rai.Yo no estoy trabajando,tengo mas de 45 años y soy parada de larga duración.Mi marido gana 1500€ al mes.¿Me la darán o como mi marido trabaja ya no me corresponde?.
    Gracias

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