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25 de noviembre de 2009

El Paro para los autónomos – Anteproyecto de ley

El gobierno ha elaborado un anteproyecto de ley que regula el derecho a la protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, en la que establece un sistema mixto, entre voluntario y obligatorio, con una duración de la prestación desde los 2 a los 6 meses en función del periodo cotizado y la cuantía asciende desde los 583€ hasta los 1.383€ mensuales en función de la base de cotización.

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¿Es obligatorio para los autónomos cotizar para la prestación?

El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección por cese de actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Según la normativa, hay dos tipos de colectivos afectados:

  • Los trabajadores autónomos que obligatoriamente tienen que cotizar por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, que son los trabajadores autónomos económicamente dependientes, y los trabajadores autónomos que estén en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad. En este grupo hay aproximadamente 1 millón de trabajadores.
  • Los trabajadores autónomos que voluntariamente opten por cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura.

¿Cuánto dura la prestación?

La duración de la protección está en función de periodo cotizado en los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que, al menos 12 meses deben de ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación:

Periodo cotización Periodo de protección Trabajadores de 60 a 64 años
12 a 17 meses 2 meses 2 meses
18 a 23 meses 3 meses 4 meses
24 a 29 meses 4 meses 6 meses
30 a 35 meses 5 meses 8 meses
36 a 42 meses 6 meses 10 meses
43 a 47 Meses 8 meses 12 meses
48 meses o más 12 meses 12 meses

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La cuantía del subsidio será el 70% de la base por la que se viene cotizando durante los últimos 12 meses anteriores a la situación de cese. Los límites de prestación será entre 589,26€ a 1.397,84€ en el caso de tener 2 o más hijos.

¿Cuál es el coste para los autónomos?

El tipo de cotización para los trabajadores autónomos es del 2,2% de la base de cotización, lo que supondrá un mínimo de 19€ mensuales. Eso sí, el primer año tiene una reducción del 0,5%, lo que significa 18,5€ mensuales.

Sin embargo este coste será mayor para los autónomos que no tenían que cotizar por los accidentes de trabajo que supone otros 15€ a 60€ mensuales.

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139 comments to El Paro para los autónomos – Anteproyecto de ley

  • antonia

    estoy desempleada desde el 2010 si me hago autonoma durante 1 año puedo cobrar alguna prestacion?

  • Maria

    He estado cotizando como autónoma durante 4 años, antes ya agoté el paro en el tiempo que montaba la empresa y me ponía en marcha. Debido a la crisis en Agosto de 2011 hice cese de actividad y en el INEM me comentaron que no tenía derecho a percibir nada, pese a que después me he enterado de que sí. El caso es que ahora mismo tengo un contrato de 3 meses que se me acaba en Septiembre y quería saber si tengo derecho alguna prestación. Alguien me puede ayudar? Gracias.

  • inmaculada

    hola he estado como autónomo cuatros años hace aproximadamente año y medio que cese la actividad por la crisis y en el inen me dijeron que no tenia derecho a paro ni a nada vamos ni a cinco céntimos así me dijo y ahora me entero que los autónomos cobran paro , pues no entiendo nada si es así ya no tengo derecho a nada después de año y medio ¿no? un saludo

    • Sí, cobran paro si han cotizado por ello.

      La ley entró en vigor en noviembre de 2010, y los primeros parados autónomos que pudieran haber cobrado paro sería los que cesaran de su actividad en noviembre de 2011.

      Salu2.

  • mendia

    Hola, tengo 61 años cumplidos, 25 años cotizados en el regimen general y dos en el regimen especial de autónomos. Cuando cesé en la actividad de autónomos (57 años) porque tenía pérdidas (desmostradas) me inscribí en el paro y me digeron que tenía derecho a la prestación para mayores de 52 años (ahora 55 años), prestación que he venido cobrando hasta julio de 2012, cuando al cumplir 61 años y tener ya 25 años cotizados en RGSS, 2 años especial autónomos y 4 de mayores de 52 años, decidí, apesar de las descuentos solicitar al jubilación. Me encuentro que me quitane el subsidio para mayores ded 55años, me reclaman los cuatro años cobrados por indebidos y me deniegan la jubilación por que no me computan los cuatro últimos años y por tal no llego a los 30 años. Es esto legal?. He hecho las reclamaciones previas y solo me ha contestado la S.S que no me corresponde jubilación, estoy a la espera de la respuesta del SEPE, pero lo peor no es que quiten la prestación, es que tenga que devolver cuatro años de prestación, dinero que no tengo. Si me contestan negativamente, que costo tendría el proceso y cuanto duraría sabeis?

  • Carmen

    Hola!Yo llevo 5 años cotizados con un contrato laboral, los últimos 3 meses de ese contrato ejercí ademas en la medicina privada como un equivalente a autónomo para médicos (mutual medica) pero que no tienes derecho a seguridad social,etc…Hace unas semanas finalizó mi contrato en la medicina publica y estoy pensando en dejar la privada y solicitar la prestación pero cual es mi sorpresa que me indican que no tengo derecho a esta ahora ya que debería haber abandonado lo de mutual medica antes de que finalizara mi contrato laboral y que sólo puedo acceder a ella tras la finzalización de un contrato laboral y no dandome de baja de mutual medica. ¿Eso es correcto?Gracias

  • antonio

    hace 3 añs deje el autonomo desde entonces no e cobrado nadasoy mallor de 55 años tengo derecho a alguna prestacion
    GRACIAS

  • silvia

    Hola, buenas tardes.
    Soy arquitecto y coticé 25 meses en el régimen de autónomos la prestación por desempleo. Me dí de baja en julio de este año, porque terminé la última dirección de obra que estaba realizando y ya no tengo más proyectos. Fui a la mutua a gestionar la prestación y me han dicho que no me corresponde, porque tengo que demostrar pérdidas. Pero yo no tengo pérdidas, tengo un nivel de ingresos muy muy bajo, pero ni tengo un sueldo ni tengo gastos superiores a mis ingresos.
    ¿Es cierto que pese a estar cotizando la prestación por desempleo no tengo derecho a ella? ¿si es cierto, porqué la Seguridad Social me subió la cuota para cotizar esta prestación?
    Muchas gracias por antelación

  • juanca

    hola si tienes 15 años cotizados como autonomo,puedes solicitar el subsidio para mayores de 55 años,o tienes que haber cotizado en regimen general para este tipo de subsidio,gracias.

  • aurora

    Hola,tengo 47 años, llevo 3 años como autonoma trabajando para una empresa.Anteriormente trabaje 26 años en otra y solamente cobre un año de paro hasta que me hice autonoma para la actual empresa.Tendria derecho a paro si la actual empresa quisiera prescindir de mis servicios.Gracias

  • mari

    mi marido es autonomo habrio un negocio en verano y a tenido que cerrar el negocio por la crisis y yo tengo un trabajo de 2 meses a media jornada pero llevo 20 años de ama de casa sin cobrar el paro ni nada .tengo derecho alguna ajuda

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