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17 de Diciembre de 2009

Descuento por minusvalía: ¿Qué ocurre si el conductor no es la persona con minusvalía?

En la compra de un vehículo nuevo existe una serie de ayudas por descuento por minusvalía como son la reducción del IVA al 4% y la exención del Impuesto de matriculación e Impuesto municipal de Circulación para personas con el certificado de minusvalía.

Sin embargo, ¿puede uno comprarse un vehículo aprovechando la minusvalía de un familiar para beneficiarse de estas ventajas fiscales? ¿Qué ocurriría si nos pararan y ven que el titular del coche no coincide con el conductor? ¿Y si se trata de un coche familiar y lo conduce el cónyuge que no tiene la minusvalía? ¿Podría utilizarlo una persona diferente al titular con minusvalía?

Respondemos a éstas y otras consultas sobre este tema.

¿Cuáles son las ventajas fiscales en la compra de coche con descuento por minusvalía?

Las ventajas fiscales con las que podría contar una persona con certificado con minusvalía superior al 33% en la compra de un vehículo nuevo y sin matricular, y en el caso de cumplir las condiciones especificadas en los enlaces siguientes son:

  • Exención en el Impuesto de matriculación.
  • Reducción del IVA al 4%.
  • Exención en el pago del Impuesto municipal de Circulación (también denominado Impuesto de vehículos de tracción mecánica, IVTM)

¿Podría utilizar el vehículo una persona diferente al titular con la minusvalía?

Una de las condiciones que se exige para beneficiarse de estas ventajas o ayudas en el precio, tal como se especifica en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, es que sólo se aplicarán a los vehículos automóviles matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo.

La expresión “uso exclusivo” da lugar a una posible interpretación demasiado estricta y obligaría para cumplirla, de cara a la Administración, a que la persona minusválida titular del vehículo se encuentre siempre a bordo del mismo cuando circule, con independencia de que lo conduzca otra persona.

¿Podrían privar a la persona con minusvalía de las ventajas fiscales si se acreditan que el vehículo lo utilizan terceras personas?

En los casos que se acredite que el uso del vehículo lo realiza una tercera persona para asuntos particulares, el discapacitado se vería privado de la exención en el Impuesto de matriculación, aunque este uso por terceros fuera ocasional o estuviera motivado por circunstancias económicas.

¿Habría alguna excepción en este tema?

A pesar de los puntos anteriores, hay que decir que se admitirá que el uso exclusivo del vehículo por el discapacitado también se produce cuando es conducido por otra persona sin que la persona minusválida vaya en el coche, siempre que sea para satisfacer determinadas circunstancias de su interés.

Por ejemplo, en los casos en que la persona minusválida no pueda conducirlo por él mismo y se le traslada a algún sitio, o se regresa más tarde a recogerlo; o si lo conduce otra persona para atender compras, encargos u otras necesidades del titular; o meramente si otra persona lo lleva a un taller mecánico para revisión o reparación, supondría cumplir la condición de uso exclusivo para el minusválido aunque en ese momento no viajara en el coche.

¿Qué organismo se encarga de la verificación de la correcta aplicación de la exención del Impuesto de matriculación?

El órgano competente para realizar comprobaciones sobre este impuesto es la a Ins-pección de Aduanas e Impuestos Especiales de la Dependencia Regional correspondiente al domicilio del contribuyente o el Servicio de Vigilancia Aduanera adscrito a la misma Dependencia. Normalmente este tipo de comprobaciones, aunque no son habituales, se realizan por personación en el domicilio del beneficiario de la exención.


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30 comentarios: Descuento por minusvalía: ¿Qué ocurre si el conductor no es la persona con minusvalía?

  • Patricia

    Gracias por contestarme tan rápido, solo una cosa más, los dtos. se hacen por tener una minusvalía o porque esa minusvalía sea de movilidad reducida? mi niño tiene la minusvalía pero no está basada en movilidad reducida. también somos familia numerosa, todo esto se puede utilizar o si pones una cosa no vale ya la otra.
    Gracias nuevamente.

    • Hola de nuevo Patricia

      Si tiene certificado que indique minusvalía superior al 33% tendreis ya derecho a la Exención del Impuesto de matriculación.

      Para tener también derecho a la reducción del Iva al 4% hay que cumplir más requisitos aparte de tener ese 33%. Tendría que ser persona con movilidad reducida declarada, deslazarse en silla de ruedas o ser alguno de los casos especiales incluidos (pertenecer a la ONCE, pensionistas con incapacidad permanente…etc)

      - Ver todos los casos en: http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-reduccion-del-iva-al-4/

      —-

      Por otro lado está el descuento por familia numerosa. Con este descuento teneis derecho a la reducción del 50% en el Impuesto de matriculación.

      Sin embargo, como con el descuento de minusvalía ya estais exentos, es mejor que en este coche utiliceis el de minusvalía y el de familia numerosa lo utiliceis si comprais otro coche posteriormente.

      Esperamos que os sea de ayuda.

      Salu2!

      – Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • veronica

    con una invalidez permanente absoluta y una minusvalia del 60% podria beneficiarse en la compra de un vehiculko nuevo del impuesto de matriculacion y el 4% del iva

    • Hola verónica.

      Como mínimo tendrás derecho a la exención del Impuesto de matriculación al tener un certificado de minusvalía superior al 33%.

      Sobre la reducción del Iva al 4% tendrás que mirar a ver si cumples las condiciones exigidas.

      En la parte de arriba del artículo, en un recuadro con marco azul Titulado “Impuesto compra coche” tienes los enlaces a toda la información ampliada sobre la reducción del Iva y la exención del impuesto de matriculación.

      Echales un vistazo si quieres y si aún te quedara alguna consulta escríbenos, ok. ;)

      Salu2

      – Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • veronica

    gracias por contestar con tanta rapidewz una cosita mas aunque me llameis pesada he leido el apartado que me habeis dicho y viene un pasrrafo en el que se concede la reduccion del iva a la personas que cobren una pension de invalidez permanente absoluta y ahi va mi pregunta en silla de ruedas o no en silla de ruedas gracias y agradeceria me contesteis con la misma rapidez besooooooos

    • Con la pension de invalidez permanente absoluta, o estando en silla de ruedas, en ambos casos supondría tener Movilidad reducida y poder acogerte a la reducción del Iva.

      No osbtante es mejor confirmarlo con Hacienda presentádole la documentación de que dispones antes de nada por si acaso.

      Salu2!

  • alfonso merchan garcia

    Quisiera saber si en las revisiones rutinarias también se paga el 4% de IVA.

    • No te preocupes, porque tal como indicamos en el artículo, el órgano competente para realizar comprobaciones sobre los descuentos fiscales en la compra por minusvalía es la a Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales de la Dependencia Regional personandose en el domicilio correspondiente.

      Pero aún no conocemos ningún caso que hayan ido a su casa o haya tenido problemas.

      Lo normal es que a la hora de matricular el coche, si hubiera algo que no cuadrara te lo echen para atrás y no te puedas beneficiar de ello. Pero una vez matriculado el coche ya no hay inconveniente y si te pararan los agentes tampoco te van a requerir nada de ello.

      Salu2

  • FRANCISCO JAVIER

    HOLA, MI ACABA DE RECIBIR UNA RESOLUCION DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, EN DONDE SE LE RECONOCE UNA DISCAPACIDAD DEL 77%, ENTONCES MI PREGUNTA ES SI PODRIA COMPRAR UN TURISMO Y PONERLO A NOMBRE DE MI PADRE, SIENDO YO EL CONDUCTOR HABITUAL Y PONIENDO TAMBIEN EL SEGURO A MI NOMBRE.

    • Para evitar inconvenientes a la hora de gestionarlo, conviene poner el coche a nombre de la persona con minusvalía para poder beneficiaros de las ayudas fiscales (al ser parientes de primer grado de consaguineidad podrías consultar si prefirierais ponderlo a nombre de la otra persona, pero son ya más jaleos..).

      Aunque pongais el coche como titular de la persona con minusvalía, no hay problema en que en el seguro figure como conductor y tomador el nombre de otra persona. Son temas independientes (date cuenta que no siempre la persona con minusvalía puede conducir..)

      Salu2!

  • Agustin Arrizibita

    Tengo una hija de 17 años, con una minusvalia superior al 50 %, además somos familia numerosa, que descuentos sobre el iva podríamos tener a la compra de un coche nuevo.

    Gracias anticipadas un saludo- Agustin

  • ANTONIO

    Estimad@s compañeros,

    En 2007 compré un coche a nombre de mi hermano que tiene una minusvalía del 35% y me ahorré el impuesto de matriculación. El seguro está puesto a nombre de mi mujer. Ayer mismo recibí la visita de un inspector de aduanas en mi casa que emitió una diligencia de constancia de hechos donde reflejó que el vehículo en cuestión lo utilizaba un hermando del titular del mismo ( esto és , yo) y que el seguro estaba puesto a nombre de mi esposa. Desde ayer no hago más que darle vueltas a la cabeza y no dejo de pensar en la mala suerte que te tenido.

    Si mi hermano no tiene carnet y no puede conducir, ¿tiene sanción el hecho de que yo utilice el vehículo, aunque alegue que es el vehiculo familiar que utiliza para desplazarse? ¿que tipo de sanción me puede caer? ¿conoceis alguna experiencia similar?, agradezco de antemano cualquier información,link o comentario al respecto.

    TAMBIÉN DEJO CONSTAR ESTE AVISO PARA TODO AQUEL QUE ESTÉ PENSANDO EN PONER EL COCHE A NOMBRE DE UN MINUSVÁLIDO.

    Saludo2,

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