La Agencia Tributaria ha puesto desde hoy a disposición de los contribuyentes en su página web el simulador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el ejercicio 2009. El organismo recuerda, en un comunicado, que se puede acceder a este programa sin necesidad de firma electrónica a través de la oficina virtual de la Agencia Tributaria.
Es un buen instrumento a tener en cuenta para planificar nuestra factura fiscal para el ejercicio que finaliza el 31 de diciembre, aunque la declaración se pueda hacer hasta el 30 de junio de 2010.
Queda aún 15 días en que podemos cambiar nuestra declaración de hacienda:
- Realizar aportaciones a cuenta vivienda de hasta 9.015€ para la adquisición, rehabilitación o construcción de la vivienda habitual.
- Realizar amortizaciones de la hipoteca de la vivienda habitual. La totalidad de los conceptos de deducción por vivienda habitual es de 9.015€ anuales.
- Realizar aportaciones a planes de pensiones, se deduce hasta el 43% del dinero aportado en función de las rentas del contribuyente.
- Realizar aportaciones a una cuenta empresa, si tenemos pensado crear una empresa en los próximos 4 años.
- Hacer efectivo las plusvalías de las acciones para evitar el pago el incremento del tipo impositivo de las plusvalías que entrará en vigor en 2010: 19% a 21% en función de las rentas supere o no los 6.000€.
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¿Con mis nominas puedo calcular lo q me retienes?
pero no tengo claro que tengo q tener en cuenta, si la retencion de IRPF solamente o tambien las contingencias comunes,formacion profesional, y alguna mas q no me acuerdo.
MUCHAS GRACIAS
En todas las nóminas debe de estar indicado las retenciones del IRPF y los gastos de seguridad social (que son deducibles).
Salu2.
La deducción por hijos se aplica la mitad a cada uno, haciendo declaración separadas? o puede aplicarse sólo a uno, puesto que a mí no me vale para nada.
La mitad a cada uno.
Salu2.
desde el año pasado cobro la ayuda de la renta básica de emancipación de 210 euros y se que esto se declara, pero trabaje solo un el mes de enero y nació mi niño en mayo. ¿sabrías decirme si en este caso es probable que me salga a pagar?
Seguramente le saldrá a devolver, si es que le han retenido algo.
Salu2.
Buenos días,
Quería saber, si las retenciones por concepto de desempleo y FP, son deducibles.
Por otro lado, la empresa en la que trabajaba ha cerrado y no encuentro a nadie para que me entregue el certificado de retenciones, ¿lo puedo calcular a través de todas mis nóminas del 09?
¿Qué es exactamente lo que hay que revisar en el borrador?
Muchas gracias.
Efectivamente, puedes utilizar las nóminas para calcular las retencines.
No entendemos bien a qué se refiere que si unas retenciones son deducibles.
Ninguna retención es deducible, lo que sí es posible que debido a deducciones que tengas, te pueden devolver las retenciones que te hayan practicado.
En cuanto a lo que tienes que revisar en el borrador, te recomiendo que leas el siguiente artículo que habla precisamente sobre este punto:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/13/%c2%bfque-cosas-hemos-de-revisar-si-confirmamos-el-borrador-del-irpf/
Salu2
Si, teneís razón, modifico mi consulta:
El desccuento por des. y FP, representa un gasto y por tanto una deducción?
Del IRPF y la SS lo tengo claro, pero de lo otro no.
Muchas gracias.
Tanto la seguridad social, como las cotizaciones por desempleo y formación profesional y las cuotas sindicales son gastos deducibles y hay que rellanarlo en las casillas 10 – 14.
Salu2
Queria saber si podia deducir el alquiler de un piso en el que estube desde enero hasta noviembre. y si lo tengo que hacer constar como vivienda habitual en la declaracion, o poner mi vivienda actual.
gracias
Tienes que constarlo como vivienda habitual en la declaración y deducirtelo siempre que cumpla los requisitos.
Salu2.