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23 de diciembre de 2009

Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía

Una de las ventajas fiscales para las personas con minusvalía, aparte de la exención en el Impuesto de matriculación, y de la reducción del IVA al 4% en la compra de coche, es la exención en el pago del Impuesto de vehículos de tracción mecánica, también llamado impuesto municipal de circulación, o en algunas localidades, numerito o la viñeta. Indicamos qué condiciones tendrán que cumplir las personas con minusvalía para la solicitud de esta exención y la documentación necesaria.

¿Qué vehículos tendrán derecho a la exención del pago del Impuesto de Circulación?

Están exentos del pago del Impuesto de Circulación o Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica los siguientes vehículos:

  • Los vehículos para personas de movilidad reducida, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Vehículos, es decir, aquellos vehículos cuya tara no sea superior a 350 kg y que, por construcción, no puede alcanzar en llano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido especialmente (y no meramente adaptado) para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física. En cuanto al resto de sus características técnicas se les equipara a los ciclomotores de tres ruedas.
  • Los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo. Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte.

¿Qué condiciones habrá que cumplir?

Los requisitos necesarios para la exención del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica son:

  • Que el vehículo esté matriculado a nombre de una persona que tenga la condición legal de minusválido en grado igual o superior al 33%.
  • Que se destine para su uso exclusivo, sea conducido por la persona con discapacidad, sea destinado a su transporte.
  • Que la persona con minusvalía no sea beneficiaria de la exención del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por otro u otros vehículos simultáneamente.

¿Si la persona minusválida fuera titular de varios vehículos?

Estas exenciones no resultarán aplicables a las personas beneficiarias de las mismas por más de un vehículo simultáneamente.

¿Qué documentación hay que aportar para su solicitud?

En este supuesto de exención, el/la interesado/a deberá aportar al Ayuntamiento correspondiente que figure en el Permiso de Circulación lo siguiente:

  • Fotocopia del Permiso de Circulación del Vehículo.
  • Fotocopia de la Ficha Técnica del Vehículo.
  • Certificación de la minusvalía emitida por el organismo o autoridad competente.
  • Declaración jurada de que el vehículo es de propiedad y uso exclusivo del minusválido.

Declarada la exención por la Administración municipal, ésta debe expedir un documento que acredite su concesión.

Quienes soliciten ante la Jefatura Provincial de Tráfico la matriculación o la certificación de aptitud para circular de un vehículo, deberán acreditar previamente el pago del Impuesto.

Toda la información referente se la deberán facilitar en el Ayuntamiento del domicilio que conste en el permiso de circulación del vehículo.

¿Tendría esta concesión de exención carácter retroactivo a los años anteriores a su solicitud?

Con carácter general, el efecto de la concesión de exenciones comienza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de solicitud y no puede tener carácter retroactivo. NO obstante, cuando el beneficio fiscal se solicite antes de que la liquidación sea firme, se concederá si en la fecha de devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.

Sin embargo, toda la información referente a este tema podrá encontrarla en la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de tracción Mecánica correspondiente a ese Ayuntamiento.

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646 comments to Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía

  • Jesús Charles Puy

    Hola me he cambiado de domicilio a mitad del 2017 tengo 2 vehículos coche y moto no me quieren eximir el del coche que ya lo tenia en la puebla d alfinden por haberme empadronado en Zaragoza pero si quieren cobrarme y la escusa es el empadronamiento en zgz igual por que en el dni tengo el otro domicilio que también es de la familia,me estan mareando para pagar. Tengo 42% que puedo hacer?.gracias

    • La exención lo tienes que pedir en el ayuntamiento donde estés empadronado a 1 de enero.

      Si pides la exención del 2018, al ayuntamiento que estés empadronado a 1 de enero de 2018.

      Salu2.

  • manuel garcia rodriguez

    Hola a todos.Tengo una minusvalia del 65% del año 2010 juvilado.Le pedi al ayuntamiento la excesuon del pago del impuesto de circulaion y me lo conecedieron.Mas tarde pedi una tarjeta de aparcamiento u me dijeron que ia minusvalia la tenia que documentar
    la Xunta de Galicia ,me inspenciono y me dio una minusvalia provisional a falta de una operacion por movilidad.
    Tiene algo que ver el impuesto de circulacion ,con la tarjeta de aparcaminto.

  • sonia

    hola yo tengo el coche a mi nombre y un hijo de 8 años con un 34 de minusvalia hay quien me dice q si no esta el coche a nombre del niño tengo q pagar el impuesto y hay qien me dice q no.si alguien me puede ayudarlo agradeceria en el ayuntamiento no me aclaran nada .y si es que si que tengo que presentar para solicitarlo.gracias!!

  • ISABEL

    Tengo minusvalía del 36% y no pago impuesto de circulación por mi coche que me compré hace 14 años. Ahora he comprado otro a mi nombre y mantengo el anterior.

    Mi pregunta es, si este segundo coche también puede estar exento del impuesto de circulación.

    Gracias

  • antonio

    hola el ayuntamiento de epila no me de da exencion del impuesto de circulación tengo una incapacidad permanente y me han dado la tarjeta con el 33 sin pasar tribunal medico me dicen que eso no vale que tengo que llevar el certificado del tribunal medico no entiendo que te den la tarjeta de discapacitado con el 33 por la IPT y para el ayuntamtento esa tarjeta oficial acreditando la minusvalía no le sirva gracias

  • José

    Hola,
    Actualmente soy beneficiario del descuento del impuesto municipal de circulación, y he comprado un coche nuevo, y me gustaría traspasar el descuento al nuevo, ya que el se dará como parte de pago al concesionario, y quisiera saber que pasos debo hacer, y la documentación necesaria, el ayuntamiento es el de Terrassa, Barcelona,

    Saludos!

  • JOSE ANTONIO NIEVES MARQUEZ

    hace unos ´2 años compré un coche de segunda mano el dueño anterior él tenía minusvalía y no pagaban impuestos de circulación, y ahora me me dicen que tengo que pagar el del año pasado y este año eso es correcto

  • Juan

    En el caso de que el particular de un vehículo no paga el impuesto de circulación por movilidad reducida o incapacidad y han pasado ya cuatro años desde la fecha que le concedieron la exención de no pagar dicho impuesto, puede vender el coche? Hay Q hacer algún trámite especial si es que puede venderlo ya que no se dispone del impuesto de circulación?

  • Vicente

    Estoy cobrando una pension por incapacidad permanente total y suma gestion no quire quitarme dicho impuesto, de momento he rrecurrido al defensor del pueblo, creo que se valen de su autoridad

  • Francisco

    Tengo minusvalía del 35% dónde puedo pedir para no pagar los impuestos de circulación el sello ??

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