En muchas ocasiones, el tener un golpe o siniestro con el coche es imprevisible ya que depende del resto de conductores o otros factores externos. Sin embargo, en caso de tener algún siniestro o accidente de circulación, ¿sabemos cómo debemos actuar? Es importante saber con qué coberturas del seguro contamos y cómo reclamar al contrario si fuera el culpable la indemnización por daños.
¿Cómo debemos actuar en caso de siniestro o accidente?
Lo primero es seguir la técnica P.A.S. que quiere decir Proteger, Avisar y Socorrer a las víctimas en el caso de que las hubiera.
Una vez que las personas implicadas en el siniestro estén en zona resguardada o protegida, hay que llamar a Emergencias al telf. 112 y solicitar que acuda la Guardia Civil o Policía para que realice atestado del accidente y lo traslade al juzgado de instrucción.
Este atestado deberán hacerlo en el caso de que alguno de los implicados en el accidente lo solicite, aunque éste no haya sido muy grave.
Se debe apuntar el nombre y dirección de los otros conductores implicados y se recomienda rellenar el parte amistoso, pero sin cumplimentar las casillas de la descripción del accidente.
Si le es posible, recopile también todas las pruebas que pueda: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos…
Para retirar el vehículo y si precisara de atención urgente, podría recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje.
En el caso de que haya resultado herido en el accidente, debe conservar el parte de urgencias que haya emitido el facultativo le atienda.
Y si quisiera interponer denuncia en vía penal, ¿qué plazo habría?
Habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado.
¿Qué habría que hacer después del accidente?
Tendría que dar parte a su aseguradora. Y siempre que sea posible antes de que pasen 7 días desde el siniestro (ver condiciones de cada póliza en particular)
Una vez entregado el parte, su compañía aseguradora se pondrá en contacto con la compañía del otro vehículo y aportará toda la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente.
En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.
La aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización por daños y lesiones que podrá aceptarla sin más o si no estuviera de acuerdo podrá tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (en el caso de que su seguro tenga cobertura de reclamación de daños se hará cargo del peritaje).
Si la indemnización que negociara su compañía no le pareciera la adecuada, quizás debería contratar un abogado especializado y presentar una demanda por vía civil en el caso de que la cuantía lo mereciera.
Los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica.
En caso de no querer ir a juicio, tendría la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.
¿A qué indemnización tendría derecho en caso de lesiones?
En caso de siniestro la víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, ya sea por los días de baja, como en caso de incapacidad permanente provocada por las secuelas, en cuyo caso se indemniza directamente a la víctima, o su fallecimiento, por el que se indemnizaría a sus familiares.
La cantidad que se podría fijar como indemnización variaría dependiendo la gravedad de la lesión, los ingresos de la víctima, sus circunstancias personales y familiares, etc.
La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro para la circulación de vehículos a motor rige el sistema de valoración de daños físicos tras un accidente de tráfico, y se utiliza muchas veces también para establecer las indemnizaciones por las lesiones producidas.
¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?
También se podría reclamar una indemnización por los días que tenga que estar de baja la víctima de un siniestro.
Respecto a los días que se estuvieran de baja habría que distinguirse entre (cuantía según baremo 2013):
- Días de baja hospitalaria: 71,63 €/día (en el 2012: 69,61€/día )
- Días de baja no hospitalaria:
- Días de baja impeditiva : 58,24 €/día (en el 2012: 56,60€/día) – cuando no se pudiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
- Días de baja no impeditiva: 31,34€/día (en el 2012: 30,46€/día) – cuando no le impidiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
Dependiendo de qué tipos de días de baja se trate, como puede observar, corresponderá una cuantía u otra.
¿Cómo se realiza la valoración de las secuelas?
Las secuelas físicas o estéticas que hubieran sido provocadas por el siniestro también dar derecho a la víctima a reclamar la indemnización correspondiente.
La valoración de las secuelas definitivas, una vez que hayan sido valoradas por informe médico que determinará la gravedad de las mismas, darán lugar a que la aseguradora del vehículo culpable indemnice a la víctima.
El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado.
El valor de cada punto variará en función de los factores particulares de cada caso, como puede ser por ejemplo de la edad de la víctima, cuanto mayor sea, menos vale cada punto, y del número de puntos acumulados. En el caso de que hubiera muchos puntos, indicaría que se habrían producido más secuelas y eso incrementaría a los puntos de valor.
¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?
En principio sí, por lo que conviene conservar los justificantes, recibos y facturas relativos a los gastos médicos, farmacéuticos y correspondientes a desplazamientos durante la rehabilitación para reclamarlos también a la compañía contraria a través de su aseguradora.
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Buenas tardes,tengo una pregunta que les detallo a continuacion:
Mi hermano se separo de su mujer y tenian un prestamo el cual han estado pagando cada uno a partes iguales mensualmente,pero desde hace unos meses su exmujer ha dejado de pagar,sirve de algo que mi hermano siga pagando su parte y otra pregunta el piso que esta puesto de aval es de su madre.Embargaria el banco ese piso o irian por alguna propiedad de mi hermano como cuentas bancarias etc.Gracias de antemano.
En este post sólo tratamos sobre el tema indicado en el artículo superior.
Realiza tu consulta y lee más información sobre lo que nos indicas por ejemplo en:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/30/procedimiento-de-embargo-de-una-casa-por-impago-de-la-hipoteca/
Salu2
Hola, tube un acidente ace un mes y ahora me an exo una resonancia y se an dado cuenta ke tengo el radio roto, como se pagan esos dias???
Hola.
Los días de Baja se abonan dependiendo de si se trata de días de Baja impeditiva o No impeditiva. En el artículo superior puedes ver la diferencia entre un tipo u otro, y la cuantía de indemnización que corresponde enn cada caso.
Todo depende de cómo considere la compañía tus lesiones, si de un tipo de baja u otra, dependiendo de cómo te afecten en tu vida cotidiana.
Salu2
hola soy carmen,queria saber cuanto tardan en pagar un finiquito atra vez de banco,ya e firmado de que estoy conforme,pero llevo esperando desde el 9 de abril a pasado una semana,podrian decirme cuanto puede tarda,y si puedo ponerles una deligencia,un cordial saludo,gracias..
Realiza por favor tu consulta en el tema correspondiente:
- http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/12/15/todo-lo-que-necesita-saber-del-finiquito-y-del-despido/
En este post sólo hablamos del tema de seguros y siniestros, para no mezclar todo.
Salu2
Hola, porfavor puede ayudarme alquien? No tengo ni idea de estos temas… el pasado martes tube un accidente con el coxe (de copiloto). Se nos cruzo un perro que la dueña llevava suelto lo atropellamos y nos destrozo el parachoque. Yo estoy embarazada de 5 meses. Me visitaron en urgencias y me dijeron que tenia cervicoalgia post traumatica. Tengo unos dolores muy fuertes.llevo collarin y no descanso,tengo miedo a que le afecte a mi bebe todo esto. Actualmente estoy en paro. Me gustaria saber que tipo de indemnicaccion me corresponderia aparte de lo que me pagaran por dias de baja… AYUDARME PORFA
Buenas
En este caso tendríais que denunciar a la dueña del perro, ya que fue el responsable del accidente.
Tendría que abonaros una indemnización por cada día de baja cuya cuantía la indicamos en el artículo superior.
Salu2
en cuanto me pueden indennizarpor erosion en region aterior de rodilla y hematoma en 1er talafangica del primer grado de pie izq,aun no se el tiempo de baja que estare,estoy vendada de la ingle hasta el tobillo y quiero pedir una resonancia de la rodilla y del pie dañanado,todo esta tras accindente de trafico
Se indemniza en función del número de días que estés de Baja en total. En el artículo superior puedes ver la cuantía que corresponde que te abonen por cada día de baja, dependiendo de qué tipo sea.
Salu2 y esperamso que te recuperes pronto.
ola el lunes 23 me dieron un golpe por detras cuando iba a girar hacia la izquierda cula del otro conductor por k ese giro es legal y lo señalice mi problema es k tengo itv caducada mi seguro se hace cargo o tengo k hacerme cargo yo.saludos.
Hola.
Da igual que tengas la ITV em vigor o no. Eso es un dato que tu seguro no tiene por qué saber ni tiene que influir para que abonen la reparación, así que por eso no te preocupes.
Salu2
Quisiera.saber..cuanto.tardan.en.pagar.las.aseguradoras.una ves que reciban la cédula judicial ya firmamos el acuerdo.el 12/04/2012 y recibieron la cédula judicial
En el acuerdo debería figurar un plazo de pago para que la aseguradora lo abone… no te podemos concretar.
Salu2
Hola,el día 23 de febrero del 2012 me dieron un golpe por detrás saliendo del trabajo( Itínere) estoy de baja laboral desde entonces y me gustaría saber si en el caso de Itínere todos los días de baja laboral me los tienen que pagar como días impeditivos.un saludo
Hola.
Da igual si el accidente fue en itinere o no, el tema es si dicho accidente te impide realizar tus actividades habituales o no. En función de eso te tendrían que abonar como días de baja impeditivos o no impeditivos.
Si te impide ir a trabajar, creemos que los días de baja impeditivos estarían justificados.
Salu2.
Buenos Días.
Ayer Sabado 20 de Mayo nos dieron un golpe por detrás que nos metieron todo el culo. Fuimos al hospital ya que nos dolía el cuello, la espalda y un poco mareados. Después de una rx nos diagnosticaron Cervicalgia Postraumática.
Mi duda es:
1.Sino me cojo la baja,tendría derecho a algún tipo de indemnizacion?
Me duele la espalda y el cuello,pero tengo un contrato temporal y no me puedo dar de baja por miedo a perder el trabajo.
Un acompañante mio, no trabaja en este momento. Como se valoraría en su caso lo de la baja y la cuantía de la imdemnización
Buenas tardes
Un tema es la Baja laboral, y otro tema es la baja médica.
Te tienen que indemnizar por los días que estés de Baja médica, es decir, hasta que te recuperes del todo, y te pagaran según estos días sean del tipo Baja impeditiva o No impeditiva tal como explicamos en el artículo superior.
Normalmente si te tienes que coger la Baja laboral, esos días de recuperación se consideran de Baja impeditiva (ya que las lesiones te impiden realizar tus actividades habituales) y se pagan a mayor cantidad de dinero.
Sino, probablemente los consideraran como No impeditiva (en el artículo superior puedes ver la cuantía que corresponde por día en cada caso)
Salu2
me gutaria saber mi ira teve um asidente de trafico erea pasageiro e nao sei oque ela tem direito por iso nem sei o valor que tem direito por 60dias de baixa medica
ele e estudante grasias e desculpas por la forma que escribo
En el artículo superior puedes ver la cantidad de indemnización que corresponde por cada día de baja.
Salu2