Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
22 de enero de 2010

Pensión No Contributiva de Invalidez

Dentro de las pensiones No Contributivas está las PNC de invalidez. Esta prestación asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

Además de requisitos generales de las prestaciones no contributivas, el ciudadano debe de cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Discapacidad: Grado de discpacidad igual o superior al 65%.

El derecho a Pensión no Contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.

¿Existen incompatibilidades?

Sí. La prestación no contributiva de jubilación es incompatible con:

  • La Pensión no Contributiva de Jubilación.
  • Las Pensiones Asistenciales (PAS)
  • Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM)
  • Las Ayuda de Tercera Persona (SATP) de la Ley de Integración Social de las personas con discapacidad (Lismi)
  • La Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.

¿Cuál es la cuantía de la pensión?

Las PNC experimentan una revalorización inicialmente del 0,25% en 2018, pero en Julio se decidió en el Presupuesto Generales del Estado que se subiera hasta el 3% con efecto retroactivo a 1 de enero de 2018.

De esta forma, la cuantía se queda en 5.321,40 € íntegros anuales, que se abonan en 12 mensualidades más 2 pagas extraordinarias al año.

La cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece, a partir del citado importe, en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida, 1.330,35 € anuales.

Los pensionistas de PNC de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 5.321,40 € anuales, fijado en 2.660,70 € anuales.

Cuantías básicas para 2018
Cuantía Anual Mensual
Íntegra 5.538,40 € 395,60 €
Mínima 25% 1.384,60 € 98,90 €
Íntegra más Incremento 50% 7.982,10 € 570,15 €

Cuando dentro de una misma familia conviva más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía individual para cada uno de ellos es la siguiente:

NºBeneficiarios Anual Mensual
2 4.707,64 € 336,26 €
3 4.430,72 € 316,48 €

Artículos relacionados:

2.149 comments to Pensión No Contributiva de Invalidez

  • Pepe

    Hola estaba pensando en pedir el reconocimiento de minusvalía y también la paga no contributiva…pero entre las cosas que pueda tener me da miedo que me reconozcan vértigo por que he leído que pueden retirarse el carnet de conducir?… Es verdad ?…… Y dicen que la fibromialgia está muy mal vista a la hora de puntuar, y quizás sea mejor no mencionarla ?..es cierto?…por que tengo miedo de presentar estás dos enfermedades .. gracias, saludos….

  • Beatriz

    Tengo una discapacidad sensorial del 79% reconocida en el 2010 quería saber que sí aunque trabajé puedo solicitar la pensión no contributiva de invalidez ya que mi sueldo es mínimo y vivo sola dónde puedo solicitarlo en caso afirmativo muchas gracias

    • Puedes pedirlo. Se te denegará si tienes ingresos superiores a los 5.164,60 € anuales.

      Si tienes por ejemplo 1.000€ de ingresos por trabajo, se te reducirá de la PNC esa cuantía.

      Vete a IMSERSO y pide más información.

      Salu2.

  • Esen

    La pension no contributiva es compatible con una pension por incapacidad permanente? En mi caso con mi marido superamos la cantidad pero queremos tener un hijo y he visto q entonces siendo 3 no pasamos la cantidad y si nos corresponderia.Es posible tener las dos a la vez?

  • Maria teresa rico blasón

    Mi consulta es la siguiente yo cobro una pensión p.n.c me la concedieron en Barcelona .me traslade a vivir a sevilla aquí me digeron que al cambio de una comunidad a otra los tribunales se pierden llevo viviendo en sevilla,20 años y ahora me han mandado una carta para pasar tribunal me la pueden quitar es por invalidez .

    • Si se cambia de comunidad es necesario realizar un traslado del expediente y de todo lo que conlleva.

      Lo normal es que si un tribunal te reconoce una invalidez, otro no le va a quitar la razón.

      Salu2.

  • J3

    Hola Buenas tardes,en breve cambiara mi núcleo familiar ya que cuando nazca mi bebe nos iremos a vivir, su padre,él y yo, formando un núcleo familiar de tres personas con uno de consanguínedad de primer grado.
    mi pregunta es,
    si yo cobro una PNC por grado de min 70% + la complementaría y el no llega a 22.000 brutos al año… Con un piso de propiedad al 50% que no esta alquilado ni nada…
    ¿Tengo riesgo de que me quiten mis ingresos?
    Muchas gracias de antemano.

  • BlankiMay

    Buenas tardes
    Un minusválido y discapacitado con un 68% de 45 años, vive únicamente de una PNC, sin familiares cercanos. ¿existe la posibilidad de solicitar alguna otra ayuda económica para mejorar su situación actual?
    Muchas gracias

  • BlankiMari

    Efectivamente una PNC no es embargable, pero la cuenta donde se cobra, sí lo es. Esta es «trampa»/paradoja. Lógicamente no se cobra por ventanilla en pleno siglo XXI… además, aunque presentes un escrito a la entidad financiera junto con certificado de PNC y discapacidad, dicen que no pueden impedir nada. Ellos ejecutan y que se reclama ante el organismo que ordena el embargo. Indefensión total.

  • GEMA

    tengo minusvalia reconocida de 65%..voy a solicitar la PNC..VIVO CON MI MADRE DE 85 AÑOS CON UNA PAGA DE VIUDEDAD DE 800 EURS AL MES…ME LA CONDECERAN?…GRACIAS

  • Mylady

    Buenas: mi pregunta es sobre la aceptación de herencia por parte de un discapacitado. En mi caso, sería aceptar la herencia del progenitor, sin efectivo ni cuentas, sólo un bien inmueble susceptible de poder venderse, ¿se corre el riesgo de perder la PNC? ¿por la venta o por la aceptación de la herencia? entiendo que aceptar un bien inmueble no es un incremento de ingresos, pero sí lo puede ser la venta del inmueble heredado si se hace con plusvalía. gracias

  • Anonimo

    Hola. Tengo un primo que tiene esquizofrenia hebefrénica y un trastorno de la personalidad previo, presentando una disminución de capacidad orgánica y funcional del 69%, con una enfermedad de carácter permanente e irreversible, incapacitándole para regir su persona y bienes, requiriendo la ayuda, el control, y la presencia diaria de otra persona para el cuidado personal y patrimonial. Por tanto mi pregunta es la siguiente yo vivo en Cáceres, y mi primo enfermo con éste tipo de enfermedad, en un pueblecito de Badajoz. ¿Podré ser tutor de mi primo viviendo yo en Cáceres y mi primo en Badajoz, sin estar conviviendo en la misma casa de mi primo y atendiéndole en todo lo que precisara tanto en lo persona, bienes, ayuda, control y presencia diaria etc. Cuando me precisara o me llamara, para que mi primo pudiera cobrar la pensión no contributiva o la orfandad? Hasta pronto. Gracias.

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>